Por Orden de 18 de abril de 2002, del Ministerio del Interior,
se convocan pruebas selectivas para ingreso en el cuerpo de
Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias
("Boletín Oficial del Estado" de 3 de mayo).
Una vez finalizada la fase de oposición y entregada por la
Presidenta del Tribunal, copia certificada de las listas de aprobados,
Esta Dirección General, en virtud de lo previsto en el
artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso y en la base 7.1
de la convocatoria resuelve:
Primero.-Hacer publica la relación de aprobados por orden
de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo
de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias,
en la fase de oposición, que se encontrarán expuestas en los
tablones de anuncios de los centros penitenciarios y en la Dirección
General de Instituciones Penitenciarias.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección
General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los
documentos que se señalan en la base octava de la convocatoria
(apartados 8.1 y 8.2).
Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de
la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad
en la solicitud inicial (apartado 3.º de la base 8.ª de la
convocatoria).
Cuarto.-La presente Resolución, de conformidad con el
artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de
enero, podrá ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano
que lo ha dictado, mediante la interposición de recurso de
reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su
publicación, o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,
pudiendo interponerse, en este caso, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
al de su publicación.
Madrid, 20 de septiembre de 2002.-El Director general, Ángel
Yuste Castillejo.
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