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Documento BOE-A-2002-19116

Resolución de 19 de septiembre de 2002, de la Dirección de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, por la que se dispone la publicación del resumen de la cuenta anual del organismo correspondiente al ejercicio 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2002, páginas 35056 a 35065 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2002-19116

TEXTO ORIGINAL

Formulada la cuenta anual de este organismo autónomo correspondiente al ejercicio de 2001, conforme a lo previsto en el artículo 12.k) de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, y aprobada la misma por el Consejo Rector de la Gerencia, en su reunión de 29 de julio de 2002,

Esta Dirección acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del resumen de la cuenta anual de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado correspondiente al ejercicio 2001, conforme a lo previsto en el apartado 6 del punto primero de la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de junio de 2000, por la que se regula la rendición de cuentas de los organismos públicos.

Madrid, 19 de septiembre de 2002.–El Director de la Gerencia, Juan José Izarra del Corral.

Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado

Cuentas anuales de organismos autónomos del ejercicio 2001

Diligencia: Para hacer constar que todas las operaciones registradas en el sistema de información contable de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado con imputación al ejercicio de 2001 han sido fielmente reflejadas en las cuentas anuales correspondientes a dicho ejercicio.

Madrid, 5 de julio de 2002.–La Jefa de Contabilidad, María Isabel Fanego Palat.

Don Juan José Izarra del Corral, Director de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, rinde las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2001, aprobadas por el Consejo Rector del organismo con fecha 29 de julio de 2002, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 128 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria según la nueva redacción dada por el artículo 52 de la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. La información relativa a dichas cuentas queda contenida en un CD debidamente etiquetado, de acuerdo con lo que se establece en el anexo III de la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de junio de 2000, constando su resumen en soporte papel de 21 páginas numeradas correlativamente.

Madrid, 29 de julio de 2002.

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Memoria correspondiente a la cuenta de liquidación del ejercicio 2001 de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado (GIESE)

D.1 Organización:

La Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado es un organismo autónomo de carácter temporal indefinido dependiente del Ministerio del Interior y adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad, que fue creado por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social («Boletín Oficial del Estado» del 31), y modificado a su actual denominación, duración y funciones por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios.

Su efectiva constitución se produjo el 9 de febrero de 1999, al celebrarse la primera reunión de su Consejo Rector, según lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 21 de enero de 1999), por el que se aprueba su Estatuto.

D.1.1 Funciones de la GIESE. Se establecen en el artículo 53 de la citada Ley 14/2000, y son:

Primera. Desarrollar las directrices del Ministerio del Interior en materia de patrimonio inmobiliario y condiciones urbanísticas del mismo, a efectos de la elaboración y realización de los Planes de Infraestructuras de la Seguridad del Estado y cumplir los cometidos que se le asignen en relación con los inmuebles afectados a los fines de la Seguridad.

Segunda. Hacer propuestas referentes al planeamiento urbanístico, coordinar y desarrollar los planes de infraestructuras de la seguridad del Estado, así como llevar a cabo acuerdos de colaboración al efecto con las Corporaciones Locales y con las Comunidades Autónomas.

Tercera. Colaborar con los Ayuntamientos en los planes de ordenación urbana que afecten a los inmuebles y acuartelamientos existentes. Esta colaboración, así como las propuestas a que se refiere el apartado anterior, deberán procurar la coordinación con el planeamiento para facilitar la ejecución de los planes de infraestructura.

Cuarta. Adquirir y construir, en su caso, bienes inmuebles para su afectación a los fines de la seguridad del Estado, conforme a los planes de infraestructura formulados, así como enajenarlos mediante venta o permuta, según los correspondientes planes, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de los fines del organismo.

Quinta. La adquisición de infraestructura, armamento y material para su uso por las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, de acuerdo con los planes y programas aprobados por la Secretaría de Estado de Seguridad y que ésta le encomiende, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de la Guardia Civil.

Sexta. La enajenación onerosa de los bienes muebles que sean puestos a su disposición, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de los fines del organismo.

Estas funciones aparecen desarrolladas en el Estatuto de la GISE, cuyo artículo 4 establece que, son funciones de la Gerencia, para el desarrollo y cumplimiento de los planes de infraestructura de la seguridad del Estado, las siguientes:

a) Desarrollar las directrices del Ministerio del Interior en materia del patrimonio inmobiliario y condiciones urbanísticas del mismo.

b) Elaborar, ejecutar y realizar dichos planes de infraestructura.

c) Cumplir los cometidos que se le asignen en relación con los inmuebles afectados a los fines de la seguridad.

d) Adquirir a título oneroso y gratuito y construir, en su caso, bienes inmuebles.

e) Enajenar bienes inmuebles mediante venta o permuta, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.

f) Hacer propuestas referentes al planeamiento urbanístico.

g) Celebrar acuerdos o convenios de colaboración con las Corporaciones Locales y las Comunidades Autónomas y cuantos organismos y entidades públicos o privados entienda necesario o conveniente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 74.4 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

h) Colaborar con las Corporaciones Locales en los planes de ordenación urbana que afecten a los inmuebles y acuartelamientos existentes.

Tras la entrada en vigor de la Ley 14/2000, y por imperativo de ésta, se ha procedido a la elaboración de un nuevo Estatuto, en el que se recojan las modificaciones legales del Organismo; nuevo Estatuto que se encuentra en fase avanzada de tramitación.

D.1.2 Estructura. La Ley 14/2000 configura a la GIESE con la siguiente estructura (artículo 53.3):

1. Órganos Rectores:

1.1 El Consejo Rector: Es el órgano colegiado superior de dirección. Presidido por el Secretario de Estado de Seguridad, está integrado por un mínimo de seis Vocales. Son Vocales natos: El Director general de la Policía, el Director general de la Guardia Civil, el Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad, el Director general del Patrimonio del Estado, el Director general de Presupuestos, el Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.

El resto de Vocales, hasta un máximo de doce, serán nombrados y cesados por el Ministro del Interior.

Según este mismo artículo, corresponde al Consejo Rector, además de la alta dirección y representación del Organismo, la aprobación de los planes de actuación, los de compra, venta y permuta de solares y bienes muebles e inmuebles y las competencias que se le asignen reglamentariamente. El artículo 7 del Estatuto vigente regula las competencias del Consejo.

1.2 La Comisión Delegada: Creada por Acuerdo del Consejo Rector de fecha 28 de mayo de 1999, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Estatuto, está presidida por el Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad, e integrada por los siguiente Vocales: El Director del Gabinete de la Secretaría de Estado de Seguridad, el Subdirector general de Gestión y Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía, el Subdirector general de Apoyo de la Guardia Civil, el Subdirector general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento. El Secretario de la Comisión Delegada es también el Secretario general de la GIESE.

1.4 La Dirección de la Gerencia, que según el artículo 11 del Estatuto será asumida por el Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad, con las competencias que se contemplan en el artículo 12.

2. La Secretaría General: Directamente dependiente de la Dirección de la Gerencia, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Estatuto, la integran dos Áreas:

2.1 El Área de Régimen Interior, a través de la cual, la Secretaría General ejerce las siguientes competencias (artículo 14 del Estatuto):

a) Administrar el personal y el régimen interior de la GIESE.

b) Realizar la gestión económico-administrativa y financiera.

c) Gestionar la adquisición de bienes muebles, con arreglo al texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

d) Elaborar el anteproyecto de presupuestos.

e) Tramitar los expedientes que tengan relación con adquisiciones, enajenaciones y permutas de inmuebles.

f) Elaborar las cuentas anuales de la GIESE.

Este Área de Régimen Interior está conformada por el Servicio de Administración, del que depende la Sección de Contabilidad. Además, en este Servicio está integrada también la Caja Pagadora del Organismo, creada por Resolución de 30 de noviembre de 1999, del Secretario de Estado de Seguridad en su condición de Presidente del Consejo Rector de la CIESE, para atender, por el sistema de anticipos de caja fija, los gastos de carácter repetitivo y periódico imputables al capítulo II del presupuesto de gastos de la Gerencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija.

2.2 El Área de Gestión, mediante la que la Secretaría General de la CIESE ejerce las siguientes competencias:

g) Desarrollar actuaciones y gestiones en materia patrimonial y urbanística referentes a los inmuebles encomendados a la CIESE.

h) Contribuir con sus informes y actuaciones a la elaboración y realización de los planes de infraestructura de la Seguridad del Estado.

i) Realizar la identificación física y jurídica actualizada de los bienes inmuebles y gestionar la tasación de los mismos por los organismos especializados.

j) Elaborar los pliegos de condiciones para las adquisiciones, enajenaciones y demás operaciones referentes a inmuebles.

k) Formular propuestas de actuación de la CIESE.

l) Elaborar y mantener actualizado el inventario de bienes y derechos de la CIESE.

El Área de Gestión cuenta con los siguientes Servicios:

2.2.1 El Servicio de Gestión Técnica.

2.2.2 El Servicio de Gestión Urbanística.

D.1.3 Titulares de los órganos de la GIESE:

1. Presidente del Consejo Rector: Excelentísimo señor don Pedro Morenés Eulate, Secretario de Estado de Seguridad.

2. Director de la Gerencia: Ilustrísimo señor don Juan José Izarra del Corral, Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad.

3. Secretario general de la Gerencia (Subdirector general): Ilustrísimo señor don Juan Carlos González Solé.

4. Jefe de Área de Régimen Interior: Don Gonzalo Jar Couselo.

5. Jefe de Área de Gestión: Don Gabriel Muñoz Rebollo.

6. Jefe del Servicio de Gestión Urbanística: Don Casimiro Casillas Casillas.

7. Jefe del Servicio de Gestión Técnica: Don José Martínez Sanjuán.

8. Jefe del Servicio de Administración: Don Julio Casal Jiménez.

9. Jefa de la Sección de Contabilidad: Doña Isabel Fanego Palat.

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