En la cuestión de ilegalidad número 3/02, planteada
por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo
número 2 de Madrid, la Sala Tercera (Sección Primera)
del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha
14 de junio de 2002, del siguiente tenor:
Providencia:
"Madrid, a catorce de junio de dos mil dos.
Dada cuenta, se admite a trámite la cuestión de
ilegalidad planteada por el Juzgado Central de lo
Conten
cioso-Administrativo número 2 respecto del artículo 9.2
del Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, modificado
por el Real Decreto 1378/1991, de 13 de septiembre
por el que se establece la cuantía del complemento de
destino de los miembros del Poder Judicial y del
Ministerio Fiscal.
Publíquese esta cuestión en el "Boletín Oficial del
Estado" en cumplimiento de lo que dispone el artículo
124.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y
remítanse las actuaciones a la Sección Séptima conforme a las
reglas de reparto de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el Magistrado Ponente,
certifico."
Presidente: Excelentísimo señor don Ángel Rodríguez
García; Magistrados: Excelentísimo señor don Fernando
Ledesma Bartret y excelentísimo señor don Mariano de
Oro Pulido y López.
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