En la cuestión de ilegalidad número 455/01,
planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 12 de Madrid, la Sala Tercera (Sección Primera)
del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 4
de junio de 2001, del siguiente tenor:
Providencia
Madrid, a 4 de junio de 2002.
Se admite a trámite la cuestión de ilegalidad
planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 12 de Madrid sobre el artículo 13.2 del Real
Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, Regulador del
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos,
redactado conforme al Real Decreto 497/1986, de 10 de
febrero.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el
"Boletín Oficial del Estado" en cumplimiento de lo que
dispone el artículo 124.2 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa, y remítanse las presentes actuaciones
a la Sección Cuarta conforme a las reglas de reparto
de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el Ponente; certifico.
Presidente: Excelentísimo señor don Ángel Rodríguez
García; Magistrados: Excelentísimo señor don Enrique
Cancer Lalanne y excelentísimo señor don Mariano de
Oro Pulido y López.
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