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Documento BOE-A-2002-1036

Decreto 183/2001, de 15 de noviembre, por el que se aprueba el cambio de denominación del municipio de Chilches por la forma bilingüe de Chilches/Xilxes.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2002, páginas 2272 a 2272 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2002-1036

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Chilches, en sesión de 31 de mayo de 2001, solicitó el cambio del nombre actual del municipio por la forma bilingüe de Chilches/Xilxes.

La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, de la Conselleria de Cultura y Educación, considera correcta la grafía Chilches/Xilxes.

La Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, de Uso y Enseñanza del Valenciano, dispone en su artículo 15.1 que corresponde al Gobierno Valenciano determinar los nombres oficiales de los municipios de la Comunidad Valenciana.

En virtud de todo ello, visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de Chilches para la modificación de la denominación actual del municipio por la forma bilingüe Chilches/Xilxes, en el que se acredita el cumplimiento de las prescripciones exigidas en la legislación vigente, a propuesta del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 15 de noviembre de 2001, dispongo:

Artículo único.

El municipio de Chilches, de la provincia de Castellón, adoptará la denominación bilingüe de Chilches/Xilxes. Las referencias que al antiguo nombre se hubieren realizado por los órganos del Estado y otros organismos públicos se entenderán hechas, a partir de la publicación del presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado», a la nueva denominación.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer recurso contencioso-administrativo ante al Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 109.c) y 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otra vía que estimen oportuna.

Valencia, 15 de noviembre de 2001.–El Presidente, Eduardo Zaplana Hernández-Soro.–El Consejero de Justicia y Administraciones Públicas, Carlos González Cepeda.

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