Accediendo a lo solicitado por doña Ana Martínez Martínez,
Registradora de la Propiedad de Purchena, y con arreglo a lo
dispuesto en los artículos 287 de la Ley Hipotecaria, 517 de su
Reglamento, 4.1.e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto,
y artículos 1.2.e) y 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre,
de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas,
Esta Dirección General ha acordado declarar a doña Ana
Martínez Martínez, en situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo
de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles,
por un tiempo no inferior a un año, pasado el cual podrá volver
al servicio activo, si lo solicitare, de conformidad con lo establecido
en las disposiciones vigentes.
Lo que digo a V. E. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de septiembre de 2002.-La Directora general, Ana
López-Monis Gallego.
Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía. Granada.
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