Suscrito el Protocolo de Colaboración entre el Instituto de la Juventud
y la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias
sobre la realización del programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler",
y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta
Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 29 de julio de 2002.-El Secretario general técnico, Luis
Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Protocolo de Colaboración suscrito entre el Instituto de la Juventud
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Empleo
y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias sobre la realización del
programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler"
En Madrid, a 20 de mayo de 2002.
REUNIDOS
De una parte, la ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, sin
obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en
el ejercicio de su cargo.
Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Marcial Morales Martín,
sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer
en el ejercicio de su cargo.
INTERVIENEN
La ilustrísima señora doña Elena Azpiroz Villar, como Directora general
del Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales,
nombrada por Real Decreto 492/1999 de 18 de marzo ("Boletín Oficial
del Estado" número 67, del 19), en nombre y representación de la
Administración General del Estado -Instituto de la Juventud-, según las
competencias que le corresponden a tenor de lo dispuesto en la Disposición
Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y del
artículo 6.2 del Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre.
Y el excelentísimo señor don Marcial Morales Martín, como Consejero
de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias actuando en
nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud
de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990,
de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de
Canarias.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y
convenir, y
EXPONEN
Que con fecha 11 de junio de 1998 se firmó la ampliación del Convenio
de Colaboración, suscrito el 26 de abril de 1996 entre el Instituto de la
Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería
de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias para,
conjuntamente, promover actuaciones que contribuyan a favorecer el acceso a
la vivienda de la juventud.
Que en la cláusula Segunda del referido Convenio de ampliación se
establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará en el primer
trimestre de cada año un Protocolo que establezca las actividades a realizar,
así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución,
especificando las aportaciones respectivas.
Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al Convenio
antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo,
según el tenor de las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las
acciones pactadas en la estipulación quinta del Convenio suscrito entre
las dos partes el 26 de abril de 1996.
Segunda.-Para el año 2002, la distribución pormenorizada de las
aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:
1. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico
19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente
suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:
1.1 La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar: 180.303,63 euros. La
prima para cada una de las pólizas será 95,59 euros.
1.2 La cobertura del seguro de Caución: 180.303,63 euros. La prima
de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100 de la renta
anual de cada contrato.
1.3 La realización de los Cursos de Formación, asesoramiento, gestión
técnica y seguimiento del Programa: 76.028,03 euros.
Total de su aportación: 436.635,29 euros.
Esta cantidad es global para todas las Comunidades Autónomas
incorporadas al programa "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler".
2. La Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, con cargo a la partida
presupuestaria 2002.23.09.323A.229.88, asumirá los gastos que se
produzcan en el desarrollo del programa "Bolsa de Vivienda Joven en las islas
de Tenerife y Gran Canaria" hasta un máximo de 240.404,84 euros, cuantía
que comprende los gastos que se produzcan por los siguientes conceptos:
Arrendamiento de local.
Mantenimiento y funcionamiento.
Personal y desplazamientos.
Horas de desplazamiento.
Gestión.
Publicidad e imprenta.
Impuestos locales.
Presupuesto de implantación.
Puntos de información en Santa Cruz de Tenerife y Los Llanos de
Aridane.
Tercera.-El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 2002.
Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto
anteriormente, las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fechas
expresados, en dos ejemplares que hacen fe.-Por el Instituto de la
Juventud, Elena Azpiroz Villar.-Por la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales,
Marcial Morales Martín.
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