En cumplimiento de lo dispuesto en Real Decreto 119/2001,
de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2001, y con el fin
de atender las necesidades de personal de la Administración
Pública,
Este Departamento ministerial, en uso de las competencias
que le están atribuidas en el artículo 1.a), del Real Decreto
1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5
de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General
de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para
ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de
Organismos Autónomos del MEC (código 5401) con sujeción a las
siguientes
Bases
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas
por el sistema general de acceso libre y una plaza por el sistema
de promoción interna, en el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
1.1.1 Los aspirantes que ingresen por el sistema de
promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los
aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para
cubrir las vacantes correspondientes.
1.1.2 Si la plaza reservada para promoción interna quedase
sin cubrir, no podrá ser acumulada a las del sistema general de
acceso libre.
1.1.3 Los aspirantes únicamente podrán participar por uno
de los dos sistemas.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; la Ley 17/1993, de 23 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24) ; el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril) ; el
Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo ("Boletín Oficial del
Estado" del 31), y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
2. Sistema de selección
2.1 El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
2.1.1 Para el sistema de acceso libre, de una fase de oposición
con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en
el anexo I y otra fase consistente en un curso selectivo.
2.1.2 Para el sistema de promoción interna constará de una
fase de oposición y otra de concurso con las pruebas,
puntuaciones, materias y valoración de méritos que se especifican en
el anexo I, y una tercera consistente en un curso selectivo
(anexo IV).
2.2 El programa que ha de regir las pruebas selectivas, tanto
para el turno libre como para el de promoción interna, es el que
figura en el anexo II de esta convocatoria.
2.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez
aplicado lo dispuesto en la base 1.1.1.
2.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 1 de mayo de
2003. La fase de oposición deberá concluir necesariamente antes
de siete meses contados desde la fecha de realización del primer
ejercicio.
2.5 A los aspirantes por el turno de promoción interna que
superen todos los ejercicios obligatorios de la fase de oposición,
se les valorarán los méritos de la fase de concurso y se procederá
a su publicación. A partir del día siguiente a la misma, dispondrán
de un plazo de diez días hábiles para alegar las rectificaciones
pertinentes. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal elevará la lista
a definitiva.
2.6 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición y una vez finalizada la fase
de concurso en el caso de promoción interna serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
Estos funcionarios en prácticas deberán superar el
correspondiente curso selectivo a que se refiere la base 2.1.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a
su nombramiento como funcionario de carrera de acuerdo con
lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo.
3. Requisitos de los candidatos
3.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
3.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea, del Reino de Noruega o de la República de Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países
miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre
que no estén separados de derecho, menores de veintiún años
o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
3.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
3.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
3.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
3.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
3.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso
a la función pública.
3.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de organismos internacionales, posean
la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada
por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial
del Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de
origen en el organismo internacional correspondiente.
En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que
ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales
se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para
la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar
a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido
eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.
Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de
las pruebas selectivas.
3.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación
de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a
cualquier Cuerpo o Escala del Grupo B, tener una antigüedad
de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan,
el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes,
estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,
de 30 de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás requisitos
exigidos en esta convocatoria.
3.4 Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
en puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a
las de los Cuerpos o Escalas del grupo B, serán computables,
a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna
en estas pruebas selectivas.
3.5 Todos los requisitos enumerados en la presente base
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
4. Solicitudes
4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "Modelo 790") que será facilitada
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en el
Instituto Nacional de Administración Pública, en la sede del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y en las representaciones
diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se
acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,
de la tarjeta de residente comunitario o de trabajador comunitario
fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de Noruega o de Islandia y que no residan en España, bien por
residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen
de estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del
documento nacional o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la exención del visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos
deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión
Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo,
de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Educación,
Cultura y Deporte". En el recuadro relativo a centro gestor se
hará constar "Dirección General de Programación Económica,
Personal y Servicios".
En el recuadro número 15 se señalará "Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MEC",
consignándose el código número 5401 en el espacio reservado para
el mismo que figura a su lado.
En el recuadro número 17, relativo a la forma de acceso, se
consignará una de las siguientes letras, según corresponda:
L: acceso por el sistema general de acceso libre.
P: acceso por el sistema de promoción interna.
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid
capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el
recuadro número 20.
En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que
se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado
por la base 3.1.3 de esta convocatoria.
En el recuadro número 25 A) se hará constar el idioma elegido
por el aspirante para la realización del tercer ejercicio de la fase
de oposición (ver anexo I).
Sólo podrá presentarse una única solicitud por cada aspirante.
Los aspirantes por el sistema de promoción interna y al objeto
de valorar la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio,
deberán acompañar a su solicitud certificación según modelo que
figura como anexo V, expedida por los servicios de personal del
Departamento en el que el funcionario haya prestado o preste
sus servicios, acreditativa de su antigüedad en el Cuerpo o Escala
a que pertenezca, así como cuanta documentación estime oportuna
para la mejor valoración de los méritos señalados en el
anexo I de esta convocatoria.
4.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1
"Ejemplar para la Administración" del modelo de solicitud) se hará en
el Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (plaza
del Rey, 1, 28071 Madrid) o en la forma establecida en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", y se dirigirá a la Dirección General de
Programación Económica, Personal y Servicios del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte. En la solicitud deberá constar que se
ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen,
como se señala en la siguiente base 4.5.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno
ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número
0104-0301-28-0302-037799 abierta en la sucursal 0301, calle
Serrano, número 37, de Madrid, del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria, a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte. Tasa 18.020. Derechos de examen".
El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina
del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia
desde cualquier entidad bancaria. A estos efectos, los importes
correspondientes a la tasa por los derechos de examen son los que
se establecen en la base 4.5 de la presente convocatoria.
4.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Igualmente, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
4.4 Las certificaciones de homologación en relación con los
aspirantes a que se refiere la base 3.2 de la presente convocatoria
habrán de presentarse, según se establece en el Real Decreto
182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23),
acompañándolas a la solicitud para tomar parte en el proceso
selectivo y, con carácter excepcional, al Tribunal con antelación
a la celebración de las correspondientes pruebas. La eficacia de
estas homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema
selectivo en base al cual se produjeron. En caso de duda habrá
de dirigirse el Tribunal a la Comisión Permanente de
Homologación.
4.5 De conformidad con lo establecido en el artículo 67 de
la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, por la que se aprueban
los Presupuestos Generales del Estado para el año 2001, la tasa
por derechos de examen será de 24,52 euros para los aspirantes
que participen en las pruebas mediante el sistema general de
acceso libre.
Para los aspirantes que participen mediante el sistema de
promoción interna por aplicación del apartado 6 de la misma norma
citada, la tasa por derechos de examen será de 12,26 euros.
Estarán exentos del pago de la tasa, como señala el
artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, los aspirantes con
discapacidad igual o superior al 33 por 100, circunstancia que
se justificará mediante la documentación oportuna que deberá
adjuntarse a la solicitud.
Asimismo estarán exentos del pago los aspirantes que reúnan
los siguientes requisitos:
a) Figurar como demandantes de empleo durante el plazo,
al menos de un mes anterior a la fecha de convocatoria.
b) No haber rechazado, en el plazo de que se trate, oferta
de empleo adecuado.
c) No haberse negado a participar, salvo causa justificada,
en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales.
d) Carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al
salario mínimo interprofesional.
La certificación relativa a las condiciones exigidas en los
apartados a), b) y c) se solicitará en la correspondiente Oficina de
los Servicios Públicos de Empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas, será mediante declaración jurada o promesa escrita
del solicitante. Ambos documentos se acompañarán a la solicitud.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación
de la solicitud, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa
de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica, o en su defecto sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 4.2.
4.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en las solicitudes.
4.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
5. Admisión de aspirantes
5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la
Dirección General de Programación Económica, Personal y Servicios
del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte dictará resolución
en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado" y en la que, además de declarar aprobada la
lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha
de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes
excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la lista
deberán constar en todo caso los apellidos, nombre, número de
documento nacional de identidad o pasaporte y sistema de acceso.
5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Contra la resolución, por la que se declara a los aspirantes
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas
selectivas, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición
en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o
directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses a contar a partir del día siguiente a su publicación en el
"Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
5.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1998, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
6. Tribunal
6.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
6.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la Dirección General de Programación
Económica, Personal y Servicios del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, cuando concurran en ellos circunstancias de las
previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
6.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 6.2.
6.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir
de su designación y mínimo de diez días antes de la realización
del primer ejercicio.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
6.5 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en
su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de
sus miembros, titulares o suplentes.
6.6 Dentro de la fase de oposición el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
6.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de
forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los
participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas
con minusvalia que lo soliciten en la forma prevista en la
base 4.3, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su
realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de
Administración de Recursos Humanos, plaza del Rey, 1, Madrid.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,
miembro o no de los Tribunales, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
6.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
6.12 En ningún caso el tribunal podrá declarar que ha
superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al
de plazas convocadas
7. Desarrollo de los ejercicios
7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con
lo establecido en la Resolución de 12 de marzo de 2001 de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública ("Boletín
Oficial del Estado" del 16).
7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su
personalidad.
7.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
7.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10, y por
cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente para facilitar
su máxima divulgación, con doce horas, al menos, de antelación
al comienzo de éste, si se trata del mismo, o de veinticuatro horas
si se trata de uno nuevo.
Junto con la convocatoria para realización del siguiente
ejercicio el Tribunal publicará la relación de aspirantes que superan
el anterior con indicación de la puntuación obtenida.
7.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión a la Dirección General de Programación Económica, Personal
y Servicios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas
a los efectos procedentes.
Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante
podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en
el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o
directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante
el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
8. Lista de aprobados
Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Tribunal
hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último
ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10
y en aquellos otros lugares que estime oportunos, las relaciones
independientes de aspirantes aprobados, tanto por el sistema
general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden
de puntuación alcanzada, con indicación de su documento
nacional de identidad o pasaporte.
El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de la lista
de aprobados a la Dirección General de Programación Económica,
Personal y Servicios del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada
uno de los ejercicios. Dicha lista se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado".
9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar en el Registro del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, sito en plaza del Rey, 1, Madrid,
dirigidos a la Subdirección General de Administración de Recursos
Humanos, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del título exigido en la base 3.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentar la credencial de su homologación.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo VI a esta
convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado,
el acceso a la función pública, según el modelo que figura como
anexo VII a esta convocatoria
c) Los aspirantes extranjeros que no residan en España
deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber
solicitado la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no
la hubieren tenido que aportar en el momento de presentar la
solicitud de participación.
9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, y deberán presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u organismo del que dependan para
acreditar tal condición.
Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada
igualmente por los funcionarios interinos y por el personal laboral de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de
10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo).
9.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 3, no podrán ser nombrados funcionarios y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9.4 Por Orden de la autoridad convocante se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, determinándose la
fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.
9.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá efectuarse una vez finalizado el curso selectivo de
prácticas, previa oferta de los mismos. No será de aplicación lo
dispuesto en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, a los aspirantes por el turno de promoción interna.
9.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de las
plazas convocadas, serán nombrados, a propuesta de la Dirección
General de Programación Económica, Personal y Servicios del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, funcionarios de
carrera mediante Resolución del Secretario de Estado para la
Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado" y en la que se indicará el destino adjudicado.
9.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
9.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administraciones Públicas y en
colaboración con los centros de formación de funcionarios
competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que se obtenga destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992.
Madrid, 10 de septiembre de 2002.-P. D. (Orden de 1 de
febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), la Directora
general de Programación Económica, Personal y Servicios,
Engracia Hidalgo Tena.
ANEXO I
1. Fase de oposición: Para ambos sistemas de acceso constará
de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios:
Primer ejercicio:
Constará de dos partes: En la primera parte los aspirantes
deberán desarrollar por escrito un tema a escoger entre dos propuestos
por el Tribunal, relacionados con el programa de materias
comunes, de los apartados I.1 Unión Europea y Constitución Española
y I.3 Función Pública y Derecho Financiero.
En la segunda parte los aspirantes deberán desarrollar por
escrito un tema a escoger entre dos propuestos por el Tribunal,
relacionado con el programa de materias comunes, del apartado I.2
Derecho Administrativo y Actividad de la Administración.
Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de cuatro horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión
pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los
conocimientos y formación de los aspirantes, la claridad y orden de ideas,
su aportación personal y la facilidad de expresión.
Calificación: Cada parte se calificará de cero a diez puntos,
siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo
de cinco puntos en cada una de ellas.
Del desarrollo del segundo tema estarán exentos los aspirantes
a plazas por el turno de promoción interna. Para estos aspirantes
el tiempo de realización del ejercicio será de dos horas y se
calificará de cero a veinte puntos, siendo eliminados aquellos
opositores que no obtengan como mínimo diez puntos.
Segundo ejercicio:
Para ambos turnos consistirá en la exposición oral, en sesión
pública convocada al efecto, durante un máximo de sesenta
minutos, de cuatro temas (uno de cada materia del grupo II) a elegir
entre dos extraídos al azar de cada uno de los grupos que
constituyen el grupo II de Materias Específicas.
Para la preparación de este ejercicio el aspirante dispondrá
de veinte minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de
consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición
podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante
el referido tiempo de preparación.
Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor
cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de
diez minutos.
El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes, así
como el orden de la exposición y la claridad en la expresión.
Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de cero a
diez puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener
como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de cinco
puntos. La puntuación máxima será de 40 puntos.
Tercer ejercicio:
Consistirá en una prueba, dividida en dos partes, sobre el
idioma extranjero escogido por el aspirante entre los oficiales de
cualquiera de los países que integran la Unión Europea.
En la primera, el aspirante deberá realizar la traducción directa
de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal,
para lo cual dispondrá de hora y media. Para la realización de
esta parte los aspirantes podrán ayudarse de diccionario.
En la segunda, se realizará por escrito el resumen en castellano
de un texto, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido,
para lo cual los opositores dispondrán de una hora. En esta
segunda parte no será permitida la utilización de diccionario.
Ambas partes serán posteriormente leídas en sesión pública
convocada al efecto. En las mismas el opositor responderá en
el idioma escogido a las preguntas del Tribunal, que versarán
sobre las traducciones anteriores.
Calificación: El ejercicio se calificará de cero a 10 puntos,
siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de cinco
puntos.
Cuarto ejercicio:
Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, durante
un período máximo de cuatro horas, relacionado con el programa
que figura como anexo II a esta convocatoria.
El ejercicio será expuesto en sesión pública ante el Tribunal,
quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados
con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos.
Calificación: El ejercicio se calificará de cero a 20 puntos,
siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10
puntos.
2. Calificación de la fase de oposición:
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por
la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios de dicha fase. En caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo
ejercicio, en el cuarto o en el primero, por este orden.
3. Fase de concurso:
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo
se aplicará a quienes participando por el turno de promoción
interna hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un
máximo de 20 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha
de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en
cualquier Cuerpo o Escala del grupo B de los incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984, de 30 de agosto (artículo 1.1),
de acuerdo con la siguiente progresión:
Un año: Un punto.
Dos años: 1,5 puntos.
Tres años: Dos puntos.
Cuatro años: 2,5 puntos.
Cinco años o más: Tres puntos.
3.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado",
se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 18 inclusive: 2,5 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 hasta un
máximo de cuatro puntos.
3.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa
el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la
siguiente puntuación:
Hasta el nivel 18 inclusive: Cinco puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,50 hasta un
máximo de ocho puntos.
Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser
modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con
independencia de sus efectos económicos
3.4 Cursos de formación: Los cursos de formación
relacionados con las funciones que desempeñarán como Arquitectos,
acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con
0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener
por este apartado será de cinco puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como anexo V a esta convocatoria.
4. Calificación final:
Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la
calificación final corresponderá a la de la fase de oposición.
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la
calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en fase de oposición.
ANEXO II
Temario
GRUPOI. MATERIASCOMUNES
1. Unión Europea y Constitución Española
1.1 El proceso de construcción de la unidad europea:
Antecedentes, evolución y objetivos. Estructura institucional de la
Unión Europea. El Parlamento Europeo. El Consejo de Ministros
y el Consejo Europeo. La Comisión.
1.2 El ordenamiento jurídico comunitario. Su relación con
el ordenamiento jurídico español.
1.3 Las libertades comunitarias. Libre circulación de
mercancías. Libre circulación de trabajadores. Libre prestación de
servicios y de establecimiento. Libre circulación de capitales.
1.4 La Constitución Española de 1978: características y
estructura. Los derechos y libertades públicas. Los derechos
económicos y sociales.
1.5 La Corona. Las funciones del Rey en la Constitución
Española de 1978. El refrendo. La Monarquía Parlamentaria en el
Estado Social y Democrático de Derecho.
1.6 Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados. El
Senado. La función legislativa. La función de control. La función
financiera. Relaciones entre las dos Cámaras.
1.7 El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las
funciones del Gobierno. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.
1.8 El Poder Judicial. La regulación constitucional de la
Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. Composición y
funciones.
1.9 Restricciones a las libertades públicas: Estados de alarma,
excepción y sitio ; relaciones especiales de sujeción. Los deberes
constitucionales.
1.10 Órganos constitucionales de control de la
Administración. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. La
Administración consultiva: Especial referencia al Consejo de Estado.
1.11 La justicia constitucional. Sistemas. El Tribunal
Constitucional: Naturaleza, composición y atribuciones.
Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad.
2 Derecho Administrativo y actividad de la Administración
2.1 La Administración Pública: Concepto. Principios
constitucionales informadores. Actividad administrativa y actividad
política. Gobierno y Administración. La Administración, las
funciones y los poderes del Estado.
2.2 La Administración General del Estado. Órganos
superiores de la Administración General del Estado. Órganos territoriales
de la Administración General del Estado. Los Delegados del
Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Subdelegados del
Gobierno. Los Directores Insulares. La Administración General
del Estado en el exterior. Los organismos públicos.
2.3 El Estado español como Estado compuesto. Las
Comunidades Autónomas. Naturaleza. Organización política y
administrativa. El Consejo de Gobierno y la Asamblea Legislativa.
Composiciones y funciones.
2.4 La Administración Local. Regulación constitucional.
Legislación en materia de régimen local. Entidades que integran
la Administración Local: Municipios, provincias e islas. Otras
entidades.
2.5 La distribución de competencias entre las
Administraciones Públicas. Competencias exclusivas, compartidas,
concurrentes, de desarrollo y ejecución. Principio constitucional de
autonomía local.
2.6 El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Su
organización y funciones. Servicios Centrales y Periféricos. El Instituto
del Patrimonio Histórico Español: Organización y competencias.
La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación
y Cultura: Organización y competencias.
2.7 La legislación española sobre Patrimonio Histórico
Español: antecedentes, la Constitución Española y el reparto
competencial en materia de patrimonio histórico, la legislación estatal
y autonómica actual.
2.8 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico:
Régimen jurídico. Regímenes especiales de protección.
2.9 Métodos operativos de protección del patrimonio
histórico. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del
patrimonio.
2.10 El tráfico de bienes culturales: Régimen jurídico del
tránsito nacional, importación y exportación. La garantía del Estado.
2.11 Métodos de adquisición de bienes culturales: Oferta
directa de venta, oferta de venta irrevocable, derecho de tanteo,
donaciones, legados, dación en pago de impuestos, exportación
ilícita y permuta. Las medidas de fomento: El mecenazgo.
2.12 Tratamiento del Patrimonio Histórico en la Unión
Europea. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección
del patrimonio histórico suscritos por España. Organismos
internacionales para la protección del patrimonio histórico.
2.13 La potestad administrativa. El principio de legalidad.
Actividad de las Administraciones Públicas. Derechos de los
ciudadanos. Actos presuntos. Disposiciones administrativas y actos
administrativos. Nulidad y anulabilidad.
2.14 El procedimiento administrativo. Revisión de actos en
vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos. Reclamaciones
previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.
2.15 La potestad sancionadora de la Administración.
Principios generales. El procedimiento sancionador.
2.16 La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento
para la declaración de la responsabilidad patrimonial
2.17 La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Extensión
y límites. Recursos. La Administración General del Estado y la
Justicia: Conflictos jurisdiccionales. Cuestiones de competencia
y conflictos de atribuciones.
2.18 Los contratos de las Administraciones Públicas en
general. Naturaleza, caracteres y clases. Requisitos para contratar con
la Administración: Capacidad, solvencia y clasificación de las
empresas.
2.19 El Contrato de obras: Anteproyectos y proyectos.
Concepto. Contenido de los proyectos. El pliego de prescripciones
técnicas. La supervisión. El replanteo.
2.20 El contrato de obras. Formas de adjudicación del
contrato: La subasta, el concurso y la contratación directa. Referencia
a los criterios técnicos de selección de contratistas: La
clasificación, la admisión previa y los requisitos especiales del concurso.
2.21 El contrato de obras: La comprobación del replanteo.
El programa de trabajo. La ejecución del contrato: El Libro de
Órdenes y su valor formal. Las certificaciones y pagos a cuenta.
2.22 El contrato de obras: La modificación del contrato.
Reformados y obras complementarias. Revisiones de precios:
Requisitos para su validez y forma de aplicarla. Otras
modificaciones.
2.23 El contrato de obras: La condición de riesgo y ventura.
La paralización de la obra: clase y efectos. El incumplimiento de
los plazos. Penalizaciones.
2.24 El contrato de obras: Extinción. Causas y efectos de
la resolución. La recepción y liquidación provisionales. El plazo
de garantía. La recepción y liquidación definitivas.
2.25 El contrato de suministros: El pliego de bases. Formas
de adjudicación del contrato. Cumplimiento del contrato.
Terminación. Causas y efectos de la resolución.
2.26 Los contratos de asistencia técnica: Conceptos y
regulación legal. Capacidad para contratar. Cumplimiento y
terminación del contrato. Especial referencia a los contratos relacionados
con el contrato de obras: Estudios geotécnicos y comprobación,
chequeo y control de calidad.
2.27 Las propiedades administrativas. El dominio público.
Los bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional.
2.28 La expropiación forzosa: Teoría sobre su justificación
y naturaleza. Ley de expropiación forzosa y sus modificaciones.
Determinación del justo precio. Procedimientos expropiatorios
especiales.
3. Función Pública y Derecho Financiero
3.1 Tipos de personal al servicio de las Administraciones
Públicas. El régimen jurídico de la Función Pública Estatal:
situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios
públicos. Incompatibilidades. Régimen disciplinario de la Función
Pública.
3.2 El ingreso y la provisión de puestos de trabajo. La
promoción profesional. La carrera administrativa.
3.3 El sistema de retribuciones de los funcionarios.
Retribuciones básicas y complementarias. Las indemnizaciones por razón
del servicio.
3.4 La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos
y disciplinas que la integran. Derechos y obligaciones. La
prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas.
3.5 El derecho financiero. Concepto, autonomía y contenido.
La Hacienda Pública en la Constitución Española.
3.6 El derecho presupuestario. Concepto y contenido. La
Hacienda Pública en la Constitución Española.
3.7 El derecho presupuestario. Concepto y contenido. La Ley
General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Los
derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.
3.8 El Presupuesto del Estado en España. Concepto y
contenido. Elaboración, tramitación y aprobación. Ejecución del
Presupuesto. Las modificaciones presupuestarias, tipología y
tramitación de las mismas.
3.9 Sistema tributario estatal. Impuestos directos e indirectos,
tasas, precios públicos y exacciones parafiscales.
3.10 Los ingresos patrimoniales. La enajenación de bienes y
derechos del Estado. La deuda pública del Estado: Concepto y
clases.
GRUPO II. MATERIAS ESPECÍFICAS
1. Historia de la Arquitectura
1.1 Arquitectura griega: Antecedentes. La reconstrucción
arqueológica de Knossos y Faistos. El templo griego y su definición
en el espacio y en el tiempo. La cuestión de los órdenes. La
acrópolis de Atenas. Construcción y reconstrucción. Los relieves del
Partenón: Historia y problemática actual.
1.2 Arquitectura romana. Los materiales y su aparejo. El arco
y la bóveda. Vitruvio y la codificación de la arquitectura.
Arquitectura pública y arquitectura privada. Ingeniería romana. La
arquitectura de la Hispania romana restaurada: El teatro de Mérida.
1.3 Arquitectura paleocristiana y bizantina. Los comienzos
de la arquitectura cristiana. El sustrato romano. Las catacumbas
y su ordenación arquitectónica. La estructura basilical: Usos y
elementos. Las grandes basílicas constantinianas. El dualismo
Oriente-Occidente en la arquitectura bizantina. Los nuevos
hallazgos constructivos. Tecnología de la cúpula: Evolución y materiales.
Santa Sofía como modelo: Proyecto, ruina y reconstrucción.
1.4 Arquitectura prerrománica. Unidad y diversidad de la
Europa anterior al año 1.000. El prerrománico español:
Principales etapas y monumentos. La arquitectura visigoda. La
arquitectura asturiana: Los edificios ramirenses, características y
conservación. Las intervenciones de Luis Menéndez Pidal. Gómez
Moreno y las iglesias mozárabes. Estado actual de la cuestión.
1.5 Arquitectura religiosa medieval: Conventos y
monasterios. Tipologías arquitectónicas en función de las órdenes
monacales. El monasterio benedictino. El monasterio cisterciense. La
cartuja.
1.6 Arquitectura islámica. Los monumentos árabes antes del
Islam. La mezquita: Sus tipos. Forma y función. Materiales y
soluciones constructivas. Palacios, alcazabas y fortificaciones. La casa
y su evolución. El Islam unificado: Los Omeyas. Jerusalén y
Damasco. Los Abasíes. Expansión del Islam: Tulúnidas y Aglabíes. El
Islam de los califatos independientes.
1.7 Arquitectura hispano-musulmana. El arte omeya en
España. La mezquita de Córdoba. Construcción y restauraciones hasta
el año 2000. Medinat-al-Zahara: La obra de Félix Henández y
su situación actual. La arquitectura nazarí. Historia de la Alhambra
y el Generalife: Construcción e invensión. La obra de Torres Balbás.
1.8 Arquitectura románica. El románico, primer estilo
internacional. Caracteres generales de la arquitectura románica.
Elementos, materiales y construcción. Geografía del románico
Europeo. Escuelas, etapas y monumentos más significativos.
Arquitectura civil.
1.9 Arquitectura románica en España. El siglo Xl. El primer
románico catalán. La arquitectura del Camino de Santiago. La
Catedral de Santiago de Compostela: Historia constructiva.
Génesis y filiación de su estructura. El siglo XII. Novedades estilísticas
y formales. Destrucción y restauración de la arquitectura románica
durante los siglos XIX y XX.
1.10 Cluny y la reforma del Cister. Geografía de la
arquitectura cisterciense en la Península Ibérica. Problemas de
conservación.
1.11 Arquitectura gótica: Origen y formación. La catedral
como plasmación del ideal gótico. Forma y función de la catedral
gótica. Arte y técnica. La estructura mecánica del edificio gótico.
La integración de las artes. Forma y color. Arquitectura y liturgia.
Villard de Honnecourt.
1.12 Las catedrales del siglo XIII en Francia. La obra
medievalista de Viollet-le-Duc. Monumentos más significativos de la
arquitectura gótica española. La catedral de León: Intervenciones
de restauración.
1.13 Arquitectura mudéjar. Concepto, significación,
circunstancias y realidad social. Estructuras, materiales y sistemas
decorativos. Principales focos de la arquitectura mudéjar. Toledo,
Castilla y León, Aragón, Sevilla. El Monasterio de Guadalupe y su
restauración desde Luis Menéndez Pidal.
1.14 La ciudad medieval. Ciudad y conquista. Estructura
interior. Ordenanzas y gremios. Peculiaridades de la ciudad islámica.
Política de conservación de los centros históricos: Teoría y
realidad. Los ejemplos de Córdoba y Santiago de Compostela.
1.15 El Renacimiento en Italia. El Quattrocento. Florencia
bajo los Médicis. Brunelleschi y Alberti. El siglo XVI en Roma.
Bramante y el proyecto de San Pedro. La arquitectura de Miguel
Ángel. El Manierismo. Vignola y Palladio. La recepción del
Renacimiento italiano en Europa.
1.16 Arquitectura del siglo XVI en España. Orígenes, focos
y artistas fundamentales de la arquitectura del Renacimiento en
España. Principales actuaciones del siglo XX sobre la arquitectura
del Renacimiento español.
1.17 Arquitectura del siglo XVI en Hispanoamérica. Los
problemas de la arquitectura colonial. Estructuras góticas en Santo
Domingo y México. La presencia mudéjar. La introducción del
Renacimiento. Las catedrales de Méjico y Puebla. Arquitectura
religiosa y civil en Colombia, Ecuador y Perú.
1.18 La ciudad en el Renacimiento. Introducción: Utopía y
realidad. Los teóricos del Quattrocento y Cinquecento italianos:
De Alberti a Vasari el Joven. Ciudad proyectada y ciudad
construida: Palmanova. Perspectiva y escenografía urbana. Los
elementos de la ciudad. El jardín y su diseño. Durero y los tratadistas
alemanes. El caso de España y el urbanismo colonial en América.
1.19 Arquitectura barroca en Italia. Maderna y la primera
Roma barroca. Bernini y Borromini. El siglo XVIII. La decadencia
del papado. El círculo de Carlo Fontana. Las grandes realizaciones
arquitectónicas y urbanas dieciochescas en Roma. Restauración
y limpieza de la Roma del Jubileo en el año 2000.
1.20 El Barroco en Europa. Clasicismo y Barroco en Francia.
El Louvre: Historia constructiva y sus distintas ampliaciones hasta
nuestros días. Le Notre y el jardín francés. El Renacimiento tardío
en Inglaterra. Los Estuardo e Íñigo Jones. Incendio y
reconstrucción de Londres: Christopher Wren.
1.21 Arquitectura barroca en España e Hispanoamérica. La
arquitectura del XVII en la Corte, Andalucía, Valencia y Galicia.
El Barroco colonial del siglo XVII: Méjico, América Central y
América del Sur. Problemas actuales de la Catedral de Méjico.
El siglo XVIII: La arquitectura en tiempos de los Borbones. Los
Reales Sitios. El urbanismo monumental.
1.22 Academicismo y neoclasicismo. El debate teórico. La
polémica contra el Barroco y los primeros testimonios
racionalistas. Lodoli y algarotti. El papel de la arqueología. La aportación
germana: Winckelmann y Mengs. Arquitectura y revolución en
Francia. Boullé y Ledoux. El vandalismo revolucionario y el
patrimonio artístico francés. Arquitectura e Imperio. Los arquitectos
de Napoleón. Italia Neoclásica: De Antolini a Antonelli.
1.23 El movimiento académico en España. De Ventura
Rodríguez a Juan de Villanueva. El Museo del Prado: Ampliaciones
y vicisitudes. Los discípulos de Villanueva y el último neoclasicismo
en España. El neoclasicismo alemán: Schinkel y Klenze. Seoane
y el clasicismo británico. Los grandes museos londinenses: Inicios
y ampliaciones.
1.24 La arquitectura europea desde 1850. El eclecticismo
francés bajo el Segundo Imperio. Haussmann y el París de
Napoleón III. La obra de Garnier. Obra teórica de Viollet-le-Duc. La
arquitectura Victoriana en Inglaterra. Los escritos de Ruskin.
1.25 La arquitectura española bajo Isabel II y la Restauración
Alfonsina. La arquitectura del siglo XX como patrimonio histórico.
La restauración monumental: Teoría, práctica y legislación durante
los siglos XIX y XX. Del Estado Central al Estado de las Autonomías.
Los nuevos retos en el siglo XXI.
1.26 El siglo XX. Aportaciones de las vanguardias al concepto
de arquitectura moderna, la reincorporación de las nuevas
tecnologías y su incidencia en la arquitectura.
2. Metodología y criterios de intervención
en Patrimonio Histórico
2.1 Los parques arqueológicos como figura del Patrimonio
Histórico.
2.2 Métodos y técnicas instrumentales arqueológicos
aplicados a la restauración de edificios históricos: El análisis de
paramentos.
2.3 Difusión del patrimonio arqueológico: La adecuación de
los yacimientos visitables (itinerarios, centros de interpretación,
soporte informativo, etc.).
2.4 Propuestas de intervención arqueológica en los proyectos
de restauración de edificios históricos.
2.5 El trabajo multidisciplinar en la restauración
arquitectónica. Relación con otras disciplinas.
2.6 Arqueología y ciudad: Las ciudades superpuestas.
2.7 El concepto de museo. Funciones.
2.8 La arquitectura de los museos. Diferentes áreas y relación
entre ellas.
2.9 La rehabilitación de edificios históricos y su adaptación
a las funciones museísticas. Criterios de intervención.
2.10 Concepto de Museología y Museografía. Evolución.
2.11 La instalación museográfica. Elementos para la
exposición y la difusión de las colecciones.
2.12 Criterios para la elaboración de un proyecto
museológico y museográfico.
2.13 La seguridad en los museos.
2.14 Tipos de exposición en el museo. Definición y gestión.
2.15 Intervención en el patrimonio etnográfico inmueble: La
arquitectura vernácula.
2.16 Los edificios públicos de época romana (teatros,
anfiteatros, circos, foros, etc.).
2.17 Obra pública romana (acueductos, puentes, calzadas...).
2.18 La arqueología industrial.
2.19 La arqueología en los planes directores de monumentos
o conjuntos.
2.20 La conservación e integración de estructuras
arqueológicas en la restauración de edificios históricos: El caso de las
catedrales o el caso de los museos.
2.21 El tratado de arquitectura. Principales fuentes para el
estudio de la arquitectura española.
2.22 Composición y elementos en la construcción de la
arquitectura.
2.23 Materiales y técnicas tradicionales de construcción en
arquitectura.
2.24 Historia de la restauración arquitectónica. Conceptos,
teoría e historia.
2.25 Historia de la restauración monumental en España.
Legislación y actuación.
2.26 Ampliación del concepto de patrimonio: Del edificio
aislado a la ciudad histórica.
2.27 Conferencias, cartas, convenciones y recomendaciones
sobre la restauración y la conservación de monumentos: De Atenas
a Cracovia 2000.
2.28 Conservación preventiva y arquitectura.
2.29 Puesta en valor del patrimonio arquitectónico: Nuevos
usos y funciones del monumento en la sociedad actual.
2.30 Actuaciones previas en la restauración de inmuebles.
Labores preventivas y de protección de elementos arquitectónicos
y bienes culturales contenidos. Apeos y cimbras, criterios de
descripción.
2.31 Cimentaciones en edificios históricos: Patología y
criterios de actuación.
2.32 Las humedades en edificios históricos. Causas,
mecanismos y efectos. Procedimiento de intervención. Evolución
histórica de las cubiertas. Patologías y procedimientos de reparación
e impermeabilización.
2.33 Elementos arquitectónicos de fábrica: Clasificación
estructural de los muros. Lesiones, diagnosis y procedimientos
de consolidación. Arcos y bóvedas. Clasificación y tratamiento
estructural.
2.34 Las fábricas de piedra. Soluciones constructivas.
Métodos de análisis y comportamientos. Lesiones y procedimientos
de degradación, consecuencias. Procedimientos de intervención
y tratamientos.
2.35 La evolución histórica de los sistemas estructurales en
madera. Tipologías estructurales y constructivas. Características
de los materiales. Procesos de deterioro, causas, mecanismos y
efectos. Procedimientos de reparación, sustitución e intervención.
Compatibilidad con otros sistemas estructurales, durabilidad y
criterios generales de cálculo y diseño.
2.36 Intervención en estructuras y elementos metálicos en
edificios monumentales: Hierro, bronce, plomo, zinc.
2.37 Los revestimientos. Su importancia en la arquitectura
histórica. Clasificación, la cal y el yeso, descripción de los
procedimientos de aplicación. Lesiones de los revestimientos,
diagnosis y tratamientos de restauración y sustitución.
2.38 Los pavimentos y revestimientos cerámicos. Factores de
alteración y tratamientos de conservación.
2.39 Las cubiertas en el contexto del Patrimonio Histórico.
Su importancia histórica y constructiva. Clasificación, tipología
y material. Lesiones, diagnosis y sistemas de reparación y
sustitución.
2.40 El Retablo. Tipología y estructuras. Criterios de
intervención.
2.41 El uso del color en la arquitectura histórica.
Alteraciones, diagnosis y tratamientos de restauración.
2.42 Programas de mantenimiento y conservación preventiva
en los inmuebles restaurados.
2.43 Archivos. Criterios para la redacción de un proyecto.
Características. Seguridad.
2.44 Bibliotecas públicas. Criterios para la redacción de un
proyecto. Características. Seguridad.
3. Urbanismo y valoración inmobiliaria
3.1 El Derecho urbanístico. Evolución histórica de la
legislación urbanística en España. Principios básicos del ordenamiento
estatal.
3.2 La Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de marzo
de 1997. La Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen de suelo
y valoraciones. Alcance de la Disposición Derogatoria.
3.3 La organización administrativa del urbanismo. Los
principios de organización. Competencis y desarrollo de cada clase
de suelo.
3.4 Régimen urbanístico de la propiedad del suelo.
Clasificación del suelo. Determinaciones y desarrollo de cada clase de
suelo.
3.5 Régimen jurídico del suelo urbano, urbanizable y no
urbanizable. Derechos y deberes de los propietarios.
3.6 El planteamiento urbanístico. Naturaleza y valor normativo
de los planes. El planeamiento supramunicipal. El planeamiento
municipal: Función, contenido y formación. El planeamiento de
desarrollo.
3.7 La ejecución del planeamiento. Sistemas de actuación.
3.8 La expropiación por razón de urbanismo. Procedimiento
de determinación del justiprecio. Procedimiento de tasación
conjunta. Supuestos de reversión. Supuestos indemnizados.
3.9 La intervención administrativa en el mercado de suelo.
El Patrimonio Municipal de Suelo. El derecho de superficie.
3.10 Los instrumentos urbanísticos para la protección de los
conjuntos históricos. Necesidad, contenido fundamental y efectos.
Tramitación de licencias en dichos conjuntos. Uso y conservación
de las edificaciones.
3.11 Los estudios del medio físico como soporte de la
planificación. Metodología, determinaciones y objetivos.
3.12 La cartografía como base para la redacción de
instrumentos de ordenación territorial y planeamiento urbanístico.
Conceptos fundamentales, tipos y escalas. La informatización de la
cartografía.
3.13 El Medio ambiente, conceptos básicos. Marco legal y
competencias. La evaluación de impacto ambiental. Legislación
y metodología general.
3.14 Teoría del valor. El precio. Relación entre valor y precio.
Criterios de valoración de inmuebles. Métodos de valoración según
su finalidad. Evolución histórica del derecho de propiedad y su
influencia sobre el valor de los inmuebles.
3.15 Sistemas de valoración. Valor en venta. Valoración por
mercado. Valor por comparación. Valor de reposición. La
depreciación: Sus clases. Estudios del mercado inmobiliario: Aplicaciones.
3.16 Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento y
gastos. Valoración por rendimientos. Capitalización. Influencia de
la legislación sobre arrendamientos urbanos y otras limitaciones
administrativas de la rentabilidad.
3.17 Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. La
parcela tipo y los coeficientes correctores. Método residual de
valoración del suelo. Valor de repercusión y valor unitario.
Correcciones del valor.
3.18 Valor de las construcciones. Valoración analítica y
valoración sintética. Procedimiento de medición. Valor unitario. Valor
intrínseco o de coste y valor de reposición. Depreciaciones.
3.19 Valoraciones administrativas. El sistema de valoración
catastral. Los criterios de valoración de la Ley Sobre Régimen
del Suelo y Valoraciones. Valoración a efectos del Impuesto sobre
el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos.
3.20 Normas de valoración de inmuebles para cobertura de
provisiones técnicas en el sector asegurador. Criterios de
valoración. Principios. Aptitud de los inmuebles. La doble vía para
la valoración. Comprobación de las valoraciones revisiones
posteriores.
4. Materias técnicas
4.1 El proyecto arquitectónico: Descripción general y objeto
I. Disposiciones en materia de redacción de proyectos y dirección
de obras. La memoria: Definición, contenido y alcance. Las
mediciones y presupuestos: Criterios de medición y valoración,
formación de precios. El pliego de condiciones: Definición y
clasificación: Condiciones técnicas, facultativas, económicas y legales.
4.2 El proyecto arquitectónico: Descripción general y
objeto II. Estudio de seguridad y salud: Definición, alcance y contenido.
La documentación gráfica del proyecto: Grados de definición,
alcance y contenido. Gestión informática del proyecto: Clases de
aplicaciones, descripción general.
4.3 Empresas constructoras y empresas inmobiliarias,
esquemas de organización y de funcionamiento. Su financiación. La
calidad en la industria de la construcción y su control.
4.4 Organización de una obra. Técnicas de programación
matemática. Diagrama de Gantt. Sistemas Pert tiempos y
probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistemas
Pert-costes. Método CPM.
4.5 Plan de una obra. Estudio de seguridad y salud. El estudio
básico. Plan de seguridad y salud en el trabajo.
4.6 Técnicas de amortización y de valoración de costes de
uso y mantenimiento. Control de calidad en ejecución de obra.
4.7 Ejecución de una obra. Funciones de dirección y control.
Régimen económico y actualización de costes mediante índices,
coeficientes y la aplicación del régimen de revisión de precios.
4.8 Movimientos de tierras. Explanaciones y vaciados. Tipos
de terrenos y precauciones. Entibaciones. Drenajes. Rellenos
localizados y terraplenes.
4.9 Sistemas estructurales de un edificio. Pórtico y forjado.
Forjados reticulares. Sistemas prefabricados. Otros sistemas
industrializados.
4.10 Cimentaciones: Proyecto y ejecución. Zapatas aisladas.
Zapatas corridas. Emparrillados. Placas de cimentación.
4.11 Estructura de hormigón: Proyecto y ejecución. Pilares
y vigas. Forjados unidireccionales. Forjados reticulares. Núcleos
y pantallas. Escaleras y elementos singulares.
4.12 Control de calidad de estructuras de hormigón. Control
de materiales componentes del hormigón. Control de hormigón.
Control de aceros. Control de ejecución. Pruebas de carga.
4.13 Estructuras metálicas: Proyecto y ejecución. Soporte.
Vigas y forjados. Cubiertas.
4.14 Control de calidad de estructuras metálicas. Control de
materiales. Control de ejecución: Soldadura, pintura, tornillos.
Pruebas de carga.
4.15 Estructura de fábricas resistentes. Proyectos, ejecución
y control. Fábricas de ladrillo. Fábricas de bloque. Control de
calidad.
4.16 Cerramientos de fachadas. Proyecto y ejecución.
Fábricas de ladrillo. Paneles prefabricados. Muros cortina.
Cerramientos especiales (chapa, fibrocemento). Aislamiento e
impermeabilidad.
4.17 Tabiquería: Proyecto y ejecución. Tabiques de ladrillo.
Placas de yeso-escayola. Placas de cartón-yeso. Otros tipos de
tabique (hormigón, bloque madera, etc.).
4.18 Revestimientos de suelos: Proyecto y ejecución.
Baldosas y terrazos. Madera. Laminados. Moquetas.
4.19 Revestimientos de paramentos y de techos. Enfoscados.
Guarnecidos. Enlucidos. Chapados. Alicatados. Falsos techos.
Revestimientos especiales (corcho, tela, etc.).
4.20 Carpintería y vidrería. Ventanas: Tipos y funciones.
Puertas. Acristalamiento.
4.21 Cubiertas y azoteas. Azoteas visitables, ajardinadas,
etcétera. Impermeabilización y aislamiento. Drenajes: Canalones
y bajantes. Cubiertas industriales. Elementos especiales de
cubiertas (pizarras, tejas, etc.).
4.22 Elementos singulares. Barandillas. Celosías. Cierres de
seguridad. Persianas y parasoles. Otros.
4.23 Pavimentos especiales. Soleras. Suelos industriales.
Pavimentos deportivos. Calzadas: Aglomerados, adoquinados, etc.
Aceras.
4.24 Saneamiento. Tipos de tuberías y zanjas. Arquetas.
Pozos de registro. Elementos especiales. Planteamiento de la red.
4.25 Fontanería. Distribución de agua fría: Caudal.
Distribución de agua caliente: Caudal. Tipos de tubería de abastecimiento
y desagüe. Aparatos sanitarios. Grifería. Grupos de presión.
4.26 Electricidad. Acometida. Centro de transformación. Caja
general de protección. Línea repartidora. Centralización de
contadores. Circuitos. Red de puente a tierra. Cuadro de mando y
protección.
4.27 Climatización y calefacción. Demandas de potencia.
Instalaciones de calefacción por agua. Instalaciones de
termoventilación. Instalaciones de refrigeración.
4.28 Instalaciones especiales. Megafonía. Vídeo. Antenas.
Pararrayos. Gas. Seguridad. Contraincendios. Aire comprimido.
Comunicaciones.
4.29 Los programas de necesidades para la redacción de
proyectos de Centros Públicos de Educación. Recomendaciones
generales. Criterios estéticos. Recomendaciones funcionales.
Recomendaciones constructivas.
4.30 El mantenimiento. Incidencia en la patología.
Organización de sistemas de mantenimiento. El manual de uso.
4.31 Inventario y evaluación de edificios. Organización.
Recogida de datos. Procesamiento. Actualización.
ANEXO III
Tribunal titular:
Presidente: Don Antonio Fernández Alba, Catedrático de
Universidad.
Secretario: Don Oswaldo María López Montalvo, Cuerpo
Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.
Vocales: Don Miguel Ángel Baldellou Santolaria, Catedrático
de la E. T. S. A. M.
Don Bienvenido Martínez Fernández, Cuerpo de Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Don José María Losada Aranguren, Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Pedro Navascues Palacio, Catedrático de
la E. T. S. A. M.
Secretario: Don Pedro Arranz Arribas, Cuerpo de Profesores
de Enseñanza Secundaria.
Vocales: Don Juan Miguel Hernández León, Catedrático de
la E. T. S. A. M.
Don Carlos Flores López, Profesor Titular de la U. P. M.
Don Mauro Fernández del Barrio, Escala Técnica de
Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MEC.
ANEXO IV
Curso selectivo:
Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos,
necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.
Dicha puntuación se acumulará a la obtenida en la fase anterior
y determinará el orden final de los aspirantes, a todos los efectos.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación alcanzada en el curso selectivo en caso de persistir
el empate, a la correspondiente al segundo, tercero y cuarto
ejercicios de la fase de oposición.
ANEXO V (ver imagen página 34770).
ANEXO VI
Don/doña .......................................................,
con domicilio en ....................................................,
y documento nacional de identidad número .............., declara
bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario
del Cuerpo ......................................................... ,
que no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
En ............. a ............. de ............. de .............
ANEXO VII
Don/doña .......................................................,
nacional de .........................................................,
con domicilio en ....................................................,
y con documento identificativo número ..................., declara
bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario
del Cuerpo ..........................................................,
que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública.
En ............. a ............. de ............. de .............
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid