Visto el expediente de indulto de doña María Azucena Redondo Martínez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 28 de septiembre de 1998, como autora de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, a tres años, seis meses, y un día de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de mayo de 2002,
Vengo en conmutar a doña María Azucena Redondo Martínez, la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 24 de mayo de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid