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Documento BOE-A-2002-13260

Orden TAS/1687/2002, de 28 de junio, por la que se adjudican los puestos de trabajo ofertados en el concurso convocado por Orden de 30 de noviembre de 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 5 de julio de 2002, páginas 24488 a 24488 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-13260

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 30 de noviembre de 2001 ("Boletín Oficial del

Estado" de 11 de diciembre), se convocó concurso para la provisión

de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social

y en su Servicio Jurídico, y de acuerdo con lo previsto en la base

décima de dicha convocatoria, así como en el artículo 47.1 del

vigente Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio

de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos

de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles

de la Administración General del Estado, aprobado por Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de

resolución del presente concurso, y habiéndose cumplido cuantos

requisitos y procedimientos se establecen en las bases de la

convocatoria mencionada, que recogen lo prevenido en el mencionado

Reglamento General de 10 de marzo de 1995 sobre plazo de

presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de

méritos alegados según baremo establecido y previa propuesta

elaborada por la correspondiente Comisión de Valoración a la que

hace referencia la base octava de la citada Orden de 30 de

noviembre de 2001,

Este Ministerio, en uso de las facultades que tiene conferidas,

ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración

de Méritos, adjudicando los puestos de trabajo que se relacionan

en el anexo I a los funcionarios que, asimismo, se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos de trabajo que se

detallan en el anexo II.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles

si no implica cambio de residencia del funcionario o, de un mes,

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles,

contados desde el día 3 de septiembre de 2002, fecha de efectos

de la Orden de resolución del presente concurso.

Con esa misma fecha de 3 de septiembre de 2002, se entenderá

producido el cese para todos los participantes con puesto definitivo

o reservado en la Administración de la Seguridad Social que hayan

resultado adjudicatarios de algún puesto de trabajo como

consecuencia de la resolución de este concurso.

Cuarto.-Si la Orden comporta el reingreso al servicio activo,

el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la fecha

de efectos de la presente Orden. No obstante, aquellos funcionarios

que hayan obtenido destino desde la situación de Servicios

Especiales o de excedencia para el cuidado de hijos, no será necesario

que formalicen la toma de posesión del destino que les corresponda

hasta que se haga efectivo el reingreso al servicio activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado

un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos

de provisión, salvo en el ámbito de la misma Secretaría de Estado

o del mismo Departamento ministerial, en defecto de aquélla o

en los supuestos previstos en el párrafo segundo del

artículo 20.1.e) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función

Pública y en el de supresión del puesto de trabajo.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto

en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de aquella jurisdicción, o, potestativamente y con carácter previo,

recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

de la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, redacción

dada por la Ley 4/1999).

Madrid, 28 de junio de 2002.-P. D. (Orden de 26 de junio

de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Secretario de

Estado de la Seguridad Social, Gerardo Camps Devesa.

(En suplemento aparte se publican los anexos correspondientes)

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