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Documento BOE-A-2002-16507

Resolución de 29 de julio de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo de Colaboración, suscrito entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, sobre la realización del programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler".

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2002, páginas 30431 a 30432 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-16507

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo de Colaboración entre el Instituto de la Juventud

y la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias

sobre la realización del programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler",

y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado" de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta

Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de julio de 2002.-El Secretario general técnico, Luis

Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO

Protocolo de Colaboración suscrito entre el Instituto de la Juventud

del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Empleo

y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias sobre la realización del

programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler"

En Madrid, a 20 de mayo de 2002.

REUNIDOS

De una parte, la ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, sin

obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en

el ejercicio de su cargo.

Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Marcial Morales Martín,

sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer

en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

La ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, como Directora general

del Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,

nombrada por Real Decreto 492/1999 de 18 de marzo ("Boletín Oficial

del Estado" número 67, del 19), en nombre y representación de la

Administración General del Estado -Instituto de la Juventud-, según las

competencias que le corresponden a tenor de lo dispuesto en la Disposición

Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del

artículo 6.2 del Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre.

Y el excelentísimo señor don Marcial Morales Martín, como Consejero

de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias actuando en

nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud

de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990,

de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de

Canarias.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y

convenir, y

EXPONEN

Que con fecha 11 de junio de 1998 se firmó la ampliación del Convenio

de Colaboración, suscrito el 26 de abril de 1996 entre el Instituto de la

Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería

de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias para,

conjuntamente, promover actuaciones que contribuyan a favorecer el acceso a

la vivienda de la juventud.

Que en la cláusula Segunda del referido Convenio de ampliación se

establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará en el primer

trimestre de cada año un Protocolo que establezca las actividades a realizar,

así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución,

especificando las aportaciones respectivas.

Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio

antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo,

según el tenor de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las

acciones pactadas en la estipulación quinta del Convenio suscrito entre

las dos partes el 26 de abril de 1996.

Segunda.-Para el año 2002, la distribución pormenorizada de las

aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:

1. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico

19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente

suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1.1 La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar: 180.303,63 euros. La

prima para cada una de las pólizas será 95,59 euros.

1.2 La cobertura del seguro de Caución: 180.303,63 euros. La prima

de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100 de la renta

anual de cada contrato.

1.3 La realización de los Cursos de Formación, asesoramiento, gestión

técnica y seguimiento del Programa: 76.028,03 euros.

Total de su aportación: 436.635,29 euros.

Esta cantidad es global para todas las Comunidades Autónomas

incorporadas al programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler".

2. La Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, con cargo a la partida

presupuestaria 2002.23.09.323A.229.88, asumirá los gastos que se

produzcan en el desarrollo del programa "Bolsa de Vivienda Joven en las islas

de Tenerife y Gran Canaria" hasta un máximo de 240.404,84 euros, cuantía

que comprende los gastos que se produzcan por los siguientes conceptos:

Arrendamiento de local.

Mantenimiento y funcionamiento.

Personal y desplazamientos.

Horas de desplazamiento.

Gestión.

Publicidad e imprenta.

Impuestos locales.

Presupuesto de implantación.

Puntos de información en Santa Cruz de Tenerife y Los Llanos de

Aridane.

Tercera.-El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 2002.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto

anteriormente, las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fechas

expresados, en dos ejemplares que hacen fe.-Por el Instituto de la

Juventud, Elena Azpiroz Villar.-Por la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales,

Marcial Morales Martín.

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