El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Comunidad Autónoma
de Aragón y Caja Inmaculada han suscrito un Convenio de colaboración
para la realización de los trabajos del retablo mayor de la iglesia parroquial
de San Pablo, de Zaragoza, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo
de 1990, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho
Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 31 de julio de 2002.-La Directora general, Áurea Roldán Martín.
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, la Diputación General de Aragón y Caja Inmaculada, para
la restauración del retablo mayor de la iglesia parroquial de San Pablo,
de Zaragoza
En Madrid, a 16 de julio de 2002.
REUNIDOS
De una parte la excelentísima señora doña Pilar del Castillo Vera,
Ministra de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de las competencias que
le atribuye el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE)
y el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
De otra parte el excelentísimo señor don Javier Callizo Soneiro,
Consejero del Departamento de Cultura y Turismo de la Diputación General
de Aragón, actuando según lo dispuesto en el artículo 148.1 16 de la
Constitución y el artículo 35, apartado 1.22 del Estatuto de Autonomía de
Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto y reformado
por la Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo.
De otra parte el ilustrísimo señor don Fernando Gil Martínez, Presidente
del Consejo de Administración de Caja Inmaculada, en su nombre y en
cumplimiento del acuerdo del Comité de Obra Social de 18 de diciembre
de 2000.
Manifiestan su voluntad de colaborar estrechamente en la restauración
del retablo mayor de la iglesia parroquial de San Pablo, de Zaragoza.
Por todo ello, las partes firmantes,
EXPONEN
Que siendo el retablo mayor de la iglesia parroquial de San Pablo,
de Zaragoza un bien perteneciente al Patrimonio Cultural Aragonés, de
importante interés artístico y siendo necesaria una intervención que
asegure su puesta en valor y conservación futura, el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, la Diputación General de Aragón y Caja Inmaculada,
ACUERDAN
La restauración del retablo mayor de la iglesia parroquial de San Pablo,
de Zaragoza con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.-El presente Convenio tendrá una vigencia de veinte meses,
a partir de la fecha de su firma, suponiendo una inversión de cuatrocientos
ochenta mil ochocientos nueve euros con sesenta y nueve céntimos
(480.809,69 euros).
Segunda.-Los trabajos a llevar a cabo corresponderán al proyecto
redactado por el Instituto del Patrimonio Histórico Español y aprobados
por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Diputación General
de Aragón.
Tercera.-La dirección de los trabajos corresponderá al Instituto del
Patrimonio Histórico Español del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, asistido en sus labores de supervisión por el técnico designado por
cada uno de los restantes firmantes del Convenio.
Cuarta.-Los trabajos de restauración del retablo mayor de la iglesia
parroquial de San Pablo, de Zaragoza, con una inversión estimada de
cuatrocientos ochenta mil ochocientos nueve euros con sesenta y nueve
céntimos (480.809,69 euros), serán financiados de acuerdo con la siguiente
distribución:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: 156.263,15 euros.
Diputación General de Aragón: 168.283,39 euros.
Caja Inmaculada 156.263,15 euros.
Los análisis necesarios para la realización de los trabajos serán
efectuados por los laboratorios del Instituto del Patrimonio Histórico Español,
con cargo al presupuesto de gastos corrientes de ese Instituto y con
independencia de la inversión correspondiente al Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte arriba indicado.
Quinta.-Las aportaciones correspondientes a cada una de las
Instituciones se distribuirán en las siguientes anualidades y cantidades:
SIGUE CUADRO (Ver imagen página 31013)
2002
-Euros
2003
-Euros
2004
-Euros
Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte ...... 30.050,61 78.131,57 48.080,97
Diputación General de
Aragón .................... 30.050,61 84.141,69 54.091,08
Caja Inmaculada .......... 30.050,61 78.131,57 48.080,97
Efectuándose con antelación suficiente para realizar los pagos
derivados del contrato a que se refiere la cláusula siguiente.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a tramitar
en los correspondientes proyectos de Presupuestos Generales del Estado
una subvención nominativa a favor de Caja Inmaculada, con cargo al
artículo 78 del Programa 458C "Conservación y Restauración de Bienes
Culturales" del Anexo de Presupuestos del Instituto del Patrimonio
Histórico Español.
Sexta.-Con el fin de facilitar la continuidad de los trabajos, la
contratación de los mismos y demás actuaciones necesarias para la
restauración del retablo mayor de la iglesia parroquial de San Pablo, de Zaragoza,
será efectuada por Caja Inmaculada, transfiriendo las otras partes
firmantes a esta Institución la aportación correspondiente a cada una de
ellas.
El pago de las certificaciones periódicas requerirá la conformidad del
director de los trabajos y de la Subdirección General del Instituto del
Patrimonio Histórico Español.
Séptima.-Para el control y seguimiento del presente Convenio se
constituirá una comisión de la que formarán parte los representantes de cada
una de las Instituciones firmantes designados al efecto, así como un
representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de
Aragón.
Octava.-En la difusión, por cualquier medio, de los trabajos objeto
del Convenio suscrito, habrá de hacerse mención expresa de todas las
partes que lo integran.
Novena.-La vigencia del presente Convenio finalizará en el momento
en que las actuaciones previstas lleguen a término, o en el plazo marcado
en la cláusula primera, pudiendo ser prorrogado por el tiempo necesario
para la finalización, previo acuerdo de todas las partes.
Décima.-Cualquier modificación en la inversión contemplada en la
cláusula cuarta será asumida por todas las partes en las proporciones
en ella establecidas.
Undécima.-La efectividad del presente Convenio queda supeditada a
la condición de que en los Presupuestos Generales del Estado, en los de
la Diputación General de Aragón y en los de Caja Inmaculada, para el
período de su vigencia, se consignen las cantidades necesarias para su
cumplimiento.
Duodécima.-Es responsabilidad de la parroquia de San Pablo, de
Zaragoza el mantenimiento y conservación del retablo, una vez finalizada su
restauración, sin perjuicio del período de garantía establecida al efecto.
Decimotercera.-Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se
regirá por lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, por el Real Decreto
Legislativo 2/2000, de 16 de junio, de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, y por la legislación sobre la materia objeto del mismo y demás
normas del Derecho Administrativo aplicables y, en defecto de este último,
por las normas de derecho privado, siendo competente para entender en
los litigios que pudieran surgir la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En prueba de conformidad, se firma este Convenio, por triplicado,
en el lugar y fecha indicados.
La Ministra de Educación, Cultura y Deporte, Pilar del Castillo Vera-El
Consejero de Cultura y Turismo, Javier Callizo Soneiro.-El Presidente
del Consejo de Administración de Caja Inmaculada, Fernando Gil Martínez.
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