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Documento BOE-A-2002-18875

Orden ECD/2381/2002, de 10 de septiembre, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Educación y Ciencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 2002, páginas 34761 a 34771 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-18875

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en Real Decreto 119/2001,

de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que

se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2001, y con el fin

de atender las necesidades de personal de la Administración

Pública,

Este Departamento ministerial, en uso de las competencias

que le están atribuidas en el artículo 1.a), del Real Decreto

1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5

de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General

de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para

ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de

Organismos Autónomos del MEC (código 5401) con sujeción a las

siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas

por el sistema general de acceso libre y una plaza por el sistema

de promoción interna, en el Ministerio de Educación, Cultura y

Deporte.

1.1.1 Los aspirantes que ingresen por el sistema de

promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" de 10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los

aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para

cubrir las vacantes correspondientes.

1.1.2 Si la plaza reservada para promoción interna quedase

sin cubrir, no podrá ser acumulada a las del sistema general de

acceso libre.

1.1.3 Los aspirantes únicamente podrán participar por uno

de los dos sistemas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; la Ley 17/1993, de 23 de

diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24) ; el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril) ; el

Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo ("Boletín Oficial del

Estado" del 31), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

2. Sistema de selección

2.1 El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

2.1.1 Para el sistema de acceso libre, de una fase de oposición

con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en

el anexo I y otra fase consistente en un curso selectivo.

2.1.2 Para el sistema de promoción interna constará de una

fase de oposición y otra de concurso con las pruebas,

puntuaciones, materias y valoración de méritos que se especifican en

el anexo I, y una tercera consistente en un curso selectivo

(anexo IV).

2.2 El programa que ha de regir las pruebas selectivas, tanto

para el turno libre como para el de promoción interna, es el que

figura en el anexo II de esta convocatoria.

2.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez

aplicado lo dispuesto en la base 1.1.1.

2.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 1 de mayo de

2003. La fase de oposición deberá concluir necesariamente antes

de siete meses contados desde la fecha de realización del primer

ejercicio.

2.5 A los aspirantes por el turno de promoción interna que

superen todos los ejercicios obligatorios de la fase de oposición,

se les valorarán los méritos de la fase de concurso y se procederá

a su publicación. A partir del día siguiente a la misma, dispondrán

de un plazo de diez días hábiles para alegar las rectificaciones

pertinentes. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal elevará la lista

a definitiva.

2.6 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición y una vez finalizada la fase

de concurso en el caso de promoción interna serán nombrados

funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el

correspondiente curso selectivo a que se refiere la base 2.1.

Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a

su nombramiento como funcionario de carrera de acuerdo con

lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo.

3. Requisitos de los candidatos

3.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

3.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea, del Reino de Noruega o de la República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países

miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre

que no estén separados de derecho, menores de veintiún años

o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

3.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

3.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

3.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

3.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

3.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso

a la función pública.

3.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de

origen en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido

eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.

Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de

las pruebas selectivas.

3.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación

de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a

cualquier Cuerpo o Escala del Grupo B, tener una antigüedad

de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan,

el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes,

estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 30 de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás requisitos

exigidos en esta convocatoria.

3.4 Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,

en puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a

las de los Cuerpos o Escalas del grupo B, serán computables,

a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna

en estas pruebas selectivas.

3.5 Todos los requisitos enumerados en la presente base

deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

4. Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 790") que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, en el Centro

de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en el

Instituto Nacional de Administración Pública, en la sede del

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se

acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,

de la tarjeta de residente comunitario o de trabajador comunitario

fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de Noruega o de Islandia y que no residan en España, bien por

residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen

de estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del

documento nacional o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la exención del visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos

deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una

declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión

Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo,

de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,

del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su

cargo.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Educación,

Cultura y Deporte". En el recuadro relativo a centro gestor se

hará constar "Dirección General de Programación Económica,

Personal y Servicios".

En el recuadro número 15 se señalará "Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MEC",

consignándose el código número 5401 en el espacio reservado para

el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 17, relativo a la forma de acceso, se

consignará una de las siguientes letras, según corresponda:

L: acceso por el sistema general de acceso libre.

P: acceso por el sistema de promoción interna.

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid

capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el

recuadro número 20.

En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que

se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado

por la base 3.1.3 de esta convocatoria.

En el recuadro número 25 A) se hará constar el idioma elegido

por el aspirante para la realización del tercer ejercicio de la fase

de oposición (ver anexo I).

Sólo podrá presentarse una única solicitud por cada aspirante.

Los aspirantes por el sistema de promoción interna y al objeto

de valorar la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio,

deberán acompañar a su solicitud certificación según modelo que

figura como anexo V, expedida por los servicios de personal del

Departamento en el que el funcionario haya prestado o preste

sus servicios, acreditativa de su antigüedad en el Cuerpo o Escala

a que pertenezca, así como cuanta documentación estime oportuna

para la mejor valoración de los méritos señalados en el

anexo I de esta convocatoria.

4.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1

"Ejemplar para la Administración" del modelo de solicitud) se hará en

el Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (plaza

del Rey, 1, 28071 Madrid) o en la forma establecida en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del

siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado", y se dirigirá a la Dirección General de

Programación Económica, Personal y Servicios del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte. En la solicitud deberá constar que se

ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen,

como se señala en la siguiente base 4.5.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número

0104-0301-28-0302-037799 abierta en la sucursal 0301, calle

Serrano, número 37, de Madrid, del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria, a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte. Tasa 18.020. Derechos de examen".

El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina

del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia

desde cualquier entidad bancaria. A estos efectos, los importes

correspondientes a la tasa por los derechos de examen son los que

se establecen en la base 4.5 de la presente convocatoria.

4.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Igualmente, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

4.4 Las certificaciones de homologación en relación con los

aspirantes a que se refiere la base 3.2 de la presente convocatoria

habrán de presentarse, según se establece en el Real Decreto

182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23),

acompañándolas a la solicitud para tomar parte en el proceso

selectivo y, con carácter excepcional, al Tribunal con antelación

a la celebración de las correspondientes pruebas. La eficacia de

estas homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema

selectivo en base al cual se produjeron. En caso de duda habrá

de dirigirse el Tribunal a la Comisión Permanente de

Homologación.

4.5 De conformidad con lo establecido en el artículo 67 de

la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, por la que se aprueban

los Presupuestos Generales del Estado para el año 2001, la tasa

por derechos de examen será de 24,52 euros para los aspirantes

que participen en las pruebas mediante el sistema general de

acceso libre.

Para los aspirantes que participen mediante el sistema de

promoción interna por aplicación del apartado 6 de la misma norma

citada, la tasa por derechos de examen será de 12,26 euros.

Estarán exentos del pago de la tasa, como señala el

artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, los aspirantes con

discapacidad igual o superior al 33 por 100, circunstancia que

se justificará mediante la documentación oportuna que deberá

adjuntarse a la solicitud.

Asimismo estarán exentos del pago los aspirantes que reúnan

los siguientes requisitos:

a) Figurar como demandantes de empleo durante el plazo,

al menos de un mes anterior a la fecha de convocatoria.

b) No haber rechazado, en el plazo de que se trate, oferta

de empleo adecuado.

c) No haberse negado a participar, salvo causa justificada,

en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales.

d) Carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al

salario mínimo interprofesional.

La certificación relativa a las condiciones exigidas en los

apartados a), b) y c) se solicitará en la correspondiente Oficina de

los Servicios Públicos de Empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas, será mediante declaración jurada o promesa escrita

del solicitante. Ambos documentos se acompañarán a la solicitud.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación

de la solicitud, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa

de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica, o en su defecto sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 4.2.

4.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en las solicitudes.

4.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

5. Admisión de aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la

Dirección General de Programación Económica, Personal y Servicios

del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte dictará resolución

en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado" y en la que, además de declarar aprobada la

lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha

de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes

excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la lista

deberán constar en todo caso los apellidos, nombre, número de

documento nacional de identidad o pasaporte y sistema de acceso.

5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la resolución, por la que se declara a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición

en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses a contar a partir del día siguiente a su publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

5.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1998, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

6.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Dirección General de Programación

Económica, Personal y Servicios del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

6.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 6.2.

6.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su

sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir

de su designación y mínimo de diez días antes de la realización

del primer ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

6.5 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, a partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en

su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de

sus miembros, titulares o suplentes.

6.6 Dentro de la fase de oposición el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

6.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

6.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de

forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares

condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los

participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas

con minusvalia que lo soliciten en la forma prevista en la

base 4.3, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su

realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de

Administración de Recursos Humanos, plaza del Rey, 1, Madrid.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona,

miembro o no de los Tribunales, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

6.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6.12 En ningún caso el tribunal podrá declarar que ha

superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al

de plazas convocadas

7. Desarrollo de los ejercicios

7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con

lo establecido en la Resolución de 12 de marzo de 2001 de la

Secretaría de Estado para la Administración Pública ("Boletín

Oficial del Estado" del 16).

7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

7.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

7.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, así

como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10, y por

cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente para facilitar

su máxima divulgación, con doce horas, al menos, de antelación

al comienzo de éste, si se trata del mismo, o de veinticuatro horas

si se trata de uno nuevo.

Junto con la convocatoria para realización del siguiente

ejercicio el Tribunal publicará la relación de aspirantes que superan

el anterior con indicación de la puntuación obtenida.

7.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión a la Dirección General de Programación Económica, Personal

y Servicios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,

comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas

por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas

a los efectos procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en

el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante

el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo.

8. Lista de aprobados

Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Tribunal

hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último

ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10

y en aquellos otros lugares que estime oportunos, las relaciones

independientes de aspirantes aprobados, tanto por el sistema

general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden

de puntuación alcanzada, con indicación de su documento

nacional de identidad o pasaporte.

El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de la lista

de aprobados a la Dirección General de Programación Económica,

Personal y Servicios del Ministerio de Educación, Cultura y

Deporte, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada

uno de los ejercicios. Dicha lista se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores

aprobados deberán presentar en el Registro del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte, sito en plaza del Rey, 1, Madrid,

dirigidos a la Subdirección General de Administración de Recursos

Humanos, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título exigido en la base 3.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

presentar la credencial de su homologación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo VI a esta

convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado,

el acceso a la función pública, según el modelo que figura como

anexo VII a esta convocatoria

c) Los aspirantes extranjeros que no residan en España

deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber

solicitado la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no

la hubieren tenido que aportar en el momento de presentar la

solicitud de participación.

9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, y deberán presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependan para

acreditar tal condición.

Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada

igualmente por los funcionarios interinos y por el personal laboral de

conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de

10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo).

9.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 3, no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad

en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.4 Por Orden de la autoridad convocante se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, determinándose la

fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.

9.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá efectuarse una vez finalizado el curso selectivo de

prácticas, previa oferta de los mismos. No será de aplicación lo

dispuesto en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, a los aspirantes por el turno de promoción interna.

9.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de las

plazas convocadas, serán nombrados, a propuesta de la Dirección

General de Programación Económica, Personal y Servicios del

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, funcionarios de

carrera mediante Resolución del Secretario de Estado para la

Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado" y en la que se indicará el destino adjudicado.

9.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administraciones Públicas y en

colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que se obtenga destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992.

Madrid, 10 de septiembre de 2002.-P. D. (Orden de 1 de

febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), la Directora

general de Programación Económica, Personal y Servicios,

Engracia Hidalgo Tena.

ANEXO I

1. Fase de oposición: Para ambos sistemas de acceso constará

de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios:

Primer ejercicio:

Constará de dos partes: En la primera parte los aspirantes

deberán desarrollar por escrito un tema a escoger entre dos propuestos

por el Tribunal, relacionados con el programa de materias

comunes, de los apartados I.1 Unión Europea y Constitución Española

y I.3 Función Pública y Derecho Financiero.

En la segunda parte los aspirantes deberán desarrollar por

escrito un tema a escoger entre dos propuestos por el Tribunal,

relacionado con el programa de materias comunes, del apartado I.2

Derecho Administrativo y Actividad de la Administración.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de cuatro horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión

pública convocada al efecto. El Tribunal valorará los

conocimientos y formación de los aspirantes, la claridad y orden de ideas,

su aportación personal y la facilidad de expresión.

Calificación: Cada parte se calificará de cero a diez puntos,

siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo

de cinco puntos en cada una de ellas.

Del desarrollo del segundo tema estarán exentos los aspirantes

a plazas por el turno de promoción interna. Para estos aspirantes

el tiempo de realización del ejercicio será de dos horas y se

calificará de cero a veinte puntos, siendo eliminados aquellos

opositores que no obtengan como mínimo diez puntos.

Segundo ejercicio:

Para ambos turnos consistirá en la exposición oral, en sesión

pública convocada al efecto, durante un máximo de sesenta

minutos, de cuatro temas (uno de cada materia del grupo II) a elegir

entre dos extraídos al azar de cada uno de los grupos que

constituyen el grupo II de Materias Específicas.

Para la preparación de este ejercicio el aspirante dispondrá

de veinte minutos para elaborar un guión, sin posibilidad de

consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición

podrá utilizar el guión que, en su caso, haya realizado durante

el referido tiempo de preparación.

Concluida la exposición, el Tribunal podrá plantear al opositor

cuestiones sobre los temas expuestos por un tiempo máximo de

diez minutos.

El Tribunal valorará los conocimientos de los aspirantes, así

como el orden de la exposición y la claridad en la expresión.

Calificación: Cada uno de los temas se puntuará de cero a

diez puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener

como mínimo en cada uno de los temas una puntuación de cinco

puntos. La puntuación máxima será de 40 puntos.

Tercer ejercicio:

Consistirá en una prueba, dividida en dos partes, sobre el

idioma extranjero escogido por el aspirante entre los oficiales de

cualquiera de los países que integran la Unión Europea.

En la primera, el aspirante deberá realizar la traducción directa

de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal,

para lo cual dispondrá de hora y media. Para la realización de

esta parte los aspirantes podrán ayudarse de diccionario.

En la segunda, se realizará por escrito el resumen en castellano

de un texto, propuesto por el Tribunal, en el idioma escogido,

para lo cual los opositores dispondrán de una hora. En esta

segunda parte no será permitida la utilización de diccionario.

Ambas partes serán posteriormente leídas en sesión pública

convocada al efecto. En las mismas el opositor responderá en

el idioma escogido a las preguntas del Tribunal, que versarán

sobre las traducciones anteriores.

Calificación: El ejercicio se calificará de cero a 10 puntos,

siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de cinco

puntos.

Cuarto ejercicio:

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, durante

un período máximo de cuatro horas, relacionado con el programa

que figura como anexo II a esta convocatoria.

El ejercicio será expuesto en sesión pública ante el Tribunal,

quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados

con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos.

Calificación: El ejercicio se calificará de cero a 20 puntos,

siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10

puntos.

2. Calificación de la fase de oposición:

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios de dicha fase. En caso de empate, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo

ejercicio, en el cuarto o en el primero, por este orden.

3. Fase de concurso:

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo

se aplicará a quienes participando por el turno de promoción

interna hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un

máximo de 20 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha

de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado".

3.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en

cualquier Cuerpo o Escala del grupo B de los incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 30 de agosto (artículo 1.1),

de acuerdo con la siguiente progresión:

Un año: Un punto.

Dos años: 1,5 puntos.

Tres años: Dos puntos.

Cuatro años: 2,5 puntos.

Cinco años o más: Tres puntos.

3.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado",

se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 18 inclusive: 2,5 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 hasta un

máximo de cuatro puntos.

3.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa

el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la

siguiente puntuación:

Hasta el nivel 18 inclusive: Cinco puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,50 hasta un

máximo de ocho puntos.

Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser

modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con

independencia de sus efectos económicos

3.4 Cursos de formación: Los cursos de formación

relacionados con las funciones que desempeñarán como Arquitectos,

acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con

0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener

por este apartado será de cinco puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

incluido como anexo V a esta convocatoria.

4. Calificación final:

Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la

calificación final corresponderá a la de la fase de oposición.

Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la

calificación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en fase de oposición.

ANEXO II

Temario

GRUPOI. MATERIASCOMUNES

1. Unión Europea y Constitución Española

1.1 El proceso de construcción de la unidad europea:

Antecedentes, evolución y objetivos. Estructura institucional de la

Unión Europea. El Parlamento Europeo. El Consejo de Ministros

y el Consejo Europeo. La Comisión.

1.2 El ordenamiento jurídico comunitario. Su relación con

el ordenamiento jurídico español.

1.3 Las libertades comunitarias. Libre circulación de

mercancías. Libre circulación de trabajadores. Libre prestación de

servicios y de establecimiento. Libre circulación de capitales.

1.4 La Constitución Española de 1978: características y

estructura. Los derechos y libertades públicas. Los derechos

económicos y sociales.

1.5 La Corona. Las funciones del Rey en la Constitución

Española de 1978. El refrendo. La Monarquía Parlamentaria en el

Estado Social y Democrático de Derecho.

1.6 Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados. El

Senado. La función legislativa. La función de control. La función

financiera. Relaciones entre las dos Cámaras.

1.7 El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las

funciones del Gobierno. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

1.8 El Poder Judicial. La regulación constitucional de la

Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. Composición y

funciones.

1.9 Restricciones a las libertades públicas: Estados de alarma,

excepción y sitio ; relaciones especiales de sujeción. Los deberes

constitucionales.

1.10 Órganos constitucionales de control de la

Administración. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. La

Administración consultiva: Especial referencia al Consejo de Estado.

1.11 La justicia constitucional. Sistemas. El Tribunal

Constitucional: Naturaleza, composición y atribuciones.

Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad.

2 Derecho Administrativo y actividad de la Administración

2.1 La Administración Pública: Concepto. Principios

constitucionales informadores. Actividad administrativa y actividad

política. Gobierno y Administración. La Administración, las

funciones y los poderes del Estado.

2.2 La Administración General del Estado. Órganos

superiores de la Administración General del Estado. Órganos territoriales

de la Administración General del Estado. Los Delegados del

Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Subdelegados del

Gobierno. Los Directores Insulares. La Administración General

del Estado en el exterior. Los organismos públicos.

2.3 El Estado español como Estado compuesto. Las

Comunidades Autónomas. Naturaleza. Organización política y

administrativa. El Consejo de Gobierno y la Asamblea Legislativa.

Composiciones y funciones.

2.4 La Administración Local. Regulación constitucional.

Legislación en materia de régimen local. Entidades que integran

la Administración Local: Municipios, provincias e islas. Otras

entidades.

2.5 La distribución de competencias entre las

Administraciones Públicas. Competencias exclusivas, compartidas,

concurrentes, de desarrollo y ejecución. Principio constitucional de

autonomía local.

2.6 El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Su

organización y funciones. Servicios Centrales y Periféricos. El Instituto

del Patrimonio Histórico Español: Organización y competencias.

La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación

y Cultura: Organización y competencias.

2.7 La legislación española sobre Patrimonio Histórico

Español: antecedentes, la Constitución Española y el reparto

competencial en materia de patrimonio histórico, la legislación estatal

y autonómica actual.

2.8 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico:

Régimen jurídico. Regímenes especiales de protección.

2.9 Métodos operativos de protección del patrimonio

histórico. La labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Infracciones y sanciones administrativas. Protección penal del

patrimonio.

2.10 El tráfico de bienes culturales: Régimen jurídico del

tránsito nacional, importación y exportación. La garantía del Estado.

2.11 Métodos de adquisición de bienes culturales: Oferta

directa de venta, oferta de venta irrevocable, derecho de tanteo,

donaciones, legados, dación en pago de impuestos, exportación

ilícita y permuta. Las medidas de fomento: El mecenazgo.

2.12 Tratamiento del Patrimonio Histórico en la Unión

Europea. Acuerdos y tratados internacionales sobre protección

del patrimonio histórico suscritos por España. Organismos

internacionales para la protección del patrimonio histórico.

2.13 La potestad administrativa. El principio de legalidad.

Actividad de las Administraciones Públicas. Derechos de los

ciudadanos. Actos presuntos. Disposiciones administrativas y actos

administrativos. Nulidad y anulabilidad.

2.14 El procedimiento administrativo. Revisión de actos en

vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos. Reclamaciones

previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

2.15 La potestad sancionadora de la Administración.

Principios generales. El procedimiento sancionador.

2.16 La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento

para la declaración de la responsabilidad patrimonial

2.17 La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Extensión

y límites. Recursos. La Administración General del Estado y la

Justicia: Conflictos jurisdiccionales. Cuestiones de competencia

y conflictos de atribuciones.

2.18 Los contratos de las Administraciones Públicas en

general. Naturaleza, caracteres y clases. Requisitos para contratar con

la Administración: Capacidad, solvencia y clasificación de las

empresas.

2.19 El Contrato de obras: Anteproyectos y proyectos.

Concepto. Contenido de los proyectos. El pliego de prescripciones

técnicas. La supervisión. El replanteo.

2.20 El contrato de obras. Formas de adjudicación del

contrato: La subasta, el concurso y la contratación directa. Referencia

a los criterios técnicos de selección de contratistas: La

clasificación, la admisión previa y los requisitos especiales del concurso.

2.21 El contrato de obras: La comprobación del replanteo.

El programa de trabajo. La ejecución del contrato: El Libro de

Órdenes y su valor formal. Las certificaciones y pagos a cuenta.

2.22 El contrato de obras: La modificación del contrato.

Reformados y obras complementarias. Revisiones de precios:

Requisitos para su validez y forma de aplicarla. Otras

modificaciones.

2.23 El contrato de obras: La condición de riesgo y ventura.

La paralización de la obra: clase y efectos. El incumplimiento de

los plazos. Penalizaciones.

2.24 El contrato de obras: Extinción. Causas y efectos de

la resolución. La recepción y liquidación provisionales. El plazo

de garantía. La recepción y liquidación definitivas.

2.25 El contrato de suministros: El pliego de bases. Formas

de adjudicación del contrato. Cumplimiento del contrato.

Terminación. Causas y efectos de la resolución.

2.26 Los contratos de asistencia técnica: Conceptos y

regulación legal. Capacidad para contratar. Cumplimiento y

terminación del contrato. Especial referencia a los contratos relacionados

con el contrato de obras: Estudios geotécnicos y comprobación,

chequeo y control de calidad.

2.27 Las propiedades administrativas. El dominio público.

Los bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional.

2.28 La expropiación forzosa: Teoría sobre su justificación

y naturaleza. Ley de expropiación forzosa y sus modificaciones.

Determinación del justo precio. Procedimientos expropiatorios

especiales.

3. Función Pública y Derecho Financiero

3.1 Tipos de personal al servicio de las Administraciones

Públicas. El régimen jurídico de la Función Pública Estatal:

situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios

públicos. Incompatibilidades. Régimen disciplinario de la Función

Pública.

3.2 El ingreso y la provisión de puestos de trabajo. La

promoción profesional. La carrera administrativa.

3.3 El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y complementarias. Las indemnizaciones por razón

del servicio.

3.4 La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos

y disciplinas que la integran. Derechos y obligaciones. La

prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas.

3.5 El derecho financiero. Concepto, autonomía y contenido.

La Hacienda Pública en la Constitución Española.

3.6 El derecho presupuestario. Concepto y contenido. La

Hacienda Pública en la Constitución Española.

3.7 El derecho presupuestario. Concepto y contenido. La Ley

General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Los

derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

3.8 El Presupuesto del Estado en España. Concepto y

contenido. Elaboración, tramitación y aprobación. Ejecución del

Presupuesto. Las modificaciones presupuestarias, tipología y

tramitación de las mismas.

3.9 Sistema tributario estatal. Impuestos directos e indirectos,

tasas, precios públicos y exacciones parafiscales.

3.10 Los ingresos patrimoniales. La enajenación de bienes y

derechos del Estado. La deuda pública del Estado: Concepto y

clases.

GRUPO II. MATERIAS ESPECÍFICAS

1. Historia de la Arquitectura

1.1 Arquitectura griega: Antecedentes. La reconstrucción

arqueológica de Knossos y Faistos. El templo griego y su definición

en el espacio y en el tiempo. La cuestión de los órdenes. La

acrópolis de Atenas. Construcción y reconstrucción. Los relieves del

Partenón: Historia y problemática actual.

1.2 Arquitectura romana. Los materiales y su aparejo. El arco

y la bóveda. Vitruvio y la codificación de la arquitectura.

Arquitectura pública y arquitectura privada. Ingeniería romana. La

arquitectura de la Hispania romana restaurada: El teatro de Mérida.

1.3 Arquitectura paleocristiana y bizantina. Los comienzos

de la arquitectura cristiana. El sustrato romano. Las catacumbas

y su ordenación arquitectónica. La estructura basilical: Usos y

elementos. Las grandes basílicas constantinianas. El dualismo

Oriente-Occidente en la arquitectura bizantina. Los nuevos

hallazgos constructivos. Tecnología de la cúpula: Evolución y materiales.

Santa Sofía como modelo: Proyecto, ruina y reconstrucción.

1.4 Arquitectura prerrománica. Unidad y diversidad de la

Europa anterior al año 1.000. El prerrománico español:

Principales etapas y monumentos. La arquitectura visigoda. La

arquitectura asturiana: Los edificios ramirenses, características y

conservación. Las intervenciones de Luis Menéndez Pidal. Gómez

Moreno y las iglesias mozárabes. Estado actual de la cuestión.

1.5 Arquitectura religiosa medieval: Conventos y

monasterios. Tipologías arquitectónicas en función de las órdenes

monacales. El monasterio benedictino. El monasterio cisterciense. La

cartuja.

1.6 Arquitectura islámica. Los monumentos árabes antes del

Islam. La mezquita: Sus tipos. Forma y función. Materiales y

soluciones constructivas. Palacios, alcazabas y fortificaciones. La casa

y su evolución. El Islam unificado: Los Omeyas. Jerusalén y

Damasco. Los Abasíes. Expansión del Islam: Tulúnidas y Aglabíes. El

Islam de los califatos independientes.

1.7 Arquitectura hispano-musulmana. El arte omeya en

España. La mezquita de Córdoba. Construcción y restauraciones hasta

el año 2000. Medinat-al-Zahara: La obra de Félix Henández y

su situación actual. La arquitectura nazarí. Historia de la Alhambra

y el Generalife: Construcción e invensión. La obra de Torres Balbás.

1.8 Arquitectura románica. El románico, primer estilo

internacional. Caracteres generales de la arquitectura románica.

Elementos, materiales y construcción. Geografía del románico

Europeo. Escuelas, etapas y monumentos más significativos.

Arquitectura civil.

1.9 Arquitectura románica en España. El siglo Xl. El primer

románico catalán. La arquitectura del Camino de Santiago. La

Catedral de Santiago de Compostela: Historia constructiva.

Génesis y filiación de su estructura. El siglo XII. Novedades estilísticas

y formales. Destrucción y restauración de la arquitectura románica

durante los siglos XIX y XX.

1.10 Cluny y la reforma del Cister. Geografía de la

arquitectura cisterciense en la Península Ibérica. Problemas de

conservación.

1.11 Arquitectura gótica: Origen y formación. La catedral

como plasmación del ideal gótico. Forma y función de la catedral

gótica. Arte y técnica. La estructura mecánica del edificio gótico.

La integración de las artes. Forma y color. Arquitectura y liturgia.

Villard de Honnecourt.

1.12 Las catedrales del siglo XIII en Francia. La obra

medievalista de Viollet-le-Duc. Monumentos más significativos de la

arquitectura gótica española. La catedral de León: Intervenciones

de restauración.

1.13 Arquitectura mudéjar. Concepto, significación,

circunstancias y realidad social. Estructuras, materiales y sistemas

decorativos. Principales focos de la arquitectura mudéjar. Toledo,

Castilla y León, Aragón, Sevilla. El Monasterio de Guadalupe y su

restauración desde Luis Menéndez Pidal.

1.14 La ciudad medieval. Ciudad y conquista. Estructura

interior. Ordenanzas y gremios. Peculiaridades de la ciudad islámica.

Política de conservación de los centros históricos: Teoría y

realidad. Los ejemplos de Córdoba y Santiago de Compostela.

1.15 El Renacimiento en Italia. El Quattrocento. Florencia

bajo los Médicis. Brunelleschi y Alberti. El siglo XVI en Roma.

Bramante y el proyecto de San Pedro. La arquitectura de Miguel

Ángel. El Manierismo. Vignola y Palladio. La recepción del

Renacimiento italiano en Europa.

1.16 Arquitectura del siglo XVI en España. Orígenes, focos

y artistas fundamentales de la arquitectura del Renacimiento en

España. Principales actuaciones del siglo XX sobre la arquitectura

del Renacimiento español.

1.17 Arquitectura del siglo XVI en Hispanoamérica. Los

problemas de la arquitectura colonial. Estructuras góticas en Santo

Domingo y México. La presencia mudéjar. La introducción del

Renacimiento. Las catedrales de Méjico y Puebla. Arquitectura

religiosa y civil en Colombia, Ecuador y Perú.

1.18 La ciudad en el Renacimiento. Introducción: Utopía y

realidad. Los teóricos del Quattrocento y Cinquecento italianos:

De Alberti a Vasari el Joven. Ciudad proyectada y ciudad

construida: Palmanova. Perspectiva y escenografía urbana. Los

elementos de la ciudad. El jardín y su diseño. Durero y los tratadistas

alemanes. El caso de España y el urbanismo colonial en América.

1.19 Arquitectura barroca en Italia. Maderna y la primera

Roma barroca. Bernini y Borromini. El siglo XVIII. La decadencia

del papado. El círculo de Carlo Fontana. Las grandes realizaciones

arquitectónicas y urbanas dieciochescas en Roma. Restauración

y limpieza de la Roma del Jubileo en el año 2000.

1.20 El Barroco en Europa. Clasicismo y Barroco en Francia.

El Louvre: Historia constructiva y sus distintas ampliaciones hasta

nuestros días. Le Notre y el jardín francés. El Renacimiento tardío

en Inglaterra. Los Estuardo e Íñigo Jones. Incendio y

reconstrucción de Londres: Christopher Wren.

1.21 Arquitectura barroca en España e Hispanoamérica. La

arquitectura del XVII en la Corte, Andalucía, Valencia y Galicia.

El Barroco colonial del siglo XVII: Méjico, América Central y

América del Sur. Problemas actuales de la Catedral de Méjico.

El siglo XVIII: La arquitectura en tiempos de los Borbones. Los

Reales Sitios. El urbanismo monumental.

1.22 Academicismo y neoclasicismo. El debate teórico. La

polémica contra el Barroco y los primeros testimonios

racionalistas. Lodoli y algarotti. El papel de la arqueología. La aportación

germana: Winckelmann y Mengs. Arquitectura y revolución en

Francia. Boullé y Ledoux. El vandalismo revolucionario y el

patrimonio artístico francés. Arquitectura e Imperio. Los arquitectos

de Napoleón. Italia Neoclásica: De Antolini a Antonelli.

1.23 El movimiento académico en España. De Ventura

Rodríguez a Juan de Villanueva. El Museo del Prado: Ampliaciones

y vicisitudes. Los discípulos de Villanueva y el último neoclasicismo

en España. El neoclasicismo alemán: Schinkel y Klenze. Seoane

y el clasicismo británico. Los grandes museos londinenses: Inicios

y ampliaciones.

1.24 La arquitectura europea desde 1850. El eclecticismo

francés bajo el Segundo Imperio. Haussmann y el París de

Napoleón III. La obra de Garnier. Obra teórica de Viollet-le-Duc. La

arquitectura Victoriana en Inglaterra. Los escritos de Ruskin.

1.25 La arquitectura española bajo Isabel II y la Restauración

Alfonsina. La arquitectura del siglo XX como patrimonio histórico.

La restauración monumental: Teoría, práctica y legislación durante

los siglos XIX y XX. Del Estado Central al Estado de las Autonomías.

Los nuevos retos en el siglo XXI.

1.26 El siglo XX. Aportaciones de las vanguardias al concepto

de arquitectura moderna, la reincorporación de las nuevas

tecnologías y su incidencia en la arquitectura.

2. Metodología y criterios de intervención

en Patrimonio Histórico

2.1 Los parques arqueológicos como figura del Patrimonio

Histórico.

2.2 Métodos y técnicas instrumentales arqueológicos

aplicados a la restauración de edificios históricos: El análisis de

paramentos.

2.3 Difusión del patrimonio arqueológico: La adecuación de

los yacimientos visitables (itinerarios, centros de interpretación,

soporte informativo, etc.).

2.4 Propuestas de intervención arqueológica en los proyectos

de restauración de edificios históricos.

2.5 El trabajo multidisciplinar en la restauración

arquitectónica. Relación con otras disciplinas.

2.6 Arqueología y ciudad: Las ciudades superpuestas.

2.7 El concepto de museo. Funciones.

2.8 La arquitectura de los museos. Diferentes áreas y relación

entre ellas.

2.9 La rehabilitación de edificios históricos y su adaptación

a las funciones museísticas. Criterios de intervención.

2.10 Concepto de Museología y Museografía. Evolución.

2.11 La instalación museográfica. Elementos para la

exposición y la difusión de las colecciones.

2.12 Criterios para la elaboración de un proyecto

museológico y museográfico.

2.13 La seguridad en los museos.

2.14 Tipos de exposición en el museo. Definición y gestión.

2.15 Intervención en el patrimonio etnográfico inmueble: La

arquitectura vernácula.

2.16 Los edificios públicos de época romana (teatros,

anfiteatros, circos, foros, etc.).

2.17 Obra pública romana (acueductos, puentes, calzadas...).

2.18 La arqueología industrial.

2.19 La arqueología en los planes directores de monumentos

o conjuntos.

2.20 La conservación e integración de estructuras

arqueológicas en la restauración de edificios históricos: El caso de las

catedrales o el caso de los museos.

2.21 El tratado de arquitectura. Principales fuentes para el

estudio de la arquitectura española.

2.22 Composición y elementos en la construcción de la

arquitectura.

2.23 Materiales y técnicas tradicionales de construcción en

arquitectura.

2.24 Historia de la restauración arquitectónica. Conceptos,

teoría e historia.

2.25 Historia de la restauración monumental en España.

Legislación y actuación.

2.26 Ampliación del concepto de patrimonio: Del edificio

aislado a la ciudad histórica.

2.27 Conferencias, cartas, convenciones y recomendaciones

sobre la restauración y la conservación de monumentos: De Atenas

a Cracovia 2000.

2.28 Conservación preventiva y arquitectura.

2.29 Puesta en valor del patrimonio arquitectónico: Nuevos

usos y funciones del monumento en la sociedad actual.

2.30 Actuaciones previas en la restauración de inmuebles.

Labores preventivas y de protección de elementos arquitectónicos

y bienes culturales contenidos. Apeos y cimbras, criterios de

descripción.

2.31 Cimentaciones en edificios históricos: Patología y

criterios de actuación.

2.32 Las humedades en edificios históricos. Causas,

mecanismos y efectos. Procedimiento de intervención. Evolución

histórica de las cubiertas. Patologías y procedimientos de reparación

e impermeabilización.

2.33 Elementos arquitectónicos de fábrica: Clasificación

estructural de los muros. Lesiones, diagnosis y procedimientos

de consolidación. Arcos y bóvedas. Clasificación y tratamiento

estructural.

2.34 Las fábricas de piedra. Soluciones constructivas.

Métodos de análisis y comportamientos. Lesiones y procedimientos

de degradación, consecuencias. Procedimientos de intervención

y tratamientos.

2.35 La evolución histórica de los sistemas estructurales en

madera. Tipologías estructurales y constructivas. Características

de los materiales. Procesos de deterioro, causas, mecanismos y

efectos. Procedimientos de reparación, sustitución e intervención.

Compatibilidad con otros sistemas estructurales, durabilidad y

criterios generales de cálculo y diseño.

2.36 Intervención en estructuras y elementos metálicos en

edificios monumentales: Hierro, bronce, plomo, zinc.

2.37 Los revestimientos. Su importancia en la arquitectura

histórica. Clasificación, la cal y el yeso, descripción de los

procedimientos de aplicación. Lesiones de los revestimientos,

diagnosis y tratamientos de restauración y sustitución.

2.38 Los pavimentos y revestimientos cerámicos. Factores de

alteración y tratamientos de conservación.

2.39 Las cubiertas en el contexto del Patrimonio Histórico.

Su importancia histórica y constructiva. Clasificación, tipología

y material. Lesiones, diagnosis y sistemas de reparación y

sustitución.

2.40 El Retablo. Tipología y estructuras. Criterios de

intervención.

2.41 El uso del color en la arquitectura histórica.

Alteraciones, diagnosis y tratamientos de restauración.

2.42 Programas de mantenimiento y conservación preventiva

en los inmuebles restaurados.

2.43 Archivos. Criterios para la redacción de un proyecto.

Características. Seguridad.

2.44 Bibliotecas públicas. Criterios para la redacción de un

proyecto. Características. Seguridad.

3. Urbanismo y valoración inmobiliaria

3.1 El Derecho urbanístico. Evolución histórica de la

legislación urbanística en España. Principios básicos del ordenamiento

estatal.

3.2 La Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de marzo

de 1997. La Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen de suelo

y valoraciones. Alcance de la Disposición Derogatoria.

3.3 La organización administrativa del urbanismo. Los

principios de organización. Competencis y desarrollo de cada clase

de suelo.

3.4 Régimen urbanístico de la propiedad del suelo.

Clasificación del suelo. Determinaciones y desarrollo de cada clase de

suelo.

3.5 Régimen jurídico del suelo urbano, urbanizable y no

urbanizable. Derechos y deberes de los propietarios.

3.6 El planteamiento urbanístico. Naturaleza y valor normativo

de los planes. El planeamiento supramunicipal. El planeamiento

municipal: Función, contenido y formación. El planeamiento de

desarrollo.

3.7 La ejecución del planeamiento. Sistemas de actuación.

3.8 La expropiación por razón de urbanismo. Procedimiento

de determinación del justiprecio. Procedimiento de tasación

conjunta. Supuestos de reversión. Supuestos indemnizados.

3.9 La intervención administrativa en el mercado de suelo.

El Patrimonio Municipal de Suelo. El derecho de superficie.

3.10 Los instrumentos urbanísticos para la protección de los

conjuntos históricos. Necesidad, contenido fundamental y efectos.

Tramitación de licencias en dichos conjuntos. Uso y conservación

de las edificaciones.

3.11 Los estudios del medio físico como soporte de la

planificación. Metodología, determinaciones y objetivos.

3.12 La cartografía como base para la redacción de

instrumentos de ordenación territorial y planeamiento urbanístico.

Conceptos fundamentales, tipos y escalas. La informatización de la

cartografía.

3.13 El Medio ambiente, conceptos básicos. Marco legal y

competencias. La evaluación de impacto ambiental. Legislación

y metodología general.

3.14 Teoría del valor. El precio. Relación entre valor y precio.

Criterios de valoración de inmuebles. Métodos de valoración según

su finalidad. Evolución histórica del derecho de propiedad y su

influencia sobre el valor de los inmuebles.

3.15 Sistemas de valoración. Valor en venta. Valoración por

mercado. Valor por comparación. Valor de reposición. La

depreciación: Sus clases. Estudios del mercado inmobiliario: Aplicaciones.

3.16 Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento y

gastos. Valoración por rendimientos. Capitalización. Influencia de

la legislación sobre arrendamientos urbanos y otras limitaciones

administrativas de la rentabilidad.

3.17 Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. La

parcela tipo y los coeficientes correctores. Método residual de

valoración del suelo. Valor de repercusión y valor unitario.

Correcciones del valor.

3.18 Valor de las construcciones. Valoración analítica y

valoración sintética. Procedimiento de medición. Valor unitario. Valor

intrínseco o de coste y valor de reposición. Depreciaciones.

3.19 Valoraciones administrativas. El sistema de valoración

catastral. Los criterios de valoración de la Ley Sobre Régimen

del Suelo y Valoraciones. Valoración a efectos del Impuesto sobre

el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos.

3.20 Normas de valoración de inmuebles para cobertura de

provisiones técnicas en el sector asegurador. Criterios de

valoración. Principios. Aptitud de los inmuebles. La doble vía para

la valoración. Comprobación de las valoraciones revisiones

posteriores.

4. Materias técnicas

4.1 El proyecto arquitectónico: Descripción general y objeto

I. Disposiciones en materia de redacción de proyectos y dirección

de obras. La memoria: Definición, contenido y alcance. Las

mediciones y presupuestos: Criterios de medición y valoración,

formación de precios. El pliego de condiciones: Definición y

clasificación: Condiciones técnicas, facultativas, económicas y legales.

4.2 El proyecto arquitectónico: Descripción general y

objeto II. Estudio de seguridad y salud: Definición, alcance y contenido.

La documentación gráfica del proyecto: Grados de definición,

alcance y contenido. Gestión informática del proyecto: Clases de

aplicaciones, descripción general.

4.3 Empresas constructoras y empresas inmobiliarias,

esquemas de organización y de funcionamiento. Su financiación. La

calidad en la industria de la construcción y su control.

4.4 Organización de una obra. Técnicas de programación

matemática. Diagrama de Gantt. Sistemas Pert tiempos y

probabilidad del cumplimiento de las previsiones. Sistemas

Pert-costes. Método CPM.

4.5 Plan de una obra. Estudio de seguridad y salud. El estudio

básico. Plan de seguridad y salud en el trabajo.

4.6 Técnicas de amortización y de valoración de costes de

uso y mantenimiento. Control de calidad en ejecución de obra.

4.7 Ejecución de una obra. Funciones de dirección y control.

Régimen económico y actualización de costes mediante índices,

coeficientes y la aplicación del régimen de revisión de precios.

4.8 Movimientos de tierras. Explanaciones y vaciados. Tipos

de terrenos y precauciones. Entibaciones. Drenajes. Rellenos

localizados y terraplenes.

4.9 Sistemas estructurales de un edificio. Pórtico y forjado.

Forjados reticulares. Sistemas prefabricados. Otros sistemas

industrializados.

4.10 Cimentaciones: Proyecto y ejecución. Zapatas aisladas.

Zapatas corridas. Emparrillados. Placas de cimentación.

4.11 Estructura de hormigón: Proyecto y ejecución. Pilares

y vigas. Forjados unidireccionales. Forjados reticulares. Núcleos

y pantallas. Escaleras y elementos singulares.

4.12 Control de calidad de estructuras de hormigón. Control

de materiales componentes del hormigón. Control de hormigón.

Control de aceros. Control de ejecución. Pruebas de carga.

4.13 Estructuras metálicas: Proyecto y ejecución. Soporte.

Vigas y forjados. Cubiertas.

4.14 Control de calidad de estructuras metálicas. Control de

materiales. Control de ejecución: Soldadura, pintura, tornillos.

Pruebas de carga.

4.15 Estructura de fábricas resistentes. Proyectos, ejecución

y control. Fábricas de ladrillo. Fábricas de bloque. Control de

calidad.

4.16 Cerramientos de fachadas. Proyecto y ejecución.

Fábricas de ladrillo. Paneles prefabricados. Muros cortina.

Cerramientos especiales (chapa, fibrocemento). Aislamiento e

impermeabilidad.

4.17 Tabiquería: Proyecto y ejecución. Tabiques de ladrillo.

Placas de yeso-escayola. Placas de cartón-yeso. Otros tipos de

tabique (hormigón, bloque madera, etc.).

4.18 Revestimientos de suelos: Proyecto y ejecución.

Baldosas y terrazos. Madera. Laminados. Moquetas.

4.19 Revestimientos de paramentos y de techos. Enfoscados.

Guarnecidos. Enlucidos. Chapados. Alicatados. Falsos techos.

Revestimientos especiales (corcho, tela, etc.).

4.20 Carpintería y vidrería. Ventanas: Tipos y funciones.

Puertas. Acristalamiento.

4.21 Cubiertas y azoteas. Azoteas visitables, ajardinadas,

etcétera. Impermeabilización y aislamiento. Drenajes: Canalones

y bajantes. Cubiertas industriales. Elementos especiales de

cubiertas (pizarras, tejas, etc.).

4.22 Elementos singulares. Barandillas. Celosías. Cierres de

seguridad. Persianas y parasoles. Otros.

4.23 Pavimentos especiales. Soleras. Suelos industriales.

Pavimentos deportivos. Calzadas: Aglomerados, adoquinados, etc.

Aceras.

4.24 Saneamiento. Tipos de tuberías y zanjas. Arquetas.

Pozos de registro. Elementos especiales. Planteamiento de la red.

4.25 Fontanería. Distribución de agua fría: Caudal.

Distribución de agua caliente: Caudal. Tipos de tubería de abastecimiento

y desagüe. Aparatos sanitarios. Grifería. Grupos de presión.

4.26 Electricidad. Acometida. Centro de transformación. Caja

general de protección. Línea repartidora. Centralización de

contadores. Circuitos. Red de puente a tierra. Cuadro de mando y

protección.

4.27 Climatización y calefacción. Demandas de potencia.

Instalaciones de calefacción por agua. Instalaciones de

termoventilación. Instalaciones de refrigeración.

4.28 Instalaciones especiales. Megafonía. Vídeo. Antenas.

Pararrayos. Gas. Seguridad. Contraincendios. Aire comprimido.

Comunicaciones.

4.29 Los programas de necesidades para la redacción de

proyectos de Centros Públicos de Educación. Recomendaciones

generales. Criterios estéticos. Recomendaciones funcionales.

Recomendaciones constructivas.

4.30 El mantenimiento. Incidencia en la patología.

Organización de sistemas de mantenimiento. El manual de uso.

4.31 Inventario y evaluación de edificios. Organización.

Recogida de datos. Procesamiento. Actualización.

ANEXO III

Tribunal titular:

Presidente: Don Antonio Fernández Alba, Catedrático de

Universidad.

Secretario: Don Oswaldo María López Montalvo, Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.

Vocales: Don Miguel Ángel Baldellou Santolaria, Catedrático

de la E. T. S. A. M.

Don Bienvenido Martínez Fernández, Cuerpo de Ingenieros de

Caminos, Canales y Puertos del Estado.

Don José María Losada Aranguren, Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Pedro Navascues Palacio, Catedrático de

la E. T. S. A. M.

Secretario: Don Pedro Arranz Arribas, Cuerpo de Profesores

de Enseñanza Secundaria.

Vocales: Don Juan Miguel Hernández León, Catedrático de

la E. T. S. A. M.

Don Carlos Flores López, Profesor Titular de la U. P. M.

Don Mauro Fernández del Barrio, Escala Técnica de

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MEC.

ANEXO IV

Curso selectivo:

Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos,

necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.

Dicha puntuación se acumulará a la obtenida en la fase anterior

y determinará el orden final de los aspirantes, a todos los efectos.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación alcanzada en el curso selectivo en caso de persistir

el empate, a la correspondiente al segundo, tercero y cuarto

ejercicios de la fase de oposición.

ANEXO V (ver imagen página 34770).

ANEXO VI

Don/doña .......................................................,

con domicilio en ....................................................,

y documento nacional de identidad número .............., declara

bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario

del Cuerpo ......................................................... ,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ............. a ............. de ............. de .............

ANEXO VII

Don/doña .......................................................,

nacional de .........................................................,

con domicilio en ....................................................,

y con documento identificativo número ..................., declara

bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario

del Cuerpo ..........................................................,

que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en su Estado el acceso a la función pública.

En ............. a ............. de ............. de .............

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