El Reglamento de Circulación Aérea Operativa aprobado por Real Decreto 1489/1994, de 1 de julio, con las modificaciones de carácter técnico introducidas por la Orden de 16 de enero de 1998, al amparo de la disposición final primera de dicho Decreto, establece la definición de helipuerto.
A fin de adecuar la instalación aeronáutica permanente que el Ejército de Tierra posee en Melilla a la normativa vigente, y a propuesta del Estado Mayor del Ejército de Tierra, dispongo:
Se clasifica como helipuerto la instalación aeronáutica permanente del Ejército de Tierra en Melilla.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de agosto de 2002.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid