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Documento BOE-A-2002-11783

Orden ECO/1478/2002, de 14 de junio, por la que se establecen los servicios mínimos a aplicar a las actividades del servicio esencial de suministro de combustibles gaseosos por canalización, ante la huelga general convocada desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día 20 de junio de 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 15 de junio de 2002, páginas 21957 a 21965 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-11783

TEXTO ORIGINAL

Las Comisiones Ejecutivas de la Confederacion Sindical de Comisiones Obreras y de la Unión General de Trabajadores, han convocado una huelga general de veinticuatro horas de duración, que afectará a todas las actividades laborales y funcionariales desempeñadas por los trabajadores y empleados públicos de las empresas y organismos establecidos dentro del ámbito geográfico y jurídico del Estado Español, desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día 20 de junio de 2002.

El punto 2 del artículo 2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, establece que las actividades relacionadas con el mercado de productos petrolíferos y suministro de gases combustibles por canalización, se ejercerán garantizando el suministro a los consumidores demandantes dentro del territorio nacional y tendrán la consideración de actividades de interés económico general.

Dadas las características del suministro de gases combustibles por canalización, es necesario mantener las presiones de la red en unos valores de seguridad preestablecidos, lo que obliga a realizar una serie de actividades que aseguren las mismas. Por otro lado, es imprescindible atender a emergencias y averías en la red e instalaciones de los usuarios.

El Real Decreto 1478/1988, de 9 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 10), por el que se garantiza la prestación de servicios mínimos para las actividades de suministro de combustibles gaseosos por canalización y de gases licuados del petróleo a granel y envasado en situaciones de huelga, establece que, las situaciones de huelga que puedan afectar a los trabajadores de las empresas que prestan el servicio de producción, conducción, distribución y suministro de combustibles gaseosos, se entenderá condicionada a que se mantengan los servicios esenciales mínimos; indicando en su artículo tercero que los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos serán considerados ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo.

El artículo segundo del citado Real Decreto establece los servicios esenciales mínimos, cuyo mantenimiento condicionará las situaciones de huelga, indicando en su último párrafo que el Ministro de Economía determinará las especificaciones concretas de los servicios mínimos señalados.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1478/1988, de 9 de diciembre, oídos la representación patronal y los representantes de los trabajadores dispongo:

Los servicios mínimos cuyo mantenimiento debe garantizarse, durante la huelga prevista desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día 20 de junio de 2002, serán los siguientes:

La seguridad de personas e instalaciones se mantendrá a los niveles operativos habituales en todas las instalaciones afectas al servicio esencial de suministro de combustibles gaseosos, así como a las actividades de producción, almacenamiento, conducción y distribución relativas a dichos suministros.

Se mantendrán las presiones de régimen normal en todas las líneas y redes de transmisión y distribución de combustibles gaseosos.

Funcionarán con toda su vigencia los planes de emergencia, en su caso, existentes.

Se efectuarán las descargas de barcos mínimos necesarios para mantener los niveles de existencias por encima de los niveles operativos mínimos.

Por razones de seguridad se mantendrán en régimen operativo normal el Centro Principal de Control (CPC), así como también el Sistema de Comunicaciones de la Red Nacional de Gasoductos.

Se mantendrán retenes de seguridad y emergencia.

Se efectuarán los mantenimientos correctivos necesarios para garantizar la continuidad del suministro y la seguridad de acuerdo con lo indicado.

Se realizarán una o dos rutas de vigilancia, en aquellas zonas en donde el riesgo potencial es alto (zonas urbanas e industriales y zonas con interferencias importantes), por ser la vigilancia una acción fundamental para mantener la seguridad de las personas y de las instalaciones.

Para el mantenimiento de dichos servicios mínimos, las empresas transportistas y distribuidoras de combustibles gaseosos por canalización, pondrán en operación, los equipos e instalaciones que se consideran estrictamente necesarios, así como el personal necesario para la cobertura de tales servicios mínimos, que se relaciona en el anexo de la presente Orden.

Lo que comunico a V.E. para su conocimiento.

Madrid, 14 de junio de 2002.

DE RATO Y FIGAREDO

Excmo Sr. Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa.

ANEXO
Empresa: «Enagás, S. A.»

Plantas de regasificación de GNL:

Planta de Barcelona:

Proceso (tres turnos: Mañana, tarde y noche): 1 Jefe de Turno, 6 Operadores proceso.

Equipo de retén (en jornada normal en el centro de trabajo, para atención a incidencias; fuera de jornada de trabajo: Retén de guardia): 1 Supervisor, 1 Técnico, 4 Operadores.

Planta de Barcelona:

Proceso (tres turnos: Mañana, tarde y noche): 1 Jefe de Turno, 6 Operadores proceso.

Equipo de retén (en jornada normal en el centro de trabajo, para atención a incidencias; fuera de jornada de trabajo: Retén de guardia): 1 Jefe Retén, 1 Jefe de Taller, 2 Operadores.

Planta de Huelva:

Proceso (tres turnos: Mañana, tarde y noche): 1 Jefe de Turno, 6 Operadores de proceso.

Equipo de retén (en jornada normal en el centro de trabajo, para atención a incidencias; fuera de jornada de trabajo: Retén de guardia): 1 Jefe Retén, 1 Técnico Mto., 2 Operadores.

Planta de almacenamiento subterráneo:

Proceso (tres turnos: Mañana, tarde y noche): 2 Operadores.

Equipo retén (en jornada normal en el centro de trabajo, para atención a incidencias; fuera de jornada de trabajo: Retén de guardia): 1 Jefe Retén, 2 Operadores.

Sede social:

Servicio Mantenimiento sede social: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Comunicación de Control:

Comunicación (tres turnos: Mañana, tarde y noche): 1 Técnico, 2 Operadores.

Equipo retén: 1 Técnico CPC, 1 Técnico logística.

Red de gasoductos (en todos los centros con presencia durante la jornada, fuera de la jornada de trabajo: Retén de guardia):

Área Mantenimiento Oeste:

Centro Comunicación: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Coruña: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Asturias: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Destacamento Orense: 1 Oficial.

Destacamento Ribadeo: 1 Jefe Retén.

Comunicaciones: 1 Técnico de zona.

Área Mantenimiento Centro:

Centro de San Fernando: 1 Jefe Retén, 2 Oficiales.

Estación Compresión Algete: 1 Oficial.

Destacamento Comunicación: 1 Jefe Retén.

Centro/Estación Compresión Puertollano: 1 Jefe Retén, 1 Oficial CMOC, 1 Oficial E.C.

Centro Toledo: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Comunicaciones: 1 Técnico de zona.

Área Mantenimiento Este:

Centro/Estación Compresión Tivissa: 1 Jefe Retén, 1 Oficial CMOC, 1 Oficial E.C.

Destacamento Caspe: 1 Oficial.

Centro Comunicación: 1 Jefe Retén, 2 Oficiales.

Centro Sabiñánigo: 1 Jefe Retén, 2 Oficiales.

Centro Vilafranca/Estación Compresión Bañeras: 1 Jefe Retén, 1 Oficial CMOC, 1 Oficial E.C.

Destacamento Ripollet: 1 Jefe Retén.

Comunicaciones: 1 Oficial.

Centro Comunicación: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Comunicaciones: 1 Oficial.

Centro Pamplona: 1 Jefe Retén, 2 Oficiales.

Área Mantenimiento Norte:

Centro Comunicación: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Burgos: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Soria: 1 Jefe Retén.

Estación Compresión Haro: 1 Oficial.

Centro Comunicación: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro León: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Ponferrada: 1 Jefe Retén.

Centro/Estación Compresión Zamora: 1 Jefe Retén, 1 Oficial CMOC, 1 Oficial E.C.

Comunicaciones: 1 Técnico de zona, 1 Oficial.

Centro Vitoria: 1 Jefe Retén, 2 Oficiales.

Centro Durango: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Área Mantenimiento Levante:

Centro Castellón: 1 Jefe Retén, 2 Oficiales.

Centro/Estación Compresión Valencia: 1 Jefe Retén, 1 Oficial CMOC, 1 Oficial E.C.

Centro Alicante: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Murcia: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Comunicaciones: 1 Técnico de zona.

Área Mantenimiento Sur:

Centro/Estación Compresión Sevilla: 1 Jefe Retén, 1 Oficial CMOC, 1 Oficial E.C.

Destacamento Huelva: 1 Jefe Retén.

Centro Córdoba: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Cádiz: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Centro Jaén: 1 Jefe Retén, 1 Oficial.

Destacamento Granada: 1 Jefe Retén.

Centro/Estación Compresión Almendralejo: 1 Jefe Retén, 1 Oficial CMOC, 1 Oficial E.C.

Destacamento Plasencia: 1 Jefe Retén.

Comunicaciones: 1 Técnico de zona, 1 Oficial.

Total «Enagás, Sociedad Anónima»: 133 puestos de trabajo, 200 personas.

ANEXO

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