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Advertidos errores en la Resolución de 13 de mayo de 2002,
publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 124 de 24
de mayo, y suplemento, por la que se da publicidad a las bases de
concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión
de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, y realizadas
modificaciones de baremos específicos por algunas Corporaciones
Locales, como consecuencia de los requerimientos efectuados por
las Comunidades Autónomas, y de la estimación de recursos contra
baremos específicos,
Esta Dirección General, en cumplimiento de lo establecido en
el artículo 19 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y
en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 8 del
Real Decreto 1372/2000, de 19 de julio, ha resuelto:
Primero.-Corregir los errores advertidos en la Resolución
de 13 de mayo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" de 24 de
mayo, y suplemento de la misma fecha), en los términos siguientes:
Página 88 (suplemento). Ayuntamiento de A Baña, Secretaría,
clase 3.a Requisitos para concursar, donde dice: "Iniciación al
curso básico de lengua gallega ...", debe decir: "Iniciación o curso
básico de lengua galleg ...". Donde dice: "Perfeccionamiento al
curso medio de lengua gallega ...", debe decir: "Perfeccionamiento
o curso medio de lengua gallega ...".
Página 125 (suplemento). Excluir de la convocatoria:
Ayuntamiento L'Eliana, Intervención clase 1.a
Página 137 (suplemento). Ayuntamiento de Gata de Gorgos.
Méritos específicos. Base tercera. Añadir al final del apartado 2.1:
"Para la valoración de este apartado se multiplicará la puntuación
máxima obtenible por el resultado de dividir las horas totales de
duración del total de los cursos valorables en este apartado que
aporte cada aspirante por las horas totales de duración de los
cursos del aspirante que acredite un mayor número de horas, según
la siguiente expresión:
Pn = 1,5*Hn/HM, siendo:
Pn = Puntuación del aspirante "n".
Hn = Horas totales del total de los cursos valorables en este
apartado que acredite el aspirante "n".
HM = Horas totales del total de los cursos valorables en este
apartado del aspirante que acredite un mayor número de horas
de duración."
Añadir al final del apartado 2.2: "Para la valoración de este
apartado se multiplicará la puntuación máxima obtenible por el
resultado de dividir las horas totales de duración del total de los
cursos valorables en este apartado que aporte cada aspirante por
las horas totales de duración de los cursos del aspirante que
acredite un mayor número de horas, según la siguiente expresión:
Pn = 3,5*Hn/HM, siendo:
Pn = Puntuación del aspirante "n".
Hn = Horas totales del total de los cursos valorables en este
apartado que acredite el aspirante "n".
HM = Horas totales del total de los cursos valorables en este
apartado del aspirante que acredite un mayor número de horas
de duración."
Añadir al final del apartado 2.3.: "Otros méritos: Se valorará,
hasta un máximo de 0,5 puntos, el haber impartido clases o haber
participado como ponente en cursos, congresos, jornadas,
masters, etc., relacionados con las funciones a desempeñar o, con
carácter general, en materias de administración pública, así como
haber realizado alguna publicación sobre la materia propia de
la plaza convocada, a razón de 0,15 puntos por cada publicación
y 0,05 puntos por cada clase impartida o participación como
ponente. La puntuación máxima obtenible en este apartado será
de 0,5 puntos en total."
Segundo.-Efectuar nueva publicación de los méritos
específicos que a continuación se relacionan, al haber sido modificados
por las Corporaciones Locales:
Página 26 (suplemento). Ayuntamiento de Ariany (Baleares).
Requisito: Sustituir la referencia al conocimiento de catalán "nivel
E" por "nivel D".
Página 28 (suplemento). Ayuntamiento de Costitx (Baleares).
Requisito: Sustituir la referencia al conocimiento de catalán "nivel
E" por "nivel D".
Página 35 (suplemento). Ayuntamiento de Medina del Campo
(Valladolid), Intervención, clase 1.a Méritos específicos: sustituir
el apartado 1.o, por el siguiente: "por los servicios prestados en
el desempeño de puestos de trabajo de Interventor o Tesorero,
reservados a la Subescala de Intervención-Tesorería, siempre y
cuando durante dicho período se estuviera integrado en dicha
Subescala, según la siguiente escala:
Entidades Locales con población de derecho superior a 20.000
habitantes, 0,10 puntos por mes."
Página 37 (suplemento). Ayuntamiento de Ibeas de Juarros
(Burgos), Secretaría, clase 3.a Sustituir el apartado relativo a
méritos específicos por el siguiente:
"I. Servicios:
A) Servicios como secretario-interventor en Ayuntamientos
que hayan desarrollado en los últimos cinco años Unidades de
Actuación mediante el sistema de gestión urbanística de
cooperación:
Por cada Unidad de Actuación hasta 1 Ha ......0,2.
Por cada Unidad de Actuación de 1,01 a 2 Has ......0,5.
Por cada Unidad de Actuación de más de 2 Has ......0,8.
Puntuación máxima en este apartado ... 1,50.
B) Servicios como secretario-interventor en Ayuntamientos
con un mínimo de 8 entidades locales menores:
Puntos por mes completo ..... 0,03.
Puntuación máxima en este apartado ..... 1,50.
C) Servicios como secretario-interventor en Ayuntamientos
con bienes de interés cultural declarados:
Puntos por mes completo ..... 0,03.
Puntuación máxima en este apartado .... 1,50.
Los servicios se computarán a la fecha de publicación de la
convocatoria y se acreditarán con certificación de las
Corporaciones correspondientes o de organismo oficial competente.
II. Cursos de Formación y Perfeccionamiento:
A) Cursos de formación y perfeccionamiento en materia de
Urbanismo e Informática:
De 15 a 30 horas lectivas. Puntos por curso ...... 0,20.
De más de 30 horas lectivas. Puntos por curso ..... 0,40.
Máximo de puntos por cursos ..... 1,50.
Los cursos deberán ser impartidos por Universidades, Institutos
y Escuelas oficiales de funcionarios, Centros Oficiales reconocidos
por las Administraciones Públicas y Centros Privados debidamente
homologados por la Administración competente u organizados por
Administraciones Públicas, Sindicados o Federaciones o
Asociaciones de las mismas.
Página 39 (suplemento). Ayuntamiento de Cacabelos (León),
Secretaría, clase 3.a Sustituir el apartado relativo a méritos
específicos por el siguiente:
Por título de Técnico Urbanista expedido por el Instituto
Nacional de Administración Pública (MAP) ... 3,00 puntos.
Por haber desempeñado la Secretaría-Intervención de
Ayuntamientos de más de 4.000 habitantes como titular de la
plaza .... 0,2 puntos/año completo.
Por haber desempeñado la Secretaría-Intervención de
Ayuntamientos de más de 3.000 habitantes y menos de 4.000
habitantes como titular de la plaza .... 0,1 puntos/año completo.
Por haber desempeñado la Secretaría-Intervención de
Ayuntamientos de más de 2.000 habitantes y menos de 3.000
habitantes como titular de la plaza .... 0,05 puntos/año completo.
La puntuación máxima acumulada por el desempeño de
Secretarías-Intervenciones no superará, en su conjunto, 2 puntos:
Por cada curso realizado impartido por el Instituto Nacional
de Administración Pública del Ministerio de Administraciones
Públicas en materias directamente relacionadas con las funciones
de secretaría-intervención, de más de 200 horas lectivas ....1,25
puntos.
La puntuación máxima a obtener por la realización de cursos
no superará, en ningún caso, 2,5 puntos.
Página 40 (suplemento). Agrupación Zotes del Páramo y
Laguna Dalga (León), Secretaría, clase 3.a Sustituir los apartados 3.o,
4.o y 5.o, de méritos específicos por los siguientes:
"3.o Cursos sobre Régimen Jurídicos de Bienes y
Expropiaciones de al menos 40 horas lectivas impartidos por la
Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Universidades
o Centros Oficiales y que en todo caso hayan sido homologados
por el INAP, 0,40 puntos.
4.o Cursos sobre Gestión de Ayudas financiadas con fondos
comunitarios de al menos 30 horas lectivas impartidos por la
Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Universidades
o Centro Oficiales que en todo caso hayan sido homologados por
el INAP, 0,30 puntos.
5.o Cursos de Informática para Secretarios de Administración
Local de al menos 30 horas lectivas impartidos por la
Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Universidades o
Centro Oficiales que en todo caso hayan sido homologados por
el INAP, 0,30 puntos."
Añadir los siguientes méritos específicos:
"6.o Cursos de Formación Económico-Financiera para
pequeños municipios de al menos 50 horas lectivas impartidos por la
Administración del Estado, Comunidades Autónomas,
Universidades o Centro Oficiales y que en todo caso hayan sido
homologados por el INAP, 0,50 puntos.
7.o Por servicios prestados en el puesto de
Secretaría-Intervención en agrupaciones de municipios, 0,02 puntos por mes hasta
un máximo de 2,50 puntos.
8.o Por servicios prestados en el puesto de
Secretaría-Intervención en mancomunidades de municipios, 0,02 puntos por mes
hasta un máximo de 0,50 puntos."
Ayuntamiento de Santibáñez de la Peña (Palencia), Secretaría,
clase 3.a. Méritos específicos. Sustituir el apartado B. Cursos de
Formación y Perfeccionamiento, por el siguiente:
"Por los cursos de Contabilidad Presupuestaria y su aplicación
informática, para municipios inferiores a 5.000 habitantes,
impartidos por la Administración del Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales o Universidades Públicas o Privadas, según el
siguiente baremo:
De 25 a 35 horas: 0,20 puntos por curso.
De 35 a 50 horas: 0,40 puntos por curso.
De más de 50 horas: 0,70 puntos por curso.
La puntuación máxima a conceder por este apartado será de 1,50
puntos.
Por cursos en materia de Contratación Administrativa,
Urbanismo, Personal u otras relacionadas con la Administración Local,
impartidos por la Administración del Estado, Comunidades
Autónomas, Entidades Locales o Universidades Públicas o Privadas,
según el siguiente baremo:
De 25 a 35 horas: 0,20 puntos por curso.
De 35 a 50 horas: 0,40 puntos por curso.
De más de 50 horas: 0,70 puntos por curso.
La puntuación máxima a conceder por este apartado será de
1,50 puntos."
Página 42 (suplemento). Herguijuela de la Sierra (Salamanca),
Secretaría, clase 3.a Sustituir el apartado relativo a méritos
específicos por el siguiente:
"1. Realización de cursos de gestión informatizada de la
contabilidad y contabilidad para la Administración Local.
Se valorará la realización de cursos relacionados con estos
aspectos con una duración igual o superior a treinta horas lectivas.
Valoración: 0,1 punto por cada curso, hasta un máximo de 0,5
puntos.
2. Haber prestado servicio en municipios integrantes de
alguna Reserva Nacional de Caza. Valoración: 2 puntos.
Se valorarán los servicios prestados durante al menos dos años
y en los últimos cinco años.
3. Haber prestado servicio en municipios integrantes de un
Espacio Natural.
Valoración: 1 punto.
Se valorará los servicios prestados durante al menos dos años
y en los últimos cinco años.
4. Haber prestado servicio en municipios con presupuesto
ordinario liquidado superior a diez millones de pesetas:
Valoración: 0,5 puntos.
Superior a veinte millones de pesetas. Valoración: 1 punto.
Superior a cincuenta millones de pesetas. Valoración: 1,5
puntos.
Superior a cien millones de pesetas. Valoración: 2 puntos.
Se valorarán los servicios prestados durante al menos dos años
y en los últimos cinco años.
Forma de acreditar los Méritos Específicos:
Mérito 1. Se aportará: Certificado acreditativo del curso
realizado, en el que deberá constar la denominación del curso,
duración expresada en horas lectivas y fechas de inicio y finalización.
Mérito 2. Se aportará certificación expedida por el Secretario
de la Corporación en la que haya prestado tales servicios, en la
que deberá constar los datos de declaración de la Reserva Nacional
de Caza de que se trate, así como el tiempo de prestación de
los mismos en dicho Municipio.
Mérito 3. Se aportará certificación expedida por el Secretario
de la Corporación en la que haya prestado tales servicios, en la
que deberán constar los datos de declaración de Espacio Natural
de que se trate, así como el tiempo de prestación de los mismos
en dicho Municipio.
Mérito 4. Se aportará certificación expedida por el Secretario
de la Corporación en la que se haya prestado tal servicio, en
la que deberá constar a) el importe de los recursos liquidados
por operaciones corrientes, referido al ejercicio y el tiempo en
que se verificó la prestación alegada y b) la fecha de la resolución
de la Dirección General de la Función Pública, o en su caso, del
órgano competente de la Comunidad Autónoma que corresponda,
por la que se nombra al concursante para el puesto cuyo
desempeño se alega como mérito, y que deberá ir acompañada de copia
compulsada de dicha resolución; si el puesto no es el actual del
concursante, se prestará idéntica acreditación de la fecha de cese."
Página 43 (suplemento). San Cristóbal de Segovia (Segovia),
Secretaría, clase 3.a Méritos específicos.
Donde dice: "por tener experiencia en municipios de más de
1.500 habitantes (máximo 1,5 puntos). Por cada año completo
de experiencia con gestión informatizada, 0,3 puntos. Por cada
año completo de experiencia sin gestión informatizada, 0,15
puntos", debe decir: "Por tener experiencia en municipios (máximo
1,5 puntos): Por cada año completo de experiencia en municipios
con población comprendida entre 1.500 y 2.000 habitantes, 0,15
puntos; por cada año completo de experiencia en municipios con
población comprendida entre 2.001 y 3.000 habitantes, 0,30
puntos; por cada año completo de experiencia en municipios con
población superior a 3.000 habitantes, 0,45 puntos".
Donde dice: "Realización de entrevista: No" debe decir:
"Realización de entrevista: Si se estima necesario por el Tribunal, podrá
convocarse a los aspirantes o aquellos con mayor puntuación que
estimen oportunos a la realización de entrevista para determinar
con mayor precisión su actitud. No se abonarán los gastos de
desplazamiento."
Página 44 (suplemento). Ayuntamiento de Siete Iglesias de
Trabancos (Valladolid), Secretaría, clase 3.a Méritos específicos:
2. Servicios prestados: Donde dice, " 0,1 punto por mes
trabajado hasta un máximo de 2 puntos", debe decir "0,1 punto
por mes trabajado hasta un máximo de 1 punto".
Página 48 (suplemento). Ayuntamiento de Humanes
(Guadalajara), Secretaría, clase 3.a Donde dice "puntuación mínima 7,5
puntos", debe decir "puntuación mínima 6,75 puntos".
Página 83 (suplemento). Ayuntamiento de Lugo. Tesorería.
Donde dice: "Por la experiencia como mínimo de un año en puestos
de Tesorero en Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes: 3
puntos" debe decir: "Por la experiencia en el desempeño en puestos
de Tesorero en Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes: 0,1
puntos por mes, hasta el máximo de 3 puntos."
Tercero.-Para los puestos afectados por la presente
Resolución, se reabre el plazo de presentación de instancias por quince
días naturales a partir del día siguiente al de su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado".
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa,
pudiendo interponerse contra la misma, potestativamente, recurso de
reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la
redacción dada por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de
cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Madrid, 17 de junio de 2002.-El Director general, Luis Pérez
de Cossío.
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