Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
de 5 de febrero de 2002, se incoó expediente para la delimitación del
entorno de protección del bien de interés cultural declarado "Ermita de
San Miguel", en Olea, término municipal de Valdeolea, declarada
monumento histórico-artístico, de carácter nacional, mediante Real Decreto
1750/1979, de 4 de abril.
Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998,
de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar
el entorno de protección del bien mencionado, y a tal efecto insta al Consejo
de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se
han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e
instrucción del expediente.
En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de
la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía
para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre,
y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio
Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo
y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en
su reunión del día 1 de agosto de 2002, dispongo:
Artículo 1.
Se declara el entorno de protección del bien de interés cultural
declarado "Ermita de San Miguel", en Olea, término municipal de Valdeolea,
que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra
representado en el plano que se publica con este Decreto.
Disposición adicional única.
Se faculta al excelentísimo señor Consejero de Cultura, Turismo y
Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la
efectividad de este Decreto.
Disposición final única.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Santander, 1 de agosto de 2002.-El Presidente del Gobierno de
Cantabria, José Joaquín Martínez Sieso.-El Consejero de Cultura, Turismo
y Deporte, José Antonio Cagigas Rodríguez.
ANEXO
Delimitación del entorno de protección
El entorno de protección de la "Ermita de San Miguel", en Olea, término
municipal de Valdeolea, linda al norte con la carretera comarcal ; al este
linda, atravesando diversos caminos, con fincas destinadas a cultivos y
praderas, algunas de ellas arboladas ; al sudeste linda con otras fincas
de características similares, y al sudoeste linda con otras fincas o partes
de ellas y con un camino perimetral al núcleo de Olea.
Justificación: La delimitación descrita se ha realizado atendiendo a
la naturaleza y características del monumento, a su relación con uno de
los núcleos de Olea y al medio natural circundante. Asimismo, se han
tenido en cuenta la topografía y la estructura de los caminos y viales.
Han influido también en esta delimitación las visuales y perspectivas
consolidadas de la ermita. Se ha incluido prácticamente la totalidad del núcleo,
y se ha ampliado el entorno de forma intencionada hacia el este para
así controlar las futuras edificaciones. Los límites coinciden casi en su
totalidad con los lindes de las parcelas y el trazado de los viales.
SIGUE PLANO (Ver imagen página 35325)
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