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Documento BOE-A-2002-11566

Orden JUS/1432/2002, de 28 de mayo, por la que se resuelve el concurso de méritos convocado por Orden JUS/820/2002, de 25 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2002, páginas 21468 a 21472 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2002-11566

TEXTO ORIGINAL

Por Orden del Ministerio de Justicia de 25 de marzo de 2002

("Boletín Oficial del Estado" de 16 de abril) se convocó concurso

para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el

Departamento (Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio

Jurídico del Estado).

Finalizado el plazo de presentación de instancias, tenidos en

cuenta los preceptos reglamentarios y valorados los méritos

alegados por los concursantes por la Comisión de Valoración a la

que hace referencia la base sexta de la citada Orden,

Este Ministerio acuerda resolver la adjudicación de los puestos

de trabajo contenidos en los anexos de dicha Orden.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino será de tres

días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario,

o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso

al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Orden,

así como el cambio de situación administrativa que, en su caso,

corresponda. Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso

al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse

desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios y de ceses se iniciará

cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, se estén

disfrutando.

Contra la presente Orden y los actos derivados de la misma,

que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter

potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir

de su notificación ante el órgano que dictó la Orden, en los

términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, o directamente recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de

lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el

artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de

la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 28 de mayo de 2002.

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