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Documento BOE-A-2002-13453

Resolución de 12 de junio de 2002, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se acuerda la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia y su baja en el escalafón del mencionado Cuerpo de don Miguel Ángel Cañadas Alcolado.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2002, páginas 24781 a 24781 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2002-13453

TEXTO ORIGINAL

Vista la sentencia de fecha 2 de mayo de 1996 de la Sección

Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga, recaída en el

procedimiento abreviado número 103/1993, rollo de sala

número 147/1994, por la que se condena a don Miguel Ángel Cañadas

Alcolado, Auxiliar de la Administración de Justicia, con destino

en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de

Estepona (Málaga), como autor criminalmente responsable de un

delito de cohecho, ya definido, sin la concurrencia de

circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena

de dos años de prisión menor y multa de cuantía de 100.000

pesetas, con responsabilidad personal subsidiaria de dieciséis días

de arresto sustitutorio, caso de impago, una vez hecha excusión

de sus bienes, a la inhabilitación especial por tiempo de seis años

y un día, con las accesorias, respecto a la pena privativa de libertad,

de suspensión de cargo público y derecho de sufragio durante

el cumplimiento de la condena.

La citada sentencia fue recurrida en casación ante la Sala de

lo Penal del Tribunal Supremo, quien desestimó el recurso en

sentencia de fecha 7 de mayo de 1997, y, posteriormente, en

amparo ante el Tribunal Constitucional, que lo desestimó en

sentencia 174/2001, de 26 de julio de 2001.

El Tribunal Constitucional, en auto de fecha 16 de junio

de 1998, estima parcialmente la petición del demandante de

suspensión de la sentencia, con la suspensión de penas de prisión

menor y accesoria de suspensión de todo cargo público y derecho

de sufragio, y la Audiencia Provincial de Málaga, por providencia

de 18 de junio de 1998, acordó la suspensión de la ejecución

de la condena de inhabilitación especial, en virtud del auto dictado

por el Tribunal Constitucional con fecha 16 de junio de 1998.

Por providencia de la Audiencia Provincial de Málaga de 3

de abril de 2002 se alza la suspensión de la ejecución de la pena,

acordada con fecha 18 de junio de 1998.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 27.1, apartados e) y f), del Reglamento Orgánico de los

Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración

de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de

febrero, la imposición con carácter firme por los tribunales de la pena

de inhabilitación, y la condena sobrevenida como consecuencia

de delito doloso, relacionado con el servicio o que cause daño

a la Administración de Justicia o a sus destinatarios, es causa

de la pérdida de la condición de funcionario.

Esta Secretaría de Estado acuerda declarar la pérdida de la

condición de funcionario del Cuerpo de Auxiliares de la

Administración de Justicia, y su baja en el escalafón del mencionado

Cuerpo, de don Miguel Ángel Cañadas Alcolado.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe

interponer recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría

de Estado, en el plazo de un mes, o directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados

ambos desde el día siguiente al de su notificación (artículos 116

y 117 de la Ley 30/1992 y artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Madrid, 12 de junio de 2002.-El Secretario de Estado, José

María Michavila Núñez.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración

de Justicia.

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