"Campocitrus, S. C. L.", de Beniel (Murcia) con ámbito de actuación
superior al de una Comunidad Autónoma, fue prerreconocida por
Resolución de la Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura
Pesca y Alimentación de 29 de abril de 1.998, como Agrupación de
Productores de Frutas y Hortalizas para la categoría IV (Productos destinados
a la transformación), conforme al art. 14 del reglamento (CE) n.o 2200/96,
y fue inscrita en la Sección Especial de Reconocimientos Previos del
Registro del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, asignándole el
número registral 677.
El Plan de reconocimiento de "Campocitrus, S. C. L." contempla la
posibilidad del cambio de la categoría IV por la categoría V (cítricos),
por lo que esta Agrupación de Productores ha solicitado el reconocimiento
según el artículo 11 del Reglamento (CE) 2200/96 para la categoría V
(cítricos), y considerando que cumple las condiciones exigidas en el
normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones resuelvo:
1. Conceder el reconocimiento como Organización de Productores de
Frutas y Hortalizas para la categoría V (Cítricos) a "Campocitrus, S. C. L.",
de Beniel (Murcia) conforme a lo establecido en el art. 11 del Reglamento
(CE) n.o 2200/96 del Consejo y la Orden Ministerial de 30 de abril de 1997.
2. Que "Campocitrus, S.C.L.", de Beniel (Murcia) sea dada de baja
en la Sección Especial de Reconocimientos Previos del Registro de
Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas, según el art. 14 y sea
inscrita en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y
Hortalizas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a
lo establecido en el art. 11 del Reglamento (CE) n.o 2200/96 y en la Orden
Ministerial de 30 de abril de 1997, en la categoría V (Cítricos) con el
número 677.
Madrid, 16 de julio de 2002.-El Director general, Rafael Milán Díez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Productos Hortofruticolas.
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