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Documento BOE-A-2002-11439

Orden MAM/1407/2002, de 6 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2002, páginas 21144 a 21160 (17 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-11439

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,

de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 16) por el que

se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2002 y con

el fin de atender las necesidades de personal en la Administración

Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda

convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio

de Medio Ambiente, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 6 plazas, por

el sistema de promoción interna, desde Cuerpos o Escalas del

Grupo B.

1.1.1 Este número de plazas corresponden a las siguientes

especialidades:

1 Conservación del Medio Natural.

1 Educación Ambiental y Uso Público.

1 Técnicas Costeras.

1 Dominio Público.

1 Calidad de las Aguas.

1 Ingeniería de Saneamiento.

1.1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las

especialidades previstas en esta base.

1.1.3 Si en alguna de las especialidades no se cubriera el

número total de plazas convocadas, podrán acumularse en otra

u otras de las especialidades que figuran en el apartado 1.1.1,

según determine este Ministerio de acuerdo con sus necesidades,

a propuesta del Tribunal.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la 23/1988, de 28

de julio y por la 22/1993, de 29 de diciembre ; la Ley 17/1993,

de 23 de diciembre ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo

y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de oposición,

concurso y curso selectivo, previstas en el anexo I, con las pruebas,

puntuaciones y materias que se especifican en el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará, dentro de las especialidades

concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con la

puntuación total obtenida por éstos en las fases de oposición,

concurso y curso selectivo, a que se refiere el apartado 2.4 del

anexo I.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará

dentro del plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado".

La duración máxima de las fases de oposición y de concurso

será de siete meses, contados a partir de la publicación de la

presente convocatoria.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superada la fase de oposición, será de dos meses contados a partir

de la terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta

convocatoria.

Quienes no superasen el curso selectivo, de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad

convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en

el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Pertenecer como funcionario de carrera, el día de la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", a cualquier Cuerpo o Escala del grupo B y tener, el día

de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una

antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que

pertenezcan, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás

requisitos exigidos en la convocatoria.

También podrán presentarse los funcionarios de los Cuerpos

y Escalas de los Servicios Postales y de Telecomunicación, siempre

que estén destinados en la Administración General del Estado en

puestos de trabajo que no pertenezcan al ente público empresarial

Correos y Telégrafos y cumplan el resto de los requisitos.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26

de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o actividades

semejantes a las del Cuerpo o Escala del grupo B, a que pertenezca,

serán computables a efectos de antigüedad para participar en estas

pruebas selectivas.

2.1.2 Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado,

Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o haber realizado todos los

estudios necesarios para la obtención de dicho título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación

o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de cualquiera

de las profesiones para las que sea necesaria alguna de las

titulaciones citadas.

2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.4 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitada

gratuitamente en las representaciones diplomáticas o consulares de

España en el extranjero, en las Delegaciones del Gobierno en

las Comunidades Autónomas y Subdelegaciones, así como en el

Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública,

en el Instituto Nacional de Administración Pública y en la Oficina

de Información de los servicios centrales del Ministerio de Medio

Ambiente.

A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad, pasaporte o equivalente.

Las instrucciones para cumplimentar la solicitud serán las que

se detallan a continuación:

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando

mayúsculas de tipo de imprenta.

Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Medio Ambiente.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor. Consigne

Subsecretaría de Medio Ambiente y Código 23001.

En el recuadro donde figura el Año de la convocatoria. Señale

los dos últimos dígitos del año en que la misma se haya publicado,

es decir, 02.

En el recuadro número 15. Cuerpo, Escala, Grupo profesional

o Categoría. Consignar Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente y

código 5900.

En el recuadro número 16. Especialidad, área o asignatura.

Consignar la especialidad por la que se opte de entre las previstas

en la base 1.1.1 de esta convocatoria.

En el recuadro número 17. Forma de acceso. Consignar la

letra P.

En el recuadro número 18. Ministerio/Órgano/Entidad

convocante. Consignar Ministerio de Medio Ambiente y código 00023.

En el recuadro número 19. Fecha "Boletín Oficial del Estado"

Consignar la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de esta convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen. Consignar

Madrid.

En el recuadro número 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

En el recuadro número 22. Reserva para discapacitados. Se

dejará en blanco.

En el recuadro número 23. En caso de minusvalía o

discapacidad adaptación que se solicita y motivo de la misma. El

interesado hará constar las posibles adaptaciones de tiempo y medios

para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas,

cuando esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro número 24. Títulos académicos oficiales.

Consignar el nombre del título que se posee, de entre los exigidos

en la convocatoria, en virtud de lo señalado en la base 2.1.2.

En el recuadro número 25 A) se hará constar el idioma o idiomas

a que se refiere el apartado 1.2 del anexo I de la convocatoria,

de los que el aspirante desee ser examinado.

Consigne en el recuadro destinado a importe el correspondiente

a los derechos de examen, ya que es un impreso autoliquidativo.

La solicitud deberá presentarse, para el abono de los derechos

de examen y oportuna validación, en cualquier Banco, Caja de

Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que actúan como

entidades colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica

totalidad de las mismas).

3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la

Administración") se hará en el Registro General del Ministerio de Medio

Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de

la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado" y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Medio

Ambiente, Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de San

Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

del Banco de Santander "Tesoro Público. Ministerio de Medio

Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el

extranjero". (Código: 0085/2145/82/0000000079).

3.3 La tasa por derechos de examen será de 12,26 euros.

Según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 55/1999,

de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa por

derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

Igualmente, estarán exentos del pago de la tasa las personas

que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al

menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre

que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta

de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo

causa justificada, en acciones de promoción, formación o

reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores

en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional. La

certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con

los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la oficina del

correspondiente Servicio Público de Empleo. En cuanto a la

acreditación de las rentas se efectuará mediante una declaración jurada

o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán

acompañar a la solicitud.

La acreditación del pago de la tasa se realizará mediante

certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable

o mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares de

la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos

de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la

Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente dictará resolución,

en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de

admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que

se encuentran expuestas al público las listas completas de

aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha

de comienzo del primer ejercicio. Asimismo, se publicará la lista

de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la resolución en el "Boletín Oficial del Estado",

para poder subsanar, cuando ello sea posible, el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición,

en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente a

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano

competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto

de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en

la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios de los servicios centrales del Departamento, en

la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas

y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no

procederá devolución alguna de los derechos de examen en los

supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa

imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Subsecretaría del Ministerio de Medio

Ambiente, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes,

y, en todo caso, deberán estar presentes el Presidente y el

Secretario o quienes les sustituyan. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas, así como al régimen de suplencias y sustituciones de

sus miembros.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia de la mitad al menos de sus

miembros, titulares o suplentes, y, en todo caso, deberán estar presentes

el Presidente y el Secretario o quienes les sustituyan.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría

del Departamento.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, plaza

de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid,

teléfono 91 597 58 94.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría de primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable

del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado

el mismo un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra S, de conformidad con

lo establecido en resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial

del Estado" de 2 de abril) por la que se publica el resultado del

sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de la puntuación obtenida en cada uno

de los ejercicios, así como la convocatoria del siguiente, se

efectuará por el Tribunal en el local donde se haya celebrado dicho

ejercicio, en la sede del Tribunal (señalada en la base 5.10) y

por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para

facilitar su máxima divulgación. En todo caso, las convocatorias de

los ejercicios deberán publicarse con veinticuatro horas al menos

de antelación a la fecha señalada para su iniciación. Si se trata

de una parte del mismo ejercicio, el anuncio deberá publicarse

con doce horas al menos de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión a la Subsecretaría del Departamento, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el

aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los

efectos procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el

plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o directamente

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,

contados ambos plazos a partir del día siguiente a su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del

orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada en dicha fase, con indicación

de su documento nacional de identidad o equivalente.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo

ejercicio y, en su caso, en la primera parte de este segundo ejercicio

y, si persiste el empate, en el primer ejercicio de esta fase de

oposición.

Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición

dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día

siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para

presentar en el Ministerio de Medio Ambiente, Subdirección

general de Recursos Humanos, plaza de San Juan de la Cruz, sin

número, 28071 Madrid, la documentación acreditativa de los méritos:

Certificado anexo V, que deberá ser expedido por el Subdirector

general de Personal, o jefe que tenga asignadas dichas

competencias, así como por los titulares de los organismos autónomos,

en su caso.

Títulos o diplomas de formación y perfeccionamiento realizados

y relacionados con las funciones propias de la Escala objeto de

esta convocatoria.

Cualquiera otra que se considere oportuna.

La lista provisional que contenga la valoración de los

méritos de la fase de concurso se hará pública en los tablones de

anuncios de los servicios centrales del Ministerio, disponiendo

los aspirantes de un plazo de diez días hábiles, contados a partir

de la publicación de esta relación provisional, para alegar las

rectificaciones que estimen oportunas.

7.2 Finalizadas las fases de oposición y concurso el Tribunal

publicará en su sede, señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes

aprobados, por orden de puntuación alcanzada en dichas fases y con

indicación de su documento nacional de identidad, pasaporte o

equivalente.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, si persiste el empate se estará a la mayor puntuación

obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso, en la primera

parte de este segundo ejercicio y primer ejercicio, por este orden.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la

relación de aprobados a la Subsecretaría del Ministerio de Medio

Ambiente, especificando, igualmente, el número de aprobados en

cada uno de los ejercicios, para su conocimiento y publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

7.3 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado

dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.

7.4 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación total

alcanzada en todo el proceso selectivo, con especificación de la

puntuación obtenida en cada una de las fases del mismo, así como

con indicación del documento nacional de identidad, pasaporte

o equivalente.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y, si persiste

el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los

aspirantes en el segundo ejercicio, primera parte de este segundo

ejercicio y primer ejercicio de la fase de oposición, por este orden.

En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá

aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que

se refiere la base 7.2 de la presente convocatoria, los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos, Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan

de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, los siguientes documentos:

Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.2 de

esta convocatoria o certificación académica que acredite haber

realizado todos los estudios para la obtención del título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

presentarse la documentación que acredite su homologación.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni de hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo VI a esta

convocatoria.

Asimismo, deberán formular opción entre percibir una

retribución por igual importe de las que le corresponden en el puesto

de trabajo o las que proceden como funcionarios en prácticas.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, salvo en los casos de

fuerza mayor debidamente acreditada, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece

de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por Orden de la autoridad convocante, y a propuesta de

la Subsecretaría del Departamento, se procederá al nombramiento

de funcionarios en prácticas, que se publicará en el tablón de

anuncios de este Ministerio, y en la que se determinará la fecha

en que empezará a surtir efectos el mismo.

8.4 Finalizado el proceso selectivo quienes lo hubieran

superado deberán solicitar los destinos correspondientes, previa oferta

de los mismos ; siendo nombrados, a propuesta de la Subsecretaría

del Ministerio de Medio Ambiente, funcionarios de carrera,

mediante resolución del Secretario de Estado para la Administración

Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la

que se indicará el destino adjudicado.

8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.6 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los Centros competentes de Formación de

Funcionarios, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Madrid, 6 de junio de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden de 6

de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14), la

Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Ilma. Sra. Subsecretaria del Departamento.

ANEXO I

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA.

del Ministerio de Medio Ambiente

PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Oposición.

b) Concurso.

c) Curso selectivo.

1.2 Fase de oposición: Constará de tres ejercicios

obligatorios. Los dos primeros ejercicios obligatorios tendrán carácter

eliminatorio ; no así la prueba de idiomas, que será obligatoria pero

no eliminatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del

aspirante en relación con los temarios correspondientes a la

Especialidad concreta elegida por el mismo y al Grupo de Temas

Comunes y que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un máximo de 100

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

Las contestaciones erróneas podrán ser valoradas negativamente,

a juicio del Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos,

siendo necesario obtener 20 puntos para tener acceso al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Constará de dos partes:

A) En la primera parte, los aspirantes expondrán oralmente,

en sesión pública, durante treinta minutos, dos temas del temario:

uno de ellos correspondiente al Grupo de Temas Comunes y el

otro a la Especialidad concreta elegida. Cada uno de estos temas

será elegido por el opositor de entre dos extraídos al azar.

Los opositores dispondrán de un período de quince minutos

para la preparación de esta parte, sin que puedan consultar

ninguna clase de texto o apuntes. Durante la exposición podrán

utilizar el guión que, en su caso, hayan realizado durante el referido

tiempo de preparación.

En esta parte del ejercicio se valorará el volumen y comprensión

de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad

de expresión oral.

Se calificará esta primera parte con un máximo de 30 puntos.

B) La segunda parte consistirá en la presentación oral, por

parte de los aspirantes, en sesión pública, durante un tiempo

máximo de quince minutos, en la misma sesión que la primera parte,

de su historial formativo y profesional en relación con las materias

propias de las funciones de la Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de Organismos autónomos del Ministerio de Medio

Ambiente, de acuerdo con la especialidad elegida.

A tal efecto, los opositores deberán entregar al Tribunal, el

mismo día en que hayan sido convocados para la realización de

este segundo ejercicio e inmediatamente antes de iniciar la primera

parte, una memoria con su historial formativo y profesional,

adjuntando los documentos acreditativos de los extremos contenidos

en ella La no presentación de dicha memoria implicará la

valoración de esta segunda parte con cero puntos.

El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá

formular a los aspirantes preguntas sobre los temas desarrollados

o sobre otros que tengan relación con ellos ; asimismo, podrá

dialogar sobre el contenido de la memoria presentada y de manera

especial sobre su experiencia profesional, así como sobre la

coherencia de su historial formativo y profesional en relación con las

actividades y funciones propias de la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de

Medio Ambiente.

Se calificará esta segunda parte con un máximo de 10 puntos.

Deberá obtenerse en el segundo ejercicio un mínimo de 20

puntos para poder superarlo.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre uno o los dos

siguientes idiomas:

Francés.

Inglés.

La citada prueba consistirá en acreditar oralmente ante el

Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, los

conocimientos suficientes de lectura, traducción y conversación de cada

idioma que el opositor haya escogido en su solicitud, a cuyo efecto

el Tribunal designará el texto sobre el que se practicará la misma.

El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en los idiomas

a examinar.

Esta prueba se calificará otorgando hasta 10 puntos por idioma,

con un máximo de 20 puntos.

1.3 Fase de concurso: En esta fase se valorarán como méritos

los siguientes conceptos:

Antigüedad del funcionario por servicios prestados en cualquier

Administración Pública y que tenga reconocidos, a efectos de

trienios, en cuerpos, escalas, plaza, categoría o empleo de Grupo B.

Grado personal que se tenga consolidado y reconocido o

conservado en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas

pruebas selectivas.

Trabajo desarrollado en cuerpos, escalas, plaza, categoría o

empleo del Grupo B, desempeñando puestos de trabajo de

naturaleza análoga o con funciones similares, a juicio del Tribunal,

a las de la Escala objeto de esta convocatoria.

Cursos de formación y perfeccionamiento realizados en los

últimos cinco años, tanto en centros oficiales de formación y

perfeccionamiento de funcionarios, como en cualquier otro organismo

o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior

a veinte horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del

Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de

la Escala objeto de esta convocatoria.

Estas valoraciones estarán referidas a la fecha de finalización

del plazo de presentación de solicitudes.

1.4 Curso selectivo: Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo, de carácter teórico, organizado por la

Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, cuya duración máxima

será de cuatro meses y que versará fundamentalmente sobre las

materias que figuran en el anexo III de esta convocatoria.

Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas

selectivas deberán ser autorizados para asistir al curso selectivo

por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus

servicios.

La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar

o reorganizar las materias que figuran en el anexo III, así como

incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras

actividades formativas complementarias relacionadas con las

actividades propias de los funcionarios de la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos autónomos del Ministerio de

Medio Ambiente.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo

los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del

Departamento.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán

en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de

posesión en su primer destino como funcionarios de carrera de la Escala

de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos autónomos

del Ministerio de Medio Ambiente, debiendo reincorporarse a su

primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en

que finalice la realización del curso, con independencia del

momento en que se publique la calificación del mismo.

2. Valoración

2.1 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 1.2 de este anexo.

2.2 Fase de concurso: La valoración de los méritos se realizará

de la forma siguiente:

2.2.1 Antigüedad: Por cada año completo de servicios 0,5

puntos, hasta un máximo de 12 puntos.

2.2.2 Grado personal: Por la posesión de un grado personal

consolidado se otorgará hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos

en la forma siguiente:

Grado personal igual o superior al 26: 4 puntos.

Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 24: 3 puntos.

Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 22: 2 puntos.

Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 19: 1 punto.

Grado personal igual o inferior al 18 : 0,75 puntos.

2.2.3 Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante

1 punto por cada año completo de desempeño del puesto o puestos

de trabajo, hasta un máximo de 4 puntos.

2.2.4 Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará

por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

2.3 Curso selectivo: La calificación del curso selectivo será

otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de

la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada

Subsecretaría y que estará integrada, entre otros miembros, por

profesores que hayan participado en el curso selectivo.

La calificación máxima del curso selectivo será de 50 puntos,

siendo necesario obtener 25 puntos como mínimo para superarlo.

2.4 Calificación total: La calificación total de las pruebas

selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en las fases de oposición, concurso y curso selectivo.

ANEXO II

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA.

del Ministerio de Medio Ambiente

PROGRAMA

Especialidad: Conservación del Medio Natural

1. Convenio sobre Diversidad Biológica. Principales

características. Principales resultados de las Conferencias de las Partes.

2. Convenio de Ramsar. Principales características y

evolución del Convenio. Aplicación en España y en Europa. Proyectos

específicos. Plan estratégico.

3. Convenio de Washington (CITES). Principales

características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.

4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución

del Convenio. Los acuerdos regionales. Aplicación en España.

5. Convenio de Berna. Principales características y evolución

del Convenio. Los acuerdos regionales. La Estrategia Panaeuropea

sobre conservación de la biodiversidad y del paisaje.

6. El Convenio de Barcelona. Principales características y

evolución del Convenio. Plan de Acción para el Mediterráneo.

7. Organismos internacionales para la conservación de la

naturaleza. La UICN. El Programa MaB. Las Reservas de la Biosfera.

8. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en

la Unión Europea. El Programa de Acción Medioambiental y

Desarrollo Sostenible. Las estrategias Europea y Española de

Desarrollo Sostenible.

9. Instituciones europeas relacionadas con la conservación

de la diversidad biológica. La Agencia Europea de Medio Ambiente.

El Centro de la Naturaleza de París. La Federación Europea de

Parques Nacionales y Naturales.

10. Estrategia Nacional para la Conservación y el Uso

Sostenible de la Diversidad Biológica. La Estrategia comunitaria.

11. La Agenda 2000 y su relación con la conservación.

Aplicación en España.

12. La Directiva Aves. Aplicación en España y en el resto

de la UE.

13. La Directiva Hábitats. Aplicación en España y en el resto

de la UE.

14. Instrumentos financieros de la UE, Estatales y de las

Comunidades Autónomas aplicables a la conservación y uso

sostenible de la biodiversidad. El Marco de Acción Prioritaria. Los

Fondos de Cohesión. El Programa LIFE.

15. La Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales

y de la Flora y Fauna Silvestres y su desarrollo reglamentario.

Principales características e instrumentos. La sentencia del

Tribunal Constitucional.

16. La Ley 41/1997, por la que se modifica la Ley 4/1989,

de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna

Silvestres. Modificaciones que introduce. Nuevo modelo de gestión

de los Parques Nacionales.

17. La Red de Parques Nacionales. Características

principales. Los Parques Nacionales españoles. Representación y situación

actual.

18. Los espacios naturales protegidos en las Comunidades

Autónomas. Desarrollo legislativo Principales figuras de

protección. Situación actual.

19. El Plan Director de la Red de Parques Nacionales.

Características principales y aplicación.

20. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.

Características principales. Ejemplos concretos. Planes Rectores de Uso

y Gestión. Características principales. Ejemplos concretos. Planes

sectoriales. Características principales. Ejemplos concretos.

21. Legislación sectorial de aplicación en los espacios

naturales protegidos y en la conservación y uso sostenible de la

diversidad biológica.

22. La conservación "ex situ" de la diversidad biológica.

23. El papel de la investigación en la conservación de la

biodiversidad. El conocimiento actual de la biodiversidad a nivel

global.

24. La diversidad biológica. Concepto y métodos de medida.

Inventariación de la diversidad biológica. Manejo. Ordenación y

archivo de información. Manejo de bases de datos.

25. La erosión del suelo y la desertificación. La desertificación

en España. El Convenio de las Naciones Unidas de Lucha contra

la Desertificación.

26. Las regiones biogeográficas y los pisos bioclimáticos en

España.

27. Los componentes de la diversidad biológica y su estado

de conservación. Los hábitats naturales y seminaturales. Medio

Terrestre y medio marino.

28. Los componentes de la diversidad biológica y su estado

de conservación. Las especies silvestres. Especies terrestres y de

agua dulce. Especies marinas.

29. Los recursos genéticos. Las plantas cultivadas. Las razas

ganaderas. Los conocimientos tradicionales. Los organismos vivos

modificados. El acceso a los recursos genéticos.

30. Técnicas de recolección y preparación de muestras

biológicas para estudios de biodiversidad.

31. Cooperación con las Comunidades Autónomas en

programas de conservación. La Comisión Nacional de Protección de la

Naturaleza y sus Comités especializados. Principales actividades.

32. Especies protegidas. Catálogo Nacional y Autonómicos.

Desarrollo y aplicación. Planes de recuperación de especies

protegidas. Ejemplos concretos.

33. Las actividades cinegéticas y piscícolas y su relación con

las especies protegidas. Censo Nacional de Caza y Pesca.

34. Restauración de hábitats y sistemas naturales. Métodos

e instrumentación. Ejemplos concretos.

35. Ordenación de montes y tratamientos culturales de las

masas arbóreas.

36. El medio físico y su relación con la diversidad biológica.

El clima, el relieve y los suelos.

37. Los ecosistemas españoles de montaña. Características

y rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios

de protección.

38. Los ecosistemas españoles de bosque caducifolio.

Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.

Medios de protección.

39. Los ecosistemas españoles de bosque de coníferas.

Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.

Medios de protección.

40. Los ecosistemas españoles de bosque esclerófilo.

Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.

Medios de protección.

41. Los ecosistemas esteparios españoles. Características y

rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios

de protección.

42. Los ecosistemas de la región macaronésica.

Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.

Medios de protección.

43. Las zonas húmedas españolas. Características y rasgos

generales. Principales problemas de conservación. Medios de

protección.

44. Los ecosistemas fluviales españoles. Características y

rasgos generales. Principales problemas de conservación. Medios de

protección.

45. Los ecosistemas costeros y marinos españoles.

Características y rasgos generales. Principales problemas de conservación.

Medios de protección.

46. Tratamiento internacional de la gestión forestal: Foro

Forestal de Naciones Unidas, Conferencias Paneuropeas sobre

Bosques. Medidas forestales en la política europea de desarrollo

rural.

47. La pesca marítima y su relación con las especies no

objetivo.

48. Las aguas subterráneas. Principales características de los

acuíferos españoles. Principales problemas de conservación en

relación con la diversidad biológica.

49. Los paisajes españoles. Principales problemas de

conservación. Medidas de protección.

50. Las actividades agrarias y su relación con la conservación

de la diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.

51. La industria y su relación con la conservación de la

diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.

52. El turismo y su relación con la conservación de la

diversidad biológica y los espacios naturales protegidos.

53. La ordenación del territorio y su relación con la

conservación de la diversidad biológica y los espacios naturales

protegidos.

54. Los Sistemas de Información Geográfica. Aplicaciones en

relación con la conservación de la naturaleza.

55. El Libro Blanco de la Educación Ambiental en España.

Los instrumentos sociales al servicio de la gestión ambiental.

56. La Estrategia Forestal Española y la Estrategia Forestal

de la Unión Europea.

57. El Plan Estratégico para la Conservación y Uso Racional

de los Humedales.

58. El desarrollo sostenible aplicado a los espacios naturales

y a sus áreas de influencia. Indicadores ambientales y

socioeconómicos de aplicación en los espacios naturales protegidos.

59. Participación social en la gestión medioambiental.

Instrumentos de participación pública y colaboración ciudadana en

la planificación gestión del medio natural y en los espacios

naturales protegidos.

60. Las asociaciones conservacionistas y el voluntariado en

relación con los espacios naturales protegidos y la diversidad

biológica.

Especialidad: Educación Ambiental y Uso Público

1. La evolución del pensamiento y de las acciones de la

conservación: De Estocolmo a Río de Janeiro. Periodo posterior a

Río 92.

2. La importancia del medio ambiente en la Unión Europea:

Evolución a través de los Tratados. Programas de Acción en

Materia de Medio Ambiente.

3. Organización social y medio ambiente. El ecosistema

humano. Cultura, tecnología y medio ambiente.

4. Instrumentos sociales de la política ambiental: Esquema

básico. Elementos y definiciones.

5. Programas y organizaciones internacionales de educación

ambiental.

6. Historia de la educación ambiental en España. Etapas

significativas: Encuentros y jornadas de referencia ; seminarios

permanentes.

7. El Libro Blanco de la Educación Ambiental en España (I).

Análisis de la situación. Principios básicos y objetivos.

8. El Libro Blanco de la Educación Ambiental en España (II).

Instrumentos. Marcos de acción. Esquema de propuestas.

9. La educación ambiental en el sistema educativo.

Contenidos curriculares básicos.

10. La formación profesional ambiental. Sistemas formal y

no formal. La formación ambiental y el mercado laboral. Los

nuevos yacimientos de empleo ambientales. Estrategia europea para

el empleo.

11. La formación y la capacitación ambientales como

instrumentos de educación ambiental: Ámbitos y actividades. Criterios

de elaboración, desarrollo y evaluación de programas de formación

y capacitación ambientales.

12. Situación de la educación ambiental en la universidad.

13. La educación ambiental en la formación del profesorado:

Inicial y permanente.

14. La educación ambiental en las distintas administraciones:

Situación en el organigrama y competencias.

15. La educación ambiental en las organizaciones no

gubernamentales: Principales programas y logros.

16. Las asociaciones de educadores ambientales: Principales

objetivos y realizaciones.

17. Las empresas de educación ambiental: Aportación al

desarrollo de la educación ambiental.

18. La construcción del conocimiento. Modelos de

aprendizaje. Constructivismo y educación ambiental: Principios

explicativos básicos. Aplicaciones para el diseño de programas de

educación ambiental.

19. Información ambiental. Derecho de acceso a la

información en materia de medio ambiente: Ley 38/1995. Redes de

información: EIONET.

20. Información ambiental y los medios de comunicación.

Tratamiento informativo de temas ambientales: Evolución

histórica y características.

21. Interpretación ambiental. Definiciones básicas. Objetivos

y alcance. El uso de recursos expositivos: Tipología. Estrategias

de evaluación.

22. Interpretación ambiental. Diseño de itinerarios y

recorridos de campo. Criterios de evaluación.

23. Recursos y equipamientos para la educación ambiental.

Tipología. Criterios de calidad.

24. Comunicación ambiental. Modelos básicos de

comunicación. Fases de comunicación. Comunicación ambiental persuasiva.

25. Diseños de campañas de sensibilización ambiental.

Metodología. Alcance y estructura. Metodología y criterios de evaluación.

26. Conflictos relacionados con la gestión ambiental.

Definiciones básicas. Instrumentos de prevención de conflictos

ambientales. Estrategias y técnicas de resolución de conflictos.

27. Participación social en la gestión ambiental. Instrumentos

de participación pública e implicación ciudadana.

28. Voluntariado ambiental (I). Evolución histórica de

experiencias de voluntariado. Grupos de voluntariado ambiental: Tipología.

29. Voluntariado ambiental (II). Diseño de proyectos de

voluntariado ambiental. Evaluación. Ámbitos de intervención de

voluntariado ambiental.

30. Acercamiento afectivo al medio natural. Modelos

descriptivos de la experiencia emocional de la naturaleza. Actividades

lúdicas en la naturaleza.

31. Juegos como herramientas de la educación ambiental:

Simulación, rol, y juegos informáticos.

32. Ecoauditorías ambientales como instrumento educativo.

33. Animación socio-cultural aplicada a las actividades de

protección o mejora ambiental. Dinamización y gestión de grupos

sociales.

34. Perfiles profesionales del educador ambiental:

Competencias y funciones. Ámbitos. Estrategias de formación de los

educadores ambientales, instituciones formativas y criterios de

reconocimiento y homologación profesional.

35. Percepción ambiental. Modelos explicativos. Relación

entre comportamiento humano y medio ambiente.

36. Actitudes y valores ambientales: Estructura y cambio.

37. El paisaje: Preferencia e interpretación. Estrategias de

evaluación.

38. Metodología de la investigación social. Muestreo.

Técnicas de investigación social aplicables al diagnóstico de

situaciones y a la detección de necesidades.

39. El comportamiento de impacto ambiental en el uso

recreativo y educativo de los espacios: Detección, evaluación. Criterios

de programas de control de acciones de impacto.

40. Evaluación de programas de educación y comunicación

ambientales. Metodología de evaluación de programas de

educación y comunicación ambiental. Criterios de calidad.

41. Estado de la investigación en educación ambiental:

Hallazgos relevantes, temas explorados, líneas de trabajo

prioritarias.

42. Educación ambiental y gestión del medio.

43. Sistemas de gestión ambiental en industrias y

administraciones. Figuras de acreditación y papel de la educación y la

comunicación.

44. Educación ambiental y comunicación en relación con la

problemática del agua en España. Diseño de campañas y selección

de destinatarios.

45. Campañas de información y participación en la gestión

de los residuos. Estrategias de comunicación para diferentes

destinatarios. Educación para un consumo responsable.

46. Los instrumentos sociales al servicio de la Estrategia de

la Biodiversidad y de la Estrategia Forestal.

47. Acciones de educación y comunicación ambientales con

relación al Convenio sobre Cambio Climático.

48. Información y participación pública en relación con la

declaración de impacto ambiental.

49. Información y comunicación ambientales sobre

bioseguridad. Protocolo de Cartagena.

50. Información y comunicación sobre contaminación

atmosférica y acústica y sobre el uso de la energía.

51. Información y comunicación sobre pérdida de suelos y

desertización.

52. Información y comunicación sobre instrumentos

coercitivos de la política ambiental (responsabilidad civil, penal y

administrativa).

53. La atención de los visitantes como objetivo en los Parques

Nacionales. Visitante, usuario y turista. Caracterización de

visitantes. Planificación y programas de Uso Público. La interpretación

en la naturaleza. El Uso Público en el Plan Director de la Red

de Parques Nacionales.

54. Infraestructuras al servicio de la interpretación ambiental.

Los centros de visitantes. Senderos e instalaciones. La

Señalización interpretativa. Técnicas constructivas, criterios y

orientaciones. Estrategias de uso, reciclado y mantenimiento.

55. Técnicas de interpretación y tecnologías interpretativas.

Materias y técnicas expositivas. Sistemas de interpretación.

Programación de uso y mantenimiento.

56. Servicios concesionales y de visitas. Regímenes de uso.

Servicios básicos y servicios complementarios en el uso público

de los Parques Nacionales. Alternativas a la gestión de los servicios

públicos. La integración de los sistemas de uso público dentro

de la dinámica económica local. Tipologías de actividades

concesionales.

57. La programación de actividades divulgativas en los

entornos de los Parques Nacionales. Los programas de difusión y

divulgación. La educación ambiental en los entornos de los parques

nacionales. La comunidad local como receptor de contenidos

interpretativos.

58. El profesional de uso público en Parques Nacionales.

Guías intérpretes, informadores, interpretadores y personal

especialización. Necesidades, dotaciones, medios y programación de

formación.

59. Difusión y extensión. Técnicas y materiales divulgativos.

Las publicaciones al servicio de la interpretación ambiental.

Folletos, desplegables. Métodos, técnicas y caracterización. El diseño

de un programa de participación pública en la toma de decisiones

para la gestión.

60. El uso del territorio en los Parques Nacionales asociado

a las visitas. La planificación y programación de accesos.

Regulación, control y acceso de visitantes. Sistemas alternativos y

disuasorios. La capacidad de carga de visitas. Infraestructuras asociadas

a la regulación y control en la distribución de flujos de visitantes.

Especialidad: Técnicas Costeras

1. El Dominio Público, concepto, naturaleza y régimen

jurídico. Diferencias entre los bienes demaniales y los patrimoniales.

Consecuencias de la consideración de los bienes demaniales como

"res extra commercium".

2. Procedimientos administrativos para la incorporación o

sustracción de bienes al dominio público. La afectación. La

mutación demanial. La desafectación.

3. La Constitución española de 1978: Protección

constitucional del dominio público. Referencia específica de la

Constitución a los bienes de Dominio Público marítimo-terrestre.

Clasificación de los bienes de Dominio Público marítimo-terrestre.

4. La regulación de las costas en el derecho comparado:

Técnicas utilizadas: Regulación del litoral, del dominio público, del

territorio, etc., en los países de Europa occidental. La regulación

de las costas por Organismos internacionales: Principales

Organismos y normas o recomendaciones producidas. Especial

referencia a los proyectos de regulación de la costa producidos por

la Unión Europea.

5. La Ley de Costas de 1988. Precedentes legislativos de ésta.

Origen, objetivos, principios y estructura de la Ley. El Reglamento

de Costas de 1989.

6. El Dominio Público marítimo-terrestre en la Ley de Costas.

Bienes que lo integran. Elementos o características que

individualizan los bienes del Dominio Público marítimo-terrestre

definidos por la Ley.

7. La delimitación administrativa del Dominio Público

marítimo-terrestre. Procedimiento de deslinde: Iniciación, desarrollo

y terminación. El proyecto de deslinde.

8. Efectos del deslinde por la Administración del dominio

público marítimo-terrestre. En especial, estudio de la disposición

transitoria primera de la Ley de Costas.

9. Régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre.

La titularidad estatal, la inalienabilidad, la imprescriptibilidad, la

inembargabilidad y la publicidad posesoria. Afectación y

desafectación.

10. La protección del dominio público marítimo-terrestre

mediante la incidencia en los derechos sobre inmuebles próximos

a la ribera del mar: Servidumbres y otras limitaciones.

Competencia para otorgar autorizaciones en las zonas afectadas. La

extracción de áridos en los tramos finales de los ríos y su

regularización.

11. La servidumbre de protección: Contenido, alcance

geográfico, usos permitidos y prohibidos sobre la misma y excepciones

a los prohibidos. La servidumbre de tránsito: Contenido, alcance

geográfico, usos permitidos. La servidumbre de acceso al mar.

La zona de influencia.

12. Usos generales del dominio público marítimo-terrestre.

Usos especiales: Requisitos. Diferentes títulos para la ocupación

del Dominio Público marítimo-terrestre. Especial referencia a

reservas y adscripciones.

13. Regulación de los vertidos al mar. Procedimientos y

Órganos que resuelven en función de la clase de vertido y del bien

demanial sobre el que se produce. Requisitos de los efluentes

y necesidad de título de ocupación del dominio público

marítimo-terrestre.

14. Autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre.

Actividades y ocupaciones que la requieren. Efectos de su

otorgamiento. Modificación y extinción. Formas de extinción.

Auto

rizaciones para los servicios de temporada en las playas, para

vertidos y para extracción de áridos.

15. Concesiones en el dominio público marítimo-terrestre.

Obras y actividades que lo requieren. Procedimiento de

otorgamiento de concesiones. Formas de extinción. Diferencias con la

autorización. Causas de caducidad. Procedimiento del artículo 150

del Reglamento de Costas.

16. Reservas y adscripciones: Concepto, procedimiento para

su obtención. Órgano que otorga el título. Consecuencias de la

obtención del título.

17. Requisitos materiales y formales de los proyectos que

sirven de soporte a la petición de ocupación especial del dominio

público marítimo-terrestre. Estudios adicionales necesarios

cuando el proyecto altere el dominio público marítimo-terrestre de

forma importante o cuando se está en el mar o en zona

marítimo-terrestre. Contenido del estudio económico-financiero que

debe acompañar a estos proyectos cuando su titular no sea la

Administración.

18. El régimen económico del dominio público

marítimo-terrestre. La Ley de Costas y la Orden Ministerial de 30 de

octubre de 1992. Cánones por ocupación del dominio público

marítimo-terrestre. Forma de determinación del canon. Requisitos

para exención o disminución de canon.

19. Valoración de las concesiones para su rescate. Fianzas

en el procedimiento de solicitud de ocupación de superficie del

dominio público marítimo-terrestre. Canon por vertidos.

20. La potestad sancionadora en materia de costas.

Procedimiento sancionador en la Ley de Costas. Principios que lo

informan. Infracciones y sanciones. Obligación de restituir. Sanciones

especiales en el seno de relaciones de supremacía especial.

21. Fases del procedimiento sancionador. Las medidas

cautelares. Posibles circunstancias atenuantes. Indemnización.

Ejecución forzosa.

22. Distribución de competencias entre las distintas

Administraciones Públicas según la Ley de Costas. Principios que rigen

la colaboración administrativa. Emisión de informes en los

procedimientos de aprobación de instrumentos de planeamiento

urbanístico.

23. La posible modificación de la anchura de la servidumbre

de protección en virtud de la clasificación del suelo a la entrada

en vigor de la Ley de Costas. La disposición transitoria tercera

de la Ley. La situación de construcciones anteriores a la Ley de

Costas en zonas de dominio público marítimo-terrestre o en

servidumbre de protección y tránsito: La disposición cuarta de la

Ley.

24. La concurrencia de otros títulos con los de ocupación

del dominio público marítimo-terrestre: La disposición adicional

quinta de la Ley.

25. Elementos que determinan la pertenencia del dominio

público marítimo terrestre según los artículos 3, 4 y 5 de la Ley

de Costas. Su identificación en concepto geomorfológicos.

26. Las diversas formaciones típicas costeras desde el punto

de vista geológico. Ubicación de las mismas. Ejemplos de cada

una de ellas.

27. Las dunas. Su origen y evolución. Su participación en

la estabilidad de la playa.

28. Las dunas desde el punto de vista geomorfológico. Dunas

fijas y móviles. Elementos de fijación.

29. Vegetación que se da en las dunas. Su contribución a

la fijación de la misma. Su idoneidad y compatibilidad con el

medio.

30. Clasificación de los hábitats costeros en función de la

vegetación que se da en ellos. La adaptación de especies de flora

a los hábitats costeros.

31. Los elementos vegetales que se producen en los fondos

marinos. Su contribución a la vida marina y al mantenimiento

de los recursos vivos. Amenaza y formas de protección de los

mismos.

32. Los diversos bosques de ribera en función del tipo de

costa. Su protección y mantenimiento. Papel que desempeñan

en el equilibrio del ecosistema litoral.

33. Especial consideración de los bosques de ribera en los

márgenes de los ríos y rías que tienen la condición de dominio

público marítimo-terrestre. Su contribución al equilibrio de este

ecosistema. Formas de protección del bosque de ribera.

34. La identificación de las características del dominio público

marítimo-terrestre a través de la vegetación que se da en el mismo.

Procedimiento para llevar a cabo la identificación, clasificación

y su probabilidad de pertenecer o haber pertenecido al medio

marino.

35. La protección contra la erosión mediante la implantación

de elementos vegetales vivos. Diversas técnicas actuales y posible

desarrollo de las mismas. Su efectividad respecto al objetivo de

frenar o contener la erosión.

36. La vegetación propia de las formaciones rocosas en la

costa. Acantilados costa baja etc. Su clasificación, protección y

su contribución a la estabilidad de las referidas formaciones.

37. Los ecosistemas marinos. Diversas clases de ellos. Su

equilibrio. La contribución al mismo de los elementos de flora.

38. Incidencia sobre la erosión de la

forestación/deforestación. Medidas que permiten lograr un equilibrio entre la

regeneración forestal y la posibilidad de aportaciones sedentarias al

transporte litoral.

39. La vegetación en humedales y zonas bajas costeras. Su

incidencia en el equilibrio del ecosistema. Posibilidades de

intervención para su protección y desarrollo.

40. Las plantaciones artificiales en los bordes marinos para

su regeneración. Diversas clases de árboles y plantas que pueden

plantarse en la regeneración de bordes marítimos en función de

los objetivos buscados. Ventajas e inconvenientes de cada uno

de ellos.

41. Creación artificial de plantaciones vegetales en el dominio

público marítimo-terrestre. Su contribución a la creación de

espacios lúdicos o de espacios naturales. Posibilidades de llevarlos

a cabo en función del tipo de dominio público marítimo-terrestre

(playa, dominio público marítimo-terrestre degradado, etc).

Precauciones a tomar y su integración en el ecosistema.

42. Los revestimientos vegetales para sujeción de taludes no

dunares en el dominio público marítimo-terrestre. Plantación,

protección y mantenimiento de los mismos.

43. La vegetación halófila. Características comunes y

específicas de comunidades concretas. Métodos para su identificación.

44. La flora y el litoral. Formas de presentación de aquéllas

en estas tipologías de uno y otro y su interrelación.

45. Descripción gráfica de las principales comunidades

vegetales en el litoral español.

46. La afectación de la erosión marina al equilibrio de la línea

litoral. La evolución hacia el futuro de la interfase mar-tierra. Y

su incidencia sobre las comunidades de flora próximas.

47. La ley 4/1989 y su desarrollo reglamentario. Principales

características e instrumentos. La sentencia del Tribunal

Constitucional.

48. Las Directivas aves y hábitats. Aplicación en España y

en el resto de la Unión Europea.

49. La conservación de especies. Catálogo Nacional de

Especies Amenazadas. Planes de recuperación. Otros planes. Ejemplos

concretos.

50. Las zonas de especial protección de aves (ZEPA). Criterios

para su determinación. Identificación de las principales zonas

concretas en España. Normas para su protección.

51. La dinámica litoral: Breve descripción de la formación

del oleaje y su incidencia en el transporte longitudinal y

transversal. El perfil de equilibrio de las playas

52. La incidencia de las infraestructuras portuarias sobre el

dominio público marítimo-terrestre biótico y abiótico. Previsiones

sobre cambios en la evolución de los perfiles de playa y sobre

su estabilidad.

53. Naturaleza y delimitación del dominio público

marítimo-terrestre portuario. Análisis comparado en la Ley de Costas

y en la Ley de Puertos. Régimen jurídico de las relaciones entre

sus Administraciones competentes.

54. Las zonas de servicios en los puertos de competencia

estatal. Los espacios portuarios de competencia autonómica. Su

regulación en la Ley de Costas y en la Ley de Puertos.

55. La desafectación del dominio público marítimo-terrestre

portuario. Su regulación en la Ley de Puertos y en la Ley de Costas.

56. Estudio de las Leyes 10/1977, de 4 de enero, sobre Mar

Territorial y 15/1978, de 20 de febrero, sobre Zona Económica

Exclusiva.

57. Convenio Ospar: Estructura y Objetivos.

58. Convenio de Barcelona para la protección del

Mediterráneo. Plan de Acción para la protección del medio marino y el

desarrollo sostenible de las zonas costeras del Mediterráneo.

59. Capítulo 17 de la Agenda 21 y tratamiento del medio

marino en el seno del Tratado Amsterdam.

60. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho

del Mar (Montego Bay, 10 de diciembre de 1982): Principales

aspectos.

Especialidad: Dominio Público

1. El dominio público. Concepto. Teorías más relevantes

sobre el mismo en la doctrina jurídica. Régimen jurídico sobre

su naturaleza.

2. La naturaleza y la afectación como elementos

determinantes del carácter demanial de los bienes. Sus consecuencias de

ser "res extra commercium".

3. La formalización de la incorporación de bienes al dominio

público. La afectación. La mutación demanial. La desafectación.

Concepto y líneas generales de los dos procedimientos.

4. Los bienes demaniales según la Ley del Patrimonio y su

diferencia con respecto a los patrimoniales. Líneas generales del

régimen general que la Ley establece para unos y otros.

5. La Ley de Aguas de 1985. Estructura, objetivos y principios

informadores. Principales diferencias con la Ley de Aguas de 1879.

La Ley 46/1999 de modificación de la Ley 29/1985, de Aguas.

Modificaciones introducidas.

6. Los Reglamentos en desarrollo de la Ley de Aguas:

Reglamento del Dominio Público Hidráulico y Reglamento de la

Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica.

Materias que regulan. Estructura.

7. Organización administrativa en materia de aguas

continentales. Distribución constitucional de competencias con

Comunidades Autónomas. Estructura del Ministerio de Medio

Ambiente y relaciones con otros Órganos de la Administración.

Consejo Nacional del Agua.

8. Los Organismos de Cuenca. Funciones. Órganos de

gobierno, de gestión y de explotación. Las Comisarías de Aguas.

9. La planificación hidrológica. Objetivos. Los Planes

Hidrológicos de Cuenca. Contenido. El Plan Hidrológico Nacional.

Aprobación y revisión de los Planes. Efectos de los Planes Hidrológicos.

10. Dominio público hidráulico. Bienes que lo integran.

Definiciones. Mutaciones demaniales. Zonas de policía.

11. Limitaciones en el uso del dominio público hidráulico.

Servidumbres naturales. Servidumbres legales: Definición clases.

Tipos. Procedimiento general de constitución. Servidumbre

forzosa de acueducto. Requisitos, características, modificación y

extinción.

12. Delimitación del dominio público hidráulico. Deslinde:

Concepto. Procedimiento, competencias, tramitación. Efectos

jurídicos del deslinde. Conexión con el dominio público marítimo

terrestre.

13. Usos y derechos para utilización del agua: Usos comunes

generales y especiales. Normas generales. Uso privativo. Concepto

de concesión. Adquisición por prescripción. Autorizaciones

especiales. Cesión de usos del agua. Requisitos y procedimiento para

los contratos de cesión.

14. Autorizaciones de uso en terrenos de dominio público

hidráulico. Obras en los cauces. Aprovechamiento de materiales.

Siembras. Navegación. Procedimiento administrativo.

15. Procedimiento administrativo de otorgamiento de

concesiones y sus relaciones con la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común. Competencias.

16. Especialidades en la tramitación Administrativa.

Abastecimiento, riegos, usos industriales. Autorización de vertidos.

Modificación de características. Revisión de concesiones.

17. Aprovechamientos hidroeléctricos. Ley del sector

eléctrico. Procedimiento para aprovechamientos con potencia inferior

a 5.000 KVA. Aprovechamientos en infraestructuras del Estado.

Fases de concurso y adjudicación.

18. Aguas subterráneas. Investigación, disposiciones

transitorias de la Ley 29/1985, de Aguas. Aprovechamientos inferiores

a 7.000 m3/año. Catálogo de aguas privadas. Normas para la

tramitación de derechos preexistentes.

19. El registro de aguas. Objeto. Derechos inscribibles.

Estructura. Efectos jurídicos de la inscripción. Extinción de derechos.

20. La desalación de agua marina o salobre. Regulación.

Procedimiento, tramitación y competencias de autorización de la

actividad de desalación. Real Decreto 1327/1995. Materia que regula.

Reutilización de aguas residuales.

21. Impacto ambiental. Actuaciones objeto del proceso

reglado. Competencias de comunidades autónomas. Procedimiento de

declaración ambiental Estudios de evaluación de sus efectos y

medidas a adoptar. Caudales mínimos medio-ambientales.

22. Presas de embalse. Tipos y clasificación. Reglamento

técnico de seguridad de presas. Directriz básica de protección civil.

Normas de explotación.

23. Comunidades de Usuarios. Concepto. Regulación

jurídica. Constitución. Comunidades generales y juntas centrales.

Régimen de sus acuerdos. Órganos y atribuciones. Estatutos,

ordenanzas y reglamentos.

24. Régimen económico-financiero de la utilización del

dominio público hidráulico: Canon de ocupación: Sujetos pasivos,

determinación de la base imponible. Canon de vertido: Concepto

de unidad de contaminación. Obligado al pago. Canon de

regulación. Concepto. Sujetos pasivos. Cuantía del canon.

25. Protección del Dominio Público Hidráulico: Principios de

la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.

Infracciones administrativas: Clases. Sanciones: Cuantías. Normativa

aplicable.

26. Procedimiento Sancionador: Trámites esenciales.

Normativa reguladora. Prescripción de sanciones, infracciones y acciones

de exigibilidad de indemnización de daños. Caducidad de un

expediente sancionador. Efectos. Competencias para la resolución de

un procedimiento sancionador.

27. Recursos contra resoluciones en materia de

autorizaciones, concesiones y procedimiento sancionador. Tipos de recursos.

Plazos. Órganos ante los que se interponen.

28. Órganos consultivos en materia de dominio público

hidráulico. El Consejo de Obras Públicas y Urbanismo. Normativa

reguladora. Competencias. El Consejo de Estado. Normativa

reguladora. Competencias. Intervención de la Abogacía del Estado en

la tramitación de expedientes de autorizaciones, concesiones y

sancionadores.

29. La Ley de Costas de 1988. Precedentes legislativos en

legislación costera. Exposición de motivos de la Ley. Justificación

de la misma. Objetivos que la misma persigue según su articulado.

30. El dominio público marítimo-terrestre. Elementos que lo

integran. Distinción entre los que son declarados por la

Constitución y aquéllos otros que lo son por la Ley. Elementos

característicos o requisitos que sirven para reconocer cada bien

de dominio público marítimo-terrestre definido por la Ley.

31. La delimitación administrativa del dominio público

marítimo-terrestre. Procedimiento de deslinde: Fases más

representativas del mismo. El proyecto de deslinde: Elementos que lo

integran.

32. Efectos de la aprobación del deslinde. Diferente situación

de los bienes privados antes de la aprobación del deslinde, una

vez han sido incluidos en éste: Disposición Transitoria primera

de la Ley.

33. Las servidumbres de la Ley de Costas. Efectos sobre la

propiedad privada. Características generales de la misma. Órganos

competentes para otorgar autorizaciones en zonas afectadas por

las servidumbres. La extracción de áridos en los tramos finales

de los ríos y su regulación según la Ley de Costas.

34. La servidumbre de protección: Contenido. Alcance

geográfico sobre el que se impone. Usos permitidos y prohibidos en

la misma: Excepciones a los prohibidos. La servidumbre de

tránsito: Contenido y alcance geográfico de la misma. Usos permitidos.

Servidumbre de acceso al mar: Razón de ser y contenido de la

misma.

35. Usos generales del dominio público marítimo-terrestre.

Usos especiales: Requisitos que han de cumplir. Títulos para la

ocupación del dominio público marítimo terrestre. Definición y

presupuestos que deciden el tipo de título a obtener. Regulación

de los vertidos al mar. Requisitos de los efluentes y necesidad

de título de ocupación del dominio público marítimo terrestre.

36. Las concesiones en el dominio público marítimo-terrestre.

Obras y Actividades que lo requieren. Procedimiento ordinario

de otorgamiento de concesiones. Formas de extinción. Causas

de caducidad. Procedimiento para el otorgamiento conjunto de

la concesión de autorización de actividad y concesión de ocupación

del dominio público marítimo-terrestre.

37. El régimen económico del dominio público

marítimo-terrestre. La Ley de Costas y Orden ministerial de 30 de octubre

de 1992. Cánones por ocupación del dominio público

marítimo-terrestre. Forma de determinación del canon. Requisitos para

exención o disminución del canon. La valoración de las

concesiones para su rescate. Las fianzas en la dotación de títulos de

superficie en dominio público marítimo-terrestre. Canon por

vertidos.

38. El procedimiento sancionador en la Ley de Costas:

Principios que lo informan. Determinación de las infracciones y su

calificación según la gravedad. Obligación de restituir. Sanciones

especiales por el uso de Actividades, Funciones y Concesiones.

39. Fases del procedimiento sancionador. Posible

circunstancia atenuante. Posibilidad de legalizaciones. Indemnización por

daños. Ejecución forzosa.

40. Las competencias de las diferentes Administraciones

según la Ley de Costas. Competencias del Estado, Comunidades

Autónomas y Ayuntamientos. Principios que rigen la colaboración

administrativa. La regulación de emisión de informes en los

procedimientos de aprobación de Planeamiento por parte de la

Administración de Costas.

41. La posible modificación de las anchuras de la zona de

servidumbre de protección en virtud de la clasificación del suelo

a la entrada en vigor de la Ley de Costas: La disposición transitoria

tercera de la Ley. La situación de construcciones anteriores a la

Ley de Costas en zonas de dominio público marítimo-terrestre

o en servidumbres de protección y tránsito: La disposición

transitoria cuarta de la Ley.

42. La concurrencia de otros títulos con los de ocupación

del dominio público marítimo-terrestre: La disposición adicional

quinta de la Ley.

43. Tipos de presas. Acciones a considerar. Métodos de

cálculo. Tomas. Aliviaderos. Tipos de compuertas. Desagües. Desvío

de cauces. Protección medio ambiental.

44. Pluviometría. Aforos. Correlaciones. Caudales medios.

Cálculo de avenidas. Hidrogramas. Evaporación. Regulación de

ríos. Capacidad de un cauce.

45. Dimensionamiento de canales. Curvas de remanso. Saltos

hidroeléctricos. Esquema, pérdidas de carga, potencia, producción

media. Abastecimiento y riegos. Elementos que los constituyen

y su dimensionamiento.

46. Clima marítimo. Agentes que lo determinan: vientos

oleaje, corrientes y variaciones del nivel del mar. Su generación e

interrelación.

47. Clima marítimo: previsión de oleaje en alta mar y

propagación hasta la costa.

48. Morfología de costas. Naturaleza geológica de los fondos.

Tipos de costas españolas desde el punto de vista morfológico.

49. Concepto de unidad fisiográfica. Balance sedimentario.

Fuentes y sumideros.

50. Transporte marino de sedimentos: longitudinal y

transversal. Transporte eólico de sedimentos.

51. Erosión costera: Causas naturales y antrópicas. Medidas

correctoras de carácter general: Previsiones de la Ley de Costas.

52. Tratamiento de la erosión costera debida a barreras al

transporte longitudinal de sedimentos. Trasvases de arenas.

53. Defensa de costas: Tipologías de actuación. Ventajas e

inconvenientes.

54. Aportación periódica de arenas. Conceptos y diseño.

Extracción de áridos y dragados.

55. Playas: Análisis en planta y perfil. Tipologías. Variación

estacional del perfil.

56. Regeneración de espacios naturales costeros: Humedales

y campos dunares.

57. Contaminación costera: Vertidos y residuos sólidos

urbanos. Emisarios submarinos. Vertido del material procedente de

dragados. Competencias de las Administraciones.

58. Estudios de la biosfera marina: Ámbitos supramareal,

intermareal e inframareal.

59. Estudios en ingeniería marítima y costera: toma de datos

en la naturaleza, modelos numéricos y modelos físicos a escala

reducida.

60. Evaluación del Impacto Ambiental. Aplicación en costas.

Tramitación. Figuras de evaluación ambiental de ámbito

autonómico.

Especialidad: Calidad de Aguas

1. Instrumentos administrativos para la gestión de los vertidos

de aguas residuales. Tramitación. Canon de vertidos.

Condicionado. Renovación, revisión y revocación.

2. El control de vertidos a las aguas superficiales y

subterráneas.

3. Empresas colaboradoras en el control de los vertidos a

las aguas continentales.

4. Infracciones y sanciones por vertidos de aguas residuales.

Evaluación de daños al Dominio Público Hidráulico.

5. Procedimientos de regularización de vertidos de aguas

residuales. Planes sectoriales de regularización.

6. Reglamento de vertidos a los sistemas de saneamiento.

Vertidos directos e indirectos. Competencias. Ordenanzas

municipales de vertido.

7. Depuración de aguas residuales urbanas. Pretratamientos,

tratamiento primario y tratamiento secundario. Eliminación de

nutrientes. Gestión y tratamiento de fangos. Plan Nacional de lodos

de depuradoras de aguas residuales.

8. Explotación y mantenimiento de sistemas de tratamiento

de aguas residuales urbanas. Reutilización de aguas residuales.

Tratamientos de desinfección de aguas residuales.

9. Vertido de aguas residuales procedentes de la industrial

siderúrgica. Vertido de aguas residuales procedentes de la

industrial del automóvil. Origen, características y tratamientos.

10. Aguas residuales procedentes de la industrial alimentaria

y de bebidas. Elaboración del azúcar. Industria conservera.

Mataderos e industria cárnica. Industria láctea. Origen, características

y tratamientos.

11. Aguas residuales procedentes de la industria textil. Aguas

residuales procedentes de lavanderías industriales. Origen,

características y tratamientos.

12. Aguas residuales procedentes de la industria química y

petroquímica. Aguas residuales procedentes de la industrial de

fabricación de pinturas, barnices y pesticidas. Origen,

características y tratamiento.

13. Aguas residuales procedentes de la industria papelera.

Idem industria minera. Origen, características y tratamientos.

14. Aguas residuales procedentes de la industria de curtidos.

Industria de galvanotecnia. Industria de tratamientos superficiales

(pintura). Origen, características y tratamientos.

15. Tratamiento de los residuos generados en las actividades

ganaderas y de piscicultura. Almacenamiento de residuos urbanos

e industriales. Legislación. Sistemas de vigilancia de calidad de

las aguas.

16. Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico

Nacional.

17. Normas de calidad ambiental. Procedimientos para su

establecimiento. Ensayos de toxicidad.

18. Indicadores de calidad para la clasificación del estado

ecológico de ríos, lagos, aguas de transición, aguas costeras,

masas de aguas superficiales artificiales y muy modificadas.

19. Definiciones normativas. Seguimiento y presentación del

estado ecológico y químico de las aguas superficiales según la

Directiva 2000/60/CE.

20. Definición del estado cuantitativo y químico de las aguas

subterráneas. Seguimiento y presentación del estado cuantitativo

y químico de las aguas subterráneas según la Directiva

2000/60/CE.

21. Caracterización inicial y adicional de las aguas

subterráneas. Examen de la incidencia de la actividad humana en las aguas

subterráneas, de la incidencia de los cambios en los niveles de

las aguas subterráneas y de la contaminación en la calidad de

las aguas subterráneas según la Directiva 2000/60/CE.

22. Caracterización de los tipos de masas de agua superficial.

Establecimiento de las condiciones de referencia específicas para

los tipos de masas de agua superficial. Identificación de las

presiones. Evaluación del impacto según la Directiva 2000/60/CE.

23. Estrategias para combatir la contaminación de las aguas.

Procedimiento para el establecimiento de las normas de calidad

química según la Directiva 2000/60/CE.

24. Convenios internacionales relativos a la calidad de aguas.

Convenio OSPAR. Estructura y objetivos. Programa RID.

25. Estudio de la calidad del agua en los ríos mediante el

empleo de índices físico-químicos y biológicos.

26. Ecología de las comunidades piscícolas. Factores que

controlan las poblaciones piscícolas. Peces ibéricos de aguas dulces.

27. Caudales ecológicos: Métodos de estudio y aplicación.

28. Parámetros físicos, químicos y microbiológicos

relacionados con la calidad de las aguas continentales.

29. Sistemas de vigilancia y control de calidad de aguas

superficiales. Redes existentes.

30. Sistemas de vigilancia y control de calidad de aguas

subterráneas. Redes existentes.

31. Redes de estaciones automáticas de alerta. Objetivos y

funciones. Parámetros. Sistemas de comunicación.

32. Sistemas de información geográfica aplicados de la

gestión de calidad de aguas. Sistemas de adquisición de datos.

Entornos informáticos de trabajo. Análisis y bases de datos.

33. Redes europeas de intercambio de información sobre

calidad de las aguas. EUROWATERNET. Criterios de diseño de redes

de aguas superficiales y subterráneas.

34. Eutrofización. Técnicas y análisis. Efectos. Medidas

preventivas y correctoras. Estado trófico de los embalses.

Teledetección de la eutrofización en embalses.

35. Protección de las aguas contra la contaminación

producida por nitratos de fuentes agrarias. Zonas vulnerables a la

contaminación por nitratos. Programas de actuación. Códigos de

buenas prácticas agrarias.

36. Contaminación difusa por plaguicidas. Tipos. Criterios

de definición de redes de control. Política comunitaria.

37. La calidad de las aguas superficiales y subterráneas en

el Libro Blanco del Agua en España.

38. Los vertidos residuales de aguas residuales en el Libro

Blanco del Agua en España.

39. Directiva 75/440/CEE, relativa a la calidad requerida

para las aguas superficiales destinadas a la producción de agua

potable en los Estados miembros. Directiva 79/869/CEE, relativa

a los métodos de medición y a la frecuencia de los muestreos

y del análisis de las aguas superficiales destinadas a la producción

de agua potable en los Estados miembros. Cálculo de diagnósticos

de calidad. Obligaciones derivadas. Incorporación a la legislación

Española.

40. Directiva 76/160/CEE, relativa a la calidad de las aguas

de baño. Cálculo de diagnósticos de calidad. Obligaciones

derivadas. Incorporación a la legislación Española.

41. Directiva 78/659/CEE, relativa a la calidad de las aguas

continentales que requieren protección o mejora para ser aptas

para la vida de los peces. Cálculo de diagnósticos de calidad.

Obligaciones derivadas. Incorporación a la legislación Española.

42. Directiva 91/271/CEE sobre el tratamiento de las aguas

residuales urbanas. Criterios de conformidad. Zonas sensibles.

Plan Nacional de Saneamiento y Depuración. Incorporación a la

legislación Española.

43. Directiva 80/68/CEE relativa a la protección de las aguas

subterráneas de la contaminación causada por determinadas

sustancias peligrosas. Obligaciones derivadas. Incorporación a la

legislación Española.

44. Contaminación causada por determinadas sustancias

peligrosas en aguas superficiales. Legislación Europea e

incorporación a la legislación española. Sustancias de Lista I y Lista II.

Programas de reducción de sustancias de Lista II. Sustancias

preferentes.

45. Contaminantes físicos, químicos y biológicos

característicos de las aguas subterráneas. Caracterización del medio

subterráneo. Vulnerabilidad de las aguas subterráneas frente a la

contaminación.

46. Perímetros de protección para captaciones de agua

potable. Planteamiento y metodología. Técnicas de delimitación.

47. Procedimientos para la toma de muestras de matrices

medioambientales: muestreo de aguas naturales y residuales,

sedimentos y peces. Garantía de Calidad.

48. Técnicas de conservación y transporte de muestras

medioambientales.

49. Tipos de tratamiento preliminar de muestra en la

determinación de metales en aguas naturales y residuales. Expresión

de resultados.

50. Aplicación de las técnicas gravimétricas y volumétricas

en el análisis de aguas. Fundamento, parámetros controlados.

51. Utilización de la cromatografía de gases y la cromatografía

de líquidos en el análisis de sustancias orgánicas en aguas.

Detectores específicos.

52. Aplicación de la cromatografía iónica en el análisis de

aniones y cationes en aguas. Espectroscopia atómica.

53. Determinación de materia orgánica en aguas naturales

y residuales, parámetros globales de control, relación entre ellos

y diferencias.

54. Parámetros de calidad de aguas que permiten controlar

el grado de eutrofización de lagos y embalses.

55. Autoanalizadores en continuo utilizados en las estaciones

automáticas de alerta de calidad de aguas.

56. Determinaciones "in situ" en aguas naturales y residuales.

Equipos de campo y parámetros analizados.

57. Normas nacionales e internacionales sobre metodología

para controlar parámetros fisicoquímicos y químicos de calidad

de las aguas.

58. Norma internacional sobre requisitos generales relativos

a la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración

ISO/IEC 17025:99. Límites de detección y cuantificación.

59. Propiedades de las sustancias orgánicas: La persistencia,

toxicidad y bioacumulación.

60. Prevención de riesgos en un laboratorio de calidad de

aguas. Manipulación de gases, disolventes y reactivos. Equipos

de protección individual.

Especialidad: Ingeniería de Saneamiento

1. Características de las aguas residuales. Aspectos físicos,

químicos y biológicos. Composición de las aguas residuales.

Estudios de caracterización.

2. Parámetros de calidad del agua.

3. Caudales de aguas residuales. Origen y estimación.

4. Legislación sobre vertidos tóxicos y peligrosos.

5. Control en tiempo real en los sistemas de alcantarillado.

6. Marco legal de las evaluaciones del impacto ambiental

aplicado a las obras de saneamiento y depuración.

7. Caudales de cálculo de aportación a una red de

saneamiento.

8. Diseño hidráulico y ambiental de redes de saneamiento.

9. Drenaje urbano.

10. Diseño y operación de sistemas de colectores unitarios.

Tendencias actuales.

11. Características de las redes de saneamiento. Materiales

y especificaciones técnicas.

12. Procedimientos constructivos de conducciones para

saneamiento.

13. Estructuras hidráulicas auxiliares de la red de

saneamiento. Tipología y diseño.

14. Degradación y corrosión de conducciones de aguas

residuales.

15. Limpieza y mantenimiento de conducciones de aguas

residuales.

16. Criterios y sistemas de rehabilitación de conducciones

de aguas residuales.

17. Descargas de sistemas unitarios de alcantarillado al medio

receptor.

18. Dispositivos de control y restricción de la contaminación

por aguas de tormenta.

19. Capacidad de autodepuración del cauce receptor.

20. Bombeo de aguas residuales.

21. Diseño y tipo de estaciones de bombeo.

22. Golpe de ariete en tuberías de impulsión.

23. Criterios de selección en procesos de depuración.

Consideraciones sobre la implantación de depuradoras.

24. Pretatamiento en estaciones depuradoras de aguas

residuales.

25. Diseño de tratamientos físicos y físico-químicos para

aguas residuales.

26. Procesos biológicos de película fija.

27. Diseño de tratamientos biológicos aerobios.

28. Tratamientos para la eliminación biológica de nitrógeno

en aguas residuales.

29. Tratamientos para la eliminación de fósforo en aguas

residuales.

30. Tratamientos de desinfección de aguas residuales.

31. Producción y características de los fangos en una estación

depuradora de aguas residuales.

32. Sistemas de espesamiento de fangos.

33. Estabilización aerobia y química de fangos.

34. Digestión anaerobia de fangos.

35. Deshidratación de fangos.

36. Aprovechamiento energético de la línea de fangos.

37. Disposición final de fangos.

38. Tecnologías de bajo coste en la depuración de aguas

residuales en pequeñas poblaciones.

39. Tratamientos de aguas residuales industriales.

40. Producción y control de olores en los sistemas de

saneamiento y depuración.

41. Mantenimiento y explotación de una estación depuradora

de aguas residuales.

42. Sistemas de control, equipamientos auxiliares y

organización para la gestión y control de Estaciones Depuradoras de

Aguas Residuales.

43. Problemas de funcionamiento en depuradoras.

44. Usos y aprovechamientos del agua residual procedente

de un proceso de depuración.

45. Reutilización de efluentes depurados. Tecnologías

específicas para la regeneración de efluentes.

46. Inyecciones en acuíferos.

47. Diferentes criterios y normativas existentes para

reutilización de agua residual depurada.

48. Contaminación del litoral. Efectos y consecuencias.

49. Sistemas de saneamiento litoral. Aspectos específicos de

diseño.

50. Alivios en áreas costeras. Influencia sobre la calidad del

agua y metodología de estudio.

51. Procesos de transporte, dispersión y evolución de

contaminantes en el medio marino.

52. Cálculo de la dilución, dispersión y autodepuración para

el dimensionamiento de emisarios submarinos.

53. Aspectos geotécnicos en el diseño de emisarios

submarinos.

54. Objetivos y técnicas para el reconocimiento del fondo

marino en el estudio de emisarios submarinos.

55. Proyecto y construcción de emisarios submarinos.

56. Aspectos ambientales a considerar en proyectos de

saneamiento y depuración.

57. Modelos de calidad para sistemas generales de

saneamiento.

58. Reglamento de vertidos a los sistemas de saneamiento.

59. Tarifa de utilización de los sistemas de saneamiento.

60. Planes de vigilancia ambiental en saneamiento. Objetivos,

definición y desarrollo.

Grupo de temas comunes

1. La Ley 10/1998, de Residuos. Principios fundamentales

que la sustentan. Objeto. Ámbito de aplicación. Competencias

de las distintas Administraciones.

2. La producción, la posesión y la gestión de los residuos.

Los instrumentos económicos.

3. La responsabilidad administrativa y el régimen sancionador

en la posesión y gestión de los residuos.

4. La planificación en materia de residuos: El Plan Nacional

de Residuos Urbanos. Los residuos especiales.

5. Normativa española en materia de gestión de

policlorobifenilos y policloroterfenilos (PCBs y PCTs)

6. Legislación sobre envases y residuos de envases. La Ley

11/1997 y Real Decreto 782/1998. Objeto y ámbito de aplicación.

El Sistema de depósito, devolución y retorno. Los sistemas

integrados de gestión de residuos de envases y envases usados y su

autorización. La participación de las Entidades Locales en los

sistemas integrados de gestión. La financiación de los sistemas

integrados de gestión.

7. El programa Nacional de Residuos de Envases y Envases

Usados. Productos que no tienen la consideración de envases.

Requisitos básicos sobre composición de los envases y sobre la

naturaleza de los envases reutilizables y valorizables, incluidos

los reciclables.

8. El régimen sancionador en materia de residuos de envases

y envases usados. Clasificación de infracciones. Sanciones.

Competencia sancionadora. Publicidad de las sanciones.

9. La notificación de sustancias nuevas y clasificación,

envasado y etiquetado de sustancias peligrosas

10. Normativa española y de la Unión Europea relacionada

con el medio ambiente atmosférico. Convenios internacionales.

La contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia:

Objetivos, organización.

11. Normativa relacionada con el medio ambiente

atmosférico: Protocolos derivados del Convenio de Ginebra. Limitación

de emisiones. Las sustancias que agotan la capa de ozono.

12. Legislación sobre Evaluación de Impacto Ambiental: La

EIA en el ámbito comunitario: Directiva 85/337/CEE, ámbito de

aplicación. Proyectos sometidos a EIA. La Directiva 97/11/CE

por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE. La evaluación

de los efectos de determinados planes y programas en el medio

ambiente.

13. El marco jurídico de la normativa de evaluación del

Impacto Ambiental en España. La legislación básica estatal: El Real

Decreto Legislativo 1302/1986 de EIA. El Real

Decreto 1131/1988 por el que se aprueba el Reglamento para la

ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986. Objeto. Ámbito

de aplicación. La obligación de establecimiento en el Estudio de

Impacto Ambiental del Programa de Vigilancia Ambiental. El

criterio de unidad de la Administración actuante. El órgano

ambiental. El órgano sustantivo.

14. La Evaluación del impacto ambiental en el ámbito

español: contenido de la Evaluación de Impacto Ambiental y del Estudio

de Impacto Ambiental.

15. La Evaluación de Impacto Ambiental en el ámbito

español: El procedimiento administrativo de EIA.

16. La Directiva 96/61/CE de prevención y Control

Integrados de la Contaminación. Principios. Aspectos tecnológicos. Las

Mejores Técnicas Disponibles Valores límites de emisión Los

permisos integrados de instalación. Los intercambios de información.

17. El Reglamento Europeo relativo a un sistema comunitario

de gestión y auditoría medioambientales (SGAM o EMAS).

Concepto. Objeto. Ámbito de aplicación. La revisión de la aplicación

del reglamento.

18. La relación entre el sistema comunitario de gestión y

auditoría medioambientales e ISO-Organización Internacional de

Normalización.

19. Actividades con organismos genéticamente modificados.

La Ley 15/1994. El Real Decreto 951/1997. Requisitos y

procedimientos de utilización confinada, liberación voluntaria y

comercialización de organismos genéticamente modificados.

20. Normas sobre información, vigilancia y control de las

actividades con organismos genéticamente modificados. Infracciones

y sanciones. Etiquetado: Requisitos. Órgano colegiado. La

Comisión Nacional de Bioseguridad. La distribución de competencias

entre la Administración General del Estado y las Comunidades

Autónomas.

21. La Ley de Fomento y Coordinación General de la

Investigación Científica y Técnica: la Investigación Científica, Desarrollo

e Innovación Tecnológica. El Plan Nacional 2000-2003.

Subvenciones públicas.

ANEXO III

Escala de Técniocos Facultativos Superiores de OO. AA.

del Ministerio de Medio Ambiente

Curso selectivo

Administración y Función Pública

1. El Estado de Derecho y la Administración Pública. El

principio de jerarquía de las normas. Leyes, Decretos-leyes y Decretos

Legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas. Las

normas reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes ministeriales.

Disposiciones reglamentarias de carácter interno: Instrucciones

y Circulares.

2. Las Comunidades Europeas. Principios básicos de

organización y funcionamiento.

3. El Derecho Comunitario Europeo: Reglamentos y

Directivas. Noticia de otros instrumentos formales del Derecho

Comunitario y sus fuentes.

4. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común. Análisis global de la Ley

30/1992.

5. El Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. El

principio de legalidad. Los actos administrativos. El concepto de

interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos. Los

procedimientos administrativos.

6. La Administración sancionadora y la Administración

responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el

procedimiento sancionador. Las responsabilidades de la

Administración Pública y de sus agentes.

7. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión

de oficio. El sistema de recursos administrativos. La reclamación

económico-administrativa. La Administración Pública y la Justicia.

La reclamación previa. El recurso contencioso-administrativo.

8. Teoría general de la función pública. Régimen general de

la función pública en España. Características del modelo de

función pública en nuestro país. Cuerpos, grupos, grado y niveles.

Función pública estatal, autonómica y local. Contratados laborales

y otros regímenes de personal. Función pública "política".

9. Planificación y gestión de recursos humanos en la

Administración Pública. La Oferta de Empleo. Los Planes de Empleo

Público. La provisión de puestos de trabajo. Las Relaciones de

Puestos de Trabajo y las plantillas de personal. Movilidad y

promoción profesional de funcionarios y laborales. Remoción de los

titulares de puestos de trabajo.

10. Derechos y deberes de los funcionarios y del personal

laboral. Situaciones administrativas de funcionarios y laborales.

Régimen disciplinario de funcionarios y laborales. Las

incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones

Públicas.

11. El sistema retributivo de la función pública española.

Análisis de los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de

trabajo y retribución. Prestaciones sociales y derechos pasivos:

MUFACE, Clases Pasivas y Seguridad Social.

12. La organización general del Ministerio de Medio

Ambiente. La Secretaría de Estado de Aguas y Costas y la Secretaría

General de Medio Ambiente: Sus unidades.

13. El Ministerio de Medio Ambiente. Los órganos

horizontales: Ministro y Subsecretaría: Sus unidades.

14. La organización territorial del Ministerio de Medio

Ambiente. Organismos Autónomos, Entidades Públicas

Empresariales y Sociedades Estatales del Ministerio de Medio Ambiente.

Gestión administrativa

1. Contratación administrativa I. Marco normativo. El

contrato administrativo. Órganos de contratación.

2. Contratación administrativa II. Estudio del pliego de

cláusulas administrativas. La oferta económica.

3. Contratación administrativa III. El expediente de

contratación. La ejecución del contrato de obra pública: Régimen

jurídico. Régimen de Pagos. Endose de certificaciones de obra.

4. Contratación administrativa IV. La ejecución del contrato

de obras: Tramitación.

5. Contratación administrativa V. La actividad convencional

de la Administración. Contratación de otros Entes Públicos. Los

recursos administrativos. Proceso contencioso-administrativo.

6. Expropiación forzosa. Concepto. Naturaleza jurídica.

Procedimiento general.

7. Dominio Público I. Concepto y naturaleza jurídica.

Clasificación. El Patrimonio del Estado. El Patrimonio Nacional.

8. Dominio Público II. Régimen jurídico del dominio público.

Utilización del dominio público. Autorizaciones y concesiones.

Reservas demaniales.

9. La actividad financiera de la Administración. Concepto y

normas reguladoras. Organización de la Administración

financiera. Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de la

Administración Financiera.

10. El Tributo. Concepto y clases. Especial estudio de las

tasas y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria.

Liquidación e Inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía

tributaria. Los tributos y el Ministerio de Medio Ambiente.

11. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y

aprobación. La estructura presupuestaria: Gastos e ingresos. La

elaboración del presupuesto. Las modificaciones presupuestarias. El

Presupuesto del Ministerio de Medio Ambiente.

12. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del

gasto. Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del

pago. Contabilidad y control del presupuesto de gastos.

13. La ejecución de los gastos públicos. Los gastos de

personal: Retribuciones y otros gastos de personal. Los gastos de

transferencias: Gestión de subvenciones. Los gastos contractuales.

Contratos administrativos y contratos privados, contrato de obras,

de suministros y de asistencia técnica.

14. Procedimientos especiales de gasto. Anticipos de caja fija.

Pagos a justificar. Obras de emergencia.

ANEXO IV

Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de OO.AA. del Ministerio de Medio Ambiente

Tribunal titular

Presidente: Don José Sáenz González, Escala Técnica de

Gestión de OO.AA.

Secretaria: Doña Isabel de Antonio Sierra, Escala Técnica de

Gestión de OO.AA.

Vocales (especialidades de Educación Ambiental y Uso Público,

Conservación del Medio Natural, Dominio Público y Técnicas

Costeras):

Don José Luis Viejo Montesinos, Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Don Ángel A. Luque del Villar, Cuerpo de Profesores Titulares

de Universidad.

Don Juan Garay Zabala, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA. del MAPA.

Don Cosme Morillo Fernández, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA. del MAPA.

Don José Ramón Martínez Cordero, Cuerpo de Ingenieros de

Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Doña Mercedes Montesinos del Valle, Escala de Titulados

Superiores de OO.AA. del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Don José A. Corraliza Rodríguez, Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad.

Vocales (especialidades de Calidad de las Aguas e Ingeniería

de Saneamiento):

Don Miguel A. Antolín Martínez, Cuerpo de Ingenieros de

Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Doña Cristina Danés Castro, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Don Víctor M. Arqued Esquía, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Don Salvador Heras Moreno, Cuerpo Facultativo Superior de

la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Don Francisco Cadarso González, Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Don Adolfo Gallardo de Marco, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Don Emilio Soler Monsalve, Cuerpo de Ingenieros de Caminos,

Canales y Puertos del Estado.

Tribunal suplente

Presidente: Doña Mercedes Rodríguez Arranz, Cuerpo Superior

Administradores Civiles del Estado.

Secretaria: Doña Pilar Román Barreiro, Cuerpo Superior de

Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales (especialidades de Educación Ambiental y Uso Público,

Conservación del Medio Natural, Dominio Público y Técnicas

Costeras):

Doña Rocío Díaz Casado, Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Doña Carmen Sánchez Sanz, Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Don José Manuel Manzanares Robles, Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Don Benigno Elvira Payán, Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad.

Don José Manuel Escanilla Yuste Escala de Técnica Superior

de OO.AA.

Don Roberto Vallejo Bombín, Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Don Jesús Solaguren Beascoa, Cuerpo de Ingenieros de

Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Vocales (especialidades de Calidad de las Aguas e Ingeniería

de Saneamiento):

Don Fernando Octavio de Toledo Ubieto, Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Don Javier Ruza Rodríguez, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Don José M.a Santafé Martínez, Cuerpo de Ingenieros de

Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Don Luis Ángel García García, Cuerpo de Ingenieros de

Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Don Gabriel Fernández del Río, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA. del MIMAM.

Doña M.a Jesús Rodríguez de Sancho, Cuerpo de Ingenieros

de Montes.

Don José María Díaz Ortiz, Cuerpo de Ingenieros de Caminos,

Canales y Puertos del Estado.

ANEXO V (ver imagen página 21159).

ANEXO VI

Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de OO.AA. del Ministerio de Medio Ambiente

Don ................................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con documento nacional de identidad número .....................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de

OO.AA. del MIMAM, que no se encuentra separado del servicio

de ninguna de las Administraciones Públicas ni inhabilitado para

el ejercicio de funciones públicas.

En ....................., a ........ de ..................... de ........

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