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Documento BOE-A-2001-988

Resolución de 26 de diciembre de 2000, de la Universidad de Cádiz, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta Universidad mediante concurso de méritos.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 13 de enero de 2001, páginas 1658 a 1660 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-988

TEXTO ORIGINAL

Existiendo las vacantes relacionadas en el anexo I, en esta

Universidad, y siendo necesaria la provisión de las mismas, según

lo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para

la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988,

de 28 de julio, desarrolladas por el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, y la Relación de Puestos de Trabajo del Personal

Funcionario de Administración y Servicios, aprobada por la Junta

de Gobierno, de diciembre de 2000,

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene

conferidas por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma

Universitaria, los Estatutos de la Universidad de Cádiz ("Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía" número 14, de 18 de febrero

de 1986), y demás disposiciones vigentes, ha dispuesto anunciar

la convocatoria de los puestos de trabajo relacionados en el

anexo I, por el procedimiento de concurso de méritos, con arreglo

a las siguientes

Bases de convocatoria

BASE I. ASPIRANTES

1. Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio

de la Administración de la Universidad de Cádiz, pertenecientes

a los Cuerpos o Escalas clasificadas en los grupos A y B de los

establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

que se encuentran en la situación de servicio activo o en las

situaciones de servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria,

declaradas por el órgano competente y reúnan los requisitos

establecidos en el anexo I.

2. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán

participar siempre que hayan transcurridos dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido por concurso, salvo las

excepciones a las que se refiere el apartado f) del artículo 20

de la Ley 30/1984, según nueva redacción dada por la

Ley 23/1988, de 28 de julio.

3. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular sólo podrán participar, si al término del plazo de

presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.

BASE II. VALORACIÓN

La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas,

se ajustará al siguiente baremo:

1. Méritos generales

1.1 Grado personal consolidado:

El grado personal consolidado se valorará en todos los casos,

calificándose hasta un máximo de tres puntos, con arreglo al

seguiente baremo:

Por tener un grado personal consolidado de superior nivel al

del puesto que se solicita: Tres puntos.

Por tener un grado personal consolidado del mismo nivel al

del puesto que se solicita: Dos puntos y medio.

Por tener un grado personal consolidado de inferior nivel al

del puesto que se solicita: Dos puntos.

Todos aquellos solicitantes que se encuentren en proceso de

consolidación de grado, se entenderá que poseen un grado

personal consolidado, equivalente al nivel mínimo de su grupo de

titulación.

1.2 Cursos de formación y perfeccionamiento:

Por la realización o impartición de cursos de formación y

perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades

a desarrollar en el puesto de trabajo que se solicita, organizado

por organismo oficial, en los que se haya expedido diploma y

certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de

aprovechamiento:

Organizado por centro oficial de formación de funcionarios:

Un punto por cada curso impartido y 0,5 puntos por cada curso

asistido.

Organizado por centro oficial: 0,5 puntos por cada curso

impartido y 0,25 puntos por cada curso asistido.

El límite será de 2,5 puntos.

Las publicaciones y ponencias tendrán la consideración de

cursos asistidos de carácter oficial en centros no de formación de

funcionarios.

1.3 Experiencia:

En el mismo área de conocimiento del puesto solicitado, a

razón de un punto por año de servicio completo o fracción superior

a seis meses, hasta un máximo de seis puntos. El período máximo

de tiempo a valorar será de seis años.

La Comisión adjudicará la puntuación correspondiente a la

experiencia, en función de un baremo proporcional al nivel del

puesto desempeñado por el solicitante en el mismo área de

conocimiento del puesto que se solicita, pudiendo valorarse también

las aptitudes y rendimientos apreciados a los candidatos en los

puestos anteriormente desempeñados, solicitando para ello los

informes necesarios.

1.4 Antigüedad:

Se valorará a razón de 0,25 puntos por año completo de

servicios reconocidos o fracción superior a seis meses, hasta un

máximo de 3,5 puntos.

No se computará, a efectos de antigüedad, servicios que hayan

sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

1.5 Por tener destino previo el cónyuge, siempre que fuese

personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz

o funcionario de cualquier Administración, en la localidad donde

radique el puesto/s de trabajo solicitado/s, se concederá al

solicitante 1,5 puntos.

La puntuación a que hace referencia el apartado anterior se

entenderá otorgada siempre que el solicitante concurse desde un

puesto de trabajo en localidad distinta a aquélla en que radique

la del puesto solicitado.

Para poder adjudicar las plazas relacionadas en el anexo I será

preciso obtener una puntuación mínima total en los méritos

generales de: 6,5 puntos en los puestos de trabajo de nivel de

complemento de destino inferior al 18, y de siete puntos en los puestos

de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior

al 18. A los efectos de la superación de la puntuación mínima,

se podrá sumar a la puntuación obtenida en los méritos generales

la obtenida en la confección de la memoria, siempre que se hubiese

superado el mínimo establecido en dicha memoria.

Todos los méritos alegados deberán ser justificados

documentalmente.

2. Méritos específicos

2.1 Memoria:

En todos los puestos de trabajo solicitados se podrá presentar

memoria justificativa de los requisitos, condiciones y medios

necesarios para su desempeño, la cual deberá presentarse junto con

la solicitud y a través de e-mail a la siguiente dirección:

oposiciones.pasUuca.es. Se puntuará hasta un máximo de cuatro

puntos, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo

45.5 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. La Comisión

podrá, en su caso, entrevistar a los candidatos en relación con

la memoria presentada.

Para poder sumar la puntuación obtenida en la memoria a

la de los restantes méritos reconocidos, será preciso haber

obtenido una puntuación mínima de dos puntos.

2.2 Méritos en relación al puesto de trabajo:

En concepto de méritos, en relación con el puesto de trabajo,

se valorarán los reseñados en el anexo I como determinantes de

la idoneidad de quien aspire a desempeñar el puesto, atendiendo

a su cualificación en particulares técnicas, áreas o materias, a

cuyo efecto podrá requerirse al concursante, si se estimara

necesario, para una entrevista o demostración que permita verificar

los merecimientos que haya aducido. Los citados méritos podrán

establecerse para aquellos puestos de trabajo cuyo nivel de

complemento de destino sea superior al 16. Los méritos, en relación

con el puesto de trabajo, para aquellos puestos que se hayan

establecido se valorarán hasta un máximo de cuatro puntos, siendo

requisito obligatorio para poder proceder a la adjudicación de

la plaza haber obtenido un mínimo de dos puntos en los citados

méritos.

BASE III. SOLICITUDES

Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse

al modelo que figura en el anexo II, al excelentísimo señor Rector

Magnífico de la Universidad de Cádiz, dentro del plazo de quince

días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y las

presentarán en el Registro General de la Universidad de Cádiz (calle

Ancha, número 16, Cádiz), o en las oficinas a que se refiere el

artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que los participantes soliciten varias plazas, la

preferencia de las mismas se entenderá establecida en el mismo

orden en que aparezcan en la solicitud de participación.

BASE IV. CALIFICACIÓN

1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuyos

componentes se relacionan en el anexo III. La Comisión podrá solicitar

de la autoridad convocante la designación de expertos que en

calidad de asesores actuarán con voz, pero sin voto.

2. No se calificarán las solicitudes presentadas fuera de plazo

ni las formuladas por quienes no fuesen funcionarios de carrera

al servicio de la Administración de la Universidad de Cádiz o se

hallasen sujetos a limitaciones que les impidan tomar parte en

el presente concurso.

3. Los requisitos y méritos invocados por los interesados,

deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias.

BASE V. ADJUDICACIONES

1. La Comisión elevará a la autoridad competente la

correspondiente propuesta para la adjudicación de las plazas, según

la prelación de los concursantes a los puestos, de acuerdo con

las evaluaciones que consten en el acta y en orden de mayor

a menor puntuación. Sumando para ello las puntuaciones

obtenidas en la fase de méritos generales y las obtenidas en la fase

de méritos específicos, teniendo en cuenta lo establecido en los

apartados 1 y 2 de la base II.

2. En caso de que varios aspirantes tuviesen igual puntuación,

se dará preferencia al funcionario que hubiera obtenido mayor

puntuación en el apartado 1.3 de la base II.

BASE VI. RESOLUCIÓN

1. El concurso será resuelto por Resolución, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", cuya publicación servirá de

notificación a los interesados.

2. El plazo de toma de posesión será de tres días, si radica

en la misma localidad o, de un mes, si radica en distinta localidad

o comporta el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución del

concurso en el "Boletín Oficial del Estado", así como el cambio de

situación administrativa que en cada caso corresponda.

Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo, el

plazo de toma de posesión deberá contarse desde la fecha de

concesión de dicho reingreso.

3. El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando

finalicen permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos

al interesado.

La presente convocatoria y los actos derivados de la misma

podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 26 de diciembre de 2000.-El Rector, Guillermo Martínez

Massanet.

ANEXO I

Puestos de trabajo que se convocan a concurso

ORD Denominación Grupo Nivel C. Esp. Localidad

1 Coordinador/a de Secretaría de

Campus ................... A/B 24 1181 P. Real.

2 Coordinador/a de Admón. de

Campus ................... A/B 24 1181 P. Real.

3 Coordinador/a de Servicios de

Campus ................... A/B 24 1181 P. Real.

4 Administrador/a de F. Filosofía

y Letras ................... A/B 24 1181 Cádiz.

5 Coordinador/a de Gestión de

Personal .................. A/B 24 1181 Cádiz.

6 Coordinador/a de Gestión

Admva. del Servicio Central de

Biblioteca ................. A/B 24 1181 Cádiz.

7 Coordinador de Gestión de

Centros ................... A/B 24 1181 Cádiz.

8 Coordinador de Gestión

Económica (*) ................. A/B 24 1181 Cádiz.

(*) Las plazas marcadas se cubrirán en caso de que queden definitivamente

vacantes tras la resolución del presente concurso.

ANEXO II

Convocatoria de concurso de méritos convocada por

Resolución de la Universidad de Cádiz, de fecha 26 de diciembre

de 2000

Solicitud de participación en el concurso de méritos que

formula:

Don/doña ...........................................................

DNI ................. domicilio .........................................

teléfono ........................... localidad ...........................

rovincia ............................................... CP ..............

Cuerpo o Escala ........................................................

Administración a la que pertenece ....................................

NRP................... grupo....... grado consolidado ..............

SOLICITA Participar en la convocatoria referenciada en el

encabezamiento, de acuerdo con las bases de la misma y al efecto

acompaña reseña de puesto/s a que aspira.

Reseña de puesto/s solicitado/s

Número de orden Denominacióndelpuesto

En ................. a ..... de .............. de.......

(Firma del interesado)

Excmo. y Magfco. Sr. Rector de la Universidad de Cádiz.

ANEXO III

Composición de la Comisión Valoradora del concurso

de méritos convocado por Resolución de la Universidad de

Cádiz, de fecha 26 de diciembre de 2000

Se constituirán distintas Comisiones de Valoración, según los

puestos de trabajo que se convocan:

Comisión de Valoración para los puestos con número de

orden 1, 2 y 3:

Presidente: Ilustrísimo señor don José Ramón Repeto

Gutiérrez, Gerente de la Universidad de Cádiz.

Vocales: Don José María Rodríguez-Izquierdo Gil, Profesor

titular de Universidad, Decano de la Facultad de Ciencias; Doña

Mercedes Zájara Espinosa, Administradora del CASEM; Doña Eva

Saldaña Valderas, Profesora titular de Escuela Universitaria, en

representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios,

y Don José Luis Marcos Vara, Funcionario de Carrera de la Escala

Técnica de Informática, en representación de la Junta de Personal

de Administración y Servicios.

Secretario: Don Armando Moreno Castro, Jefe de Servicio de

Personal.

Comisión de Valoración para los puestos con número

de orden 4, 5, 6, 7 y 8:

Presidente: Ilustrísimo señor don José Ramón Repeto

Gutiérrez, Gerente de la Universidad de Cádiz.

Vocales: Don Rafael Sánchez Saus, Profesor titular de

Universidad, Decano de la Facultad de Filosofía y Letras; Don Antonio

Vadillo Iglesias, Jefe de Servicio de Asuntos Económicos; Doña

Eva Saldaña Valderas, Profesora titular de Escuela Universitaria,

en representación de la Junta de Personal de Administración y

Servicios, y Don José Luis Marcos Vara, Funcionario de Carrera

de la Escala Técnica de Informática, en representación de la Junta

de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: Don Armando Moreno Castro, Jefe de Servicio de

Personal.

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