Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección, esta
Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983,
de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre;
Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido
en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español,
y el Real Decreto 64/1984, de 21 de enero, que modifica el Real
Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley de
Patrimonio Histórico Español, acuerda:
Primero.-Incoar procedimiento de declaración de la Villa de Sequeros
(Salamanca), como bien de interés cultural con categoría de conjunto
histórico, según la descripción y delimitación que se publica como anexo
a la presente Resolución, y que figura en el plano unido al expediente.
Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la
legislación vigente.
Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Sequeros que según lo
dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en la zona afectada
por la declaración del conjunto histórico que se pretende declarar no
podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto
correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural o, si es el caso,
por la Dirección General.
Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el "Boletín Oficial
de Castilla y León" y en el "Boletín Oficial del Estado", y se notifique
al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación
preventiva.
Valladolid, 9 de abril de 2002.-La Directora general, Begoña Hernández
Muñoz.
ANEXO
La Villa de Sequeros (Salamanca)
Descripción
Situada en la comarca serrana al sur de Salamanca, la Villa de Sequeros
es un interesante ejemplo de arquitectura popular que comparte junto
a otros conjuntos históricos declarados de la zona de la sierra, como La
Alberca, Miranda del Castañar y San Martín del Castañar, las
características y tipología constructivas típicas de la arquitectura serrana.
En Sequeros encontramos dos tipos diferenciados de construcción, por
un lado los edificios construidos con fachada completa de cantería, y los
que combinan el mampuesto y la madera, reservando la piedra labrada
para las zonas principales. Características constructivas que responden
de forma clara a las condicionantes principales de un lugar: Materiales
y clima.
Las edificaciones presentan por lo general dos o tres plantas, con
escasos huecos en fachada, tejado a dos aguas. El primer piso suele ser volado
sobre la planta inferior y el segundo piso a plomo, o incluso ocasionalmente
volado, con pronunciados aleros que, junto a otros elementos
característicos como las escaleras exteriores de piedra, acentúan la estrechez de
las calles y con amplios soportales, aliviando los rigores meteorológicos.
Las fachadas están construidas por un armazón de vigas de madera
de castaño en su mayoría, por ser éste un material muy abundante en
la zona, rellenándose con barro y ripio y, a veces, con adobes o piedra
en las fachadas y luego revoques de barro y cal. Los tramos inferiores
de las fachadas se construyen de forma más sólida, con piedra o sillarejo
bien concertado. A veces las fachadas presentan dos balcones, uno por
piso, y otras veces en sólo un único corredor en el piso alto.
En cuanto a la estructura o distribución funcional original, en el piso
bajo se situaba la cuadra en la parte delantera y la bodega en la trasera,
mientras el primer piso era ocupado por la sala principal y los dormitorios
y el piso alto acogía la cocina y el comedor. El desván se configuraba
como espacio complementario de la cocina.
Como es frecuente en la zona, Sequeros conserva en los dinteles de
las casas inscripciones epigráficas que nos ofrecen las fechas de
construcción de los edificios, alguna fechada en 1430, aunque la mayoría de
las construcciones se fechen en el siglo XVI, XVII y, en su mayoría,
del XVIII.
Junto a la arquitectura popular el conjunto conserva elementos de
interés singular, entre los que destacan:
La iglesia extramuros de El Robledo, declarada bien de interés cultural
por Decreto de 25 de agosto de 1993.
La ermita o el Humilladero del Cristo de las Batallas, declarada bien
de interés cultural por Decreto de 16 de septiembre de 1993.
La iglesia de los Mártires, realizada con planos de Jerónimo de Quiñones
a partir de 1763.
Las "Casas del Concejo", anteriores a 1595 y que forman una manzana
con un pequeño patio interior y la torre del reloj.
El teatro, denominado Liceo, realizado en 1875.
Calvario o cruces de piedra que data del siglo XVII.
Así como calles y barrios llenos de encanto, que confieren a la villa
su propio carácter, como la calle de la Fuente o de Estella, la plaza de
Eloy Bullón, con sus portales o especie de logia con arquerías. La calle
del Concejo, formada por la iglesia, la Torre municipal y el Peso, junto
a la entrada de la antigua cárcel, el rincón de la Peña, o el Infiernillo,
calle sumamente estrecha y en quiebro que comunica el barrio de las
Eras con la calle Larga. Y excelentes paseos como La Llanada o paseo
de El Robledo con maravillosas vistas, la Cuesta de la Moriana, el parque
de El Barrero, el Rimador de la Cruz o Cabezuela.
Delimitación de la zona afectada por la declaración
El espacio comprendido entre las siguientes polilíneas:
A) Carretera SA-515 desde su intersección con la prolongación del
límite oeste de la parcela P 7-344-20 hasta su intersección con la
prolongación del límite este del parque de las Jaceras o del Barrero.
B) Lindero este del parque del Barrero hasta su encuentro con la
prolongación del límite este de la parcela P 3-48. Sigue por el lindero
este de la parcela P 3-49 y, atravesando la prolongación de la calle de
los Prados, prosigue por los linderos sureste de las parcelas P 4-34, P 4-33,
P 4-32, P 4-31, 23-89-7 y P 4-29.
C) Límites sur de las parcelas P 4-29, número 37 de la calle Profetisa
Juana y la propia calle hasta su encuentro con el límite sur de la parcela
P 4-10. Sigue por los límites sur de las parcelas P 4-9, P 4-8, P 4-1, calle
de la Iglesia P 4-246, P 4-256, P 4-255, P 4-251, P 4-257, P 4-259, P 4-260,
P 4-261, P 4-266, P 4-272, P 4-275, P 4-278. Continúa con la unión del
vértice suroeste de la parcela P 4-278 con el vértice sureste de la parcela
P 4-242, continuando por los límites suroeste y sur de las parcelas P 4-242,
P 4-244, calle Estella y límites este, sur y oeste de las parcelas P 7-375,
P 3-378, P 3-379 y P 3-377 y línea que une el vértice noroeste de la parcela
P 3-377 con el vértice suroeste de la parcela P 3-372.
D) Linderos oeste de las parcelas P 7-372, P 7-371, línea imaginaria
desde el vértice noroeste de esta última parcela (P 7-371) hasta el vértice
suroeste de la parcela P 7-368, siguiendo por los linderos oeste de las
parcelas P 7-368, P 7-370 y P 7-369, prolongación de la calle Eras, lindero
sur, siguiendo por los límites oeste de las parcelas P 7-334, P 7-345 y
P 7-344, hasta su encuentro con la carretera SA-515.
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