El yacimiento ibérico y medieval de L'Esquerda está en el término
municipal de Les Masies de Roda, en un meandro que hace el río Ter
a su paso por Roda de Ter, al cambiar la dirección de su curso, norte-sur,
por la dirección este, abriéndose camino por Les Guilleries. La península
resultante está orientada en dirección sudeste y el poblado se encuentra
sobre la llanura superior de esta península, rodeada por el río.
El yacimiento contiene restos de un antiguo asentamiento del bronce
final, de un poblado ibérico y de un poblado medieval, con una cronología
que alcanza desde el siglo VIII a. de C. al siglo XIV d. de C., con diversas
etapas de ocupación y despoblación.
Vista la propuesta de la Dirección General del Patrimonio Cultural;
Considerando la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio
Cultural Catalán, resuelvo:
Primero.-Incoar expediente de declaración de bien de interés nacional,
en la categoría de zona arqueológica, del yacimiento ibérico y medieval
de L'Esquerda, en Les Masies de Roda (Osona). La delimitación de la
zona arqueológica consta grafiada en el plano que figura en el expediente.
Segundo.-Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado de
la misma al Ayuntamiento de Les Masies de Roda y hacerle saber que,
de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30
de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, la presente incoación
comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación,
edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los
efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de
Cultura puede autorizar la realización de las obras que manifiestamente
no perjudican los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser
previa a la concesión de la licencia, salvo que se trate de licencias
concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.
Tercero.-Abrir un período de información pública de un mes, a contar
de la publicación de esta Resolución en el "Diario Oficial de la Generalidad
de Cataluña". Durante este período el expediente estará a disposición de
todos aquellos que lo quieran examinar en la sede del Servicio de
Arqueología del Departamento de Cultura, Palau Moja, calle Portaferrissa,
número 1, 08002 Barcelona. Durante este plazo podrá alegarse lo que se considere
conveniente sobre el expediente. Las alegaciones deben dirigirse al Servicio
de Arqueología del Departamento de Cultura.
Cuarto.-Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales
de Interés Nacional para su anotación preventiva y dar traslado al Registro
General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.
Quinto.-Seguir la tramitación del expediente según las disposiciones
vigentes.
Barcelona, 4 de julio de 2002.-El Consejero, Jordi Vilajoana i Rovira.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid