Por Orden de 16 de octubre de 1995, del Ministerio del Interior,
se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, escalas Masculina y
Femenina ("Boletín Oficial del Estado" de 25 de octubre).
En cumplimiento de la sentencia remitida por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, de la Audiencia
Nacional, correspondiente al recurso número 942/1997,
interpuesto contra la resolución de fecha 1 de agosto de 1996, por
un aspirante al Cuerpo de Ayudantes de II.PP., Escala Masculina,
y una vez realizados el segundo y tercer ejercicio del proceso
selectivo, el Presidente del Tribunal Coordinador remite propuesta
definitiva como aprobado a la autoridad convocante.
Igualmente, por Orden de 5 de julio de 1996, del Ministerio
del Interior, se convocaron pruebas selectivas para ingreso en
el cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, escalas
Masculina y Femenina ("Boletín Oficial del Estado" del 20).
En cumplimiento de auto de ejecución de sentencia de 22 de
noviembre de 2001 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima,
correspondiente al recurso número 597/1999, interpuesto por un
aspirante al Cuerpo de Ayudantes de II.PP., Escala Masculina, y una
vez realizada la tercera fase del proceso selectivo, el Presidente
del Tribunal Coordinador remite propuesta definitiva de aprobado
a la autoridad convocante.
Por tanto, esta Dirección General en base a lo anterior y en
virtud de lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso y en la base 7.1 de la convocatoria, resuelve:
Primero.-Declarar a los aspirantes mencionados, aprobados
definitivos en la fase de oposición de los respectivos procesos
selectivos.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección
General de Personal de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias, calle Alcalá, 38-40, 28014 Madrid, los documentos
que se señalan en la base octava de las respectivas convocatoria
(apartados 8.1 y 8.2).
Tercero.-Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de las respectivas convocatorias, no podrán
ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere
incurrido por falsedad en la solicitud inicial (apartado tercero de
la base octava de las respectivas convocatoria).
Cuarto.-Por Resoluciones de la Dirección General de la
Función Pública, de 14 de marzo de 1996 y de 3 de julio de 1997,
sobre medidas de seguridad del personal de instituciones
penitenciarias, no aparecen los nombres y apellidos de los aspirantes
aprobados.
Quinto.-La presente Resolución, de conformidad con el
artículo 116 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero,
podrá ser recurrida potestativamete ante el mismo órgano que
lo ha dictado, mediante la interposición de recurso de reposición
en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,
o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,
pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
su publicación.
Madrid, 10 de junio de 2002.-El Director general, Ángel Yuste
Castillejo.
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