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Documento BOE-A-2002-11939

Resolución de 7 de junio de 2002, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hacen públicas las listas definitivas de admitidos y excluidos para las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escalas Masculina y Femenina, convocadas por Orden INT/834/2002, de 9 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2002, páginas 22307 a 22307 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2002-11939

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 16 de mayo de 2002 ("Boletín Oficial del

Estado" del 24), de la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias, se hacen públicas las listas provisionales de admitidos

y excluidos para la pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de

Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escalas Masculina y

Femenina.

De acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero, expirado el plazo de diez días hábiles para poder subsanar

el defecto que en su día motivó la exclusión en las listas

mencionadas anteriormente, se acuerda aprobar el listado definitivo

de admitidos y excluidos, en los anexos que se adjuntan:

Primero.-Relación de aspirantes que en la Resolución de 16

de abril de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" de 24 de mayo)

aparecían excluidos y después de presentar escrito de subsanación

de defectos de exclusión han sido admitidos; y aspirantes que,

no constando en ninguna lista, después de presentar escrito de

subsanación de la omisión han sido admitidos. Escala Masculina

en el anexo I y Escala Femenina en el anexo II.

Segundo.-Relación de aspirantes que han quedado

definitivamente excluidos. Escala Masculina en el anexo III y Escala

Femenina en el anexo IV, con expresión de las causas de exclusión

que se adjuntan en el anexo V.

Tercero.-Los anexos I, II, III y IV serán expuestos en las

Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en

Subdelegaciones del Gobierno en las provincias, en la Dirección

General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en

la Dirección General de la Función Pública y en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones

Públicas.

Frente a los actos de exclusión definitivos dictados por la

autoridad convocante, podrán los aspirantes interponer

potestativamente recurso de reposición ante esta autoridad convocante en

el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la

publicación de la Resolución, o ser impugnada directamente ante

el órgano jurisdiccional competente, pudiendo interponerse en

este caso recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de

la Resolución, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 7 de junio de 2002.-El Director general, Ángel Yuste

Castillejo.

Ilmos. Sres. Presidentes de los Tribunales.

ANEXO V

Cuerpo Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

ESCALA MASCULINA Y FEMENINA

Cuadro de exclusiones

1. Instancia fuera de plazo.

2. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen

correspondientes.

3. Falta de declaración jurada o promesa escrita de que carece

de rentas superiores al salario mínimo interprofesional, necesaria

para estar exento de pago.

4. Falta de certificación de no negación de participación en

acciones de promoción, formación o reconversión profesionales,

necesarias para estar exento de pago.

5. Falta del tiempo suficiente en el certificado de demanda

de empleo, necesario para estar exento de pago.

6. No cumplir el requisito de la base 2.1.1 de la convocatoria

al no ser español.

7. Falta de firma en la solicitud.

8. Modelo no oficial de instancia.

9. Instancia de solicitud sin completar datos.

10. Falta de certificado de la demanda de empleo necesario

para estar exento del pago de tasas.

11. Pago insuficiente de las tasas de derechos de examen.

12. Falta de fotocopia del documento nacional de identidad.

13. Edad insuficiente.

14. No cumplir alguno de los requisitos establecidos en la

base 2.2 de la convocatoria.

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