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Documento BOE-A-2002-16267

Resolución 172/2002, de 26 de julio, del Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se delega en el General Jefe de la Dirección de Gestión de Personal del Ejército de Tierra determinadas atribuciones para la concesión del grado de Soldado de Primera.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2002, páginas 29719 a 29719 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2002-16267
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/07/26/172

TEXTO ORIGINAL

La Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, determina, en su artículo 14 apartado 2, que "En el empleo de Soldado o Marinero existirá, como distinción, el grado militar de Soldado o Marinero de Primera, sin efectos retributivos".

El Real Decreto 1064/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluaciones y Ascensos del Personal Militar Profesional, dispone, en su artículo 43 apartado 4, que el grado de Soldado o Marinero de Primera será concedido por el Jefe del Estado Mayor del Ejército respectivo.

Razones derivadas de la nueva organización del Ejército y de la Instrucción 302/1998, de 11 de noviembre, sobre Normas de Organización y Funcionamiento del Ejército de Tierra, aconsejan delegar estas facultades en el General Jefe de la Dirección de Gestión de Personal.

Por ello, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, previa aprobación del Ministro de Defensa, dispongo:

Primero.-Se delegan en el General Jefe de la Dirección de Gestión de Personal las atribuciones que sobre concesión del grado de Soldado de Primera se otorgan al Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra en el apartado 4 del artículo 43 del Reglamento de Evaluaciones y Ascensos del Personal Militar Profesional, aprobado por Real Decreto 1064/2001, de 28 de septiembre.

Segundo.-Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma la expresión "Por delegación", con cita expresa a la presente Resolución.

Tercero.-Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la presente delegación.

Disposición final única.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 26 de julio de 2002.-El Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra, Alfonso Pardo de Santayana y Coloma.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/07/2002
  • Fecha de publicación: 09/08/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 10/08/2002
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Reglamento aprobado por Real Decreto 1064/2001, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-2001-18896).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ejército de Tierra
  • Ministerio de Defensa

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