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Documento BOE-A-2002-18192

Resolución de 10 de septiembre de 2002, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace pública la lista de admitidos y excluidos para las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema específico de promoción interna en el Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, y se indica lugar, día y hora para la celebración del primer ejercicio.

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 19 de septiembre de 2002, páginas 33293 a 33293 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2002-18192

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 11 de julio de 2002 del Ministerio del Interior,

se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema

específico de promoción interna en el Cuerpo Especial de Instituciones

Penitenciarias ("Boletín Oficial del Estado" del 26 de julio).

Expirado el plazo de presentación de solicitudes y de acuerdo

con lo dispuesto en la base 4.1 de la convocatoria, se declaran

aprobadas las listas de admitidos y excluidos en las citadas

pruebas, con expresión de las causas de exclusión que se adjuntan

en el anexo I.

Al mismo tiempo se establece que:

Primero.-Las listas certificadas provisionales completas de

admitidos y excluidos, serán expuestas en las Delegaciones del

Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones

del Gobierno en las provincias, en la Dirección General de

Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en la Dirección

General de la Función Pública y en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas.

Segundo.-El primer ejercicio de la fase de oposición será el

día 19 de octubre de 2002, a las dieciséis treinta horas, en la

Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación, de

la Universidad Politécnica, avenida de la Complutense, sin

número, Ciudad Universitaria, Madrid. Los aspirantes acudirán a la

prueba provistos de documento nacional de identidad.

Tercero.-De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de

la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por

Ley 4/1999, de 13 de enero, se concede a los aspirantes un plazo

de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación de

esta resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para la

subsanación de errores u omisiones que hubiese en las citadas listas.

Cuarto.-Los aspirantes que dentro del plazo señalado no

subsanen el error u omisión, justificando su derecho a estar incluidos

en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de

la realización de las pruebas selectivas.

Quinto.-Frente a los actos de exclusión definitivos dictados

por la autoridad convocante, podrán los aspirantes interponer

potestativamente recurso de reposición ante esta autoridad

convocante en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

al de la publicación de la Resolución, o ser impugnada

directamente ante el órgano jurisdiccional competente, pudiendo

interponerse en este caso recurso contencioso-administrativo, en el

plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a la

publicación de la Resolución, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de

julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 10 de septiembre de 2002.-El Director general de

Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Cuerpo Especial de II. PP., promoción interna, OEP. 2002

Cuadro de exclusiones

1. Instancia fuera de plazo.

2. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen

correspondientes.

3. Falta de declaración jurada o promesa escrita de que

carece de rentas superiores al salario mínimo interprofesional,

necesaria para estar exento de pago.

4. Falta de certificación de no negación de participación en

acciones de promoción, formación o reconversión profesionales,

necesarias para estar exento de pago.

5. Falta del tiempo suficiente en el certificado de demanda

de empleo, necesario para estar exento de pago.

6. No cumplir el requisito de la base 2.1.1 de la

convocatoria, al no ser español.

7. Falta de firma en la solicitud.

8. Modelo no oficial de instancia.

9. Instancia de solicitud sin completar datos.

10. Falta de certificado de la demanda de empleo necesario

para estar exento del pago de tasas.

11. Pago insuficiente de las tasas de derecho de examen.

12. Falta de fotocopia del documento nacional de identidad.

13. Edad insuficiente.

14. No cumplir alguno de los requisitos establecidos en la

base 2.2 de la convocatoria.

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