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Documento BOE-A-2002-11465

Resolución de 29 de mayo de 2002, conjunta de la Subsecretaría de Fomento y la Subsecretaría de Economía, sobre emisión y puesta en circulación de un aerograma.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2002, páginas 21209 a 21209 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-11465

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 24/1998 de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie «AEROGRAMA. ESPAÑA 2002. Salamanca».

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la estampación de una emisión de la serie «Aerograma. España 2002. Salamanca», destinada al correo aéreo.

Segundo.

El próximo 3 de junio se pondrá en circulación un «Aerograma» dedicado a la Exposición Mundial de Filatelia Juvenil «ESPAÑA 2002», que se celebrará en Salamanca del 17 al 24 de noviembre de este año. En el aerograma se reproducen el logotipo y el cartel anunciador de esta exposición, diseñados ambos por J. Carrero.

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Offset.

Papel: Lito azul.

Valor postal: 0,50 euros.

Formato del aerograma plegado: 167 × 93 mm.

Formato del aerograma sin plegar: 292 × 167 × 197 mm.

Formato del sello. 40,9 × 28,8 mm (horizontal)

Tirada: Ilimitada.

Tercero.

La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el 3 de junio de 2002.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre de 2006, no obstante lo cual mantendrán indefinidamente su valor a efectos de franqueo, hasta que se dicte orden en contrario.

Cuarto.

De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda 5.000 unidades a disposición de la «Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima», para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 500 unidades de cada uno de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizadas las emisiones. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de las emisiones anteriormente aludidas encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de los indicados Museos.

Lo que comunicamos a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 29 de mayo de 2002.‒El Subsecretario de Fomento, Adolfo Menéndez Menéndez.–El Subsecretario de Economía, Miguel Crespo Rodríguez.

Ilmos. Sres. Presidente de la «Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima» y Presidente Director de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

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