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Documento BOE-A-2002-19568

Resolución de 10 de septiembre de 2002, de la Subsecretaría, por la que se publica el resumen de las cuentas anuales del Instituto Nacional del Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2002, páginas 35732 a 35742 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2002-19568

TEXTO ORIGINAL

Conforme con lo establecido en la normativa vigente, con fecha 8 de

julio de 2002, se ha procedido a la aprobación de las cuentas anuales

del Instituto Nacional del Consumo correspondientes al ejercicio 2001.

El apartado primero, punto 6, de la Orden de 28 de junio de 2000

por la que se regula la obtención y rendición de cuentas a través de soporte

informático para los organismos públicos a los que sea de aplicación la

Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del

Estado, establece la obligatoriedad de publicar en el "Boletín Oficial del Estado"

la información que, según lo previsto en dicho apartado primero, punto 3,

de la citada disposición, conforma el resumen de las cuentas anuales de

los organismos públicos a los que resulta de aplicación la Instrucción

de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado.

En consecuencia en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Orden,

resuelvo publicar en el "Boletín Oficial del Estado" el resumen de las cuentas

anuales del Instituto Nacional del Consumo para el ejercicio 2001 que

se acompaña como anexo de la presente Resolución.

Madrid, 10 de septiembre de 2002.-El Subsecretario, Pablo Vázquez

Vega.

ANEXO (Ver imágenes páginas 35733 a 35739)

ÍNDICE

Antecedentes.

Actualidad.

Funciones.

Estructura:

Órganos rectores.

Unidades orgánicas.

Personal.

Los antecedentes del Instituto Nacional del Consumo los encontramos

en el año 1965 con la creación del Gabinete de Orientación al Consumo,

dependiente de la Comisaría General de Abastecimientos y Transportes.

En el año 1975 se crea el Instituto Nacional del Consumo por Decreto

2950/1975, de 7 de noviembre.

En 1977, por Decreto 3162/1977, de 11 de noviembre, el Instituto

Nacional del Consumo se transforma en organismo autónomo. Su funcionamiento

lo reguló una Orden del Ministerio de Comercio de 29 de marzo de 1978.

El Instituto asumió las funciones del anterior Servicio Técnico de

Alimentación que dependía de la Dirección General de Comercio Interior

y que, al integrarse en el Instituto, adoptó la denominación de Servicio

Técnico de Orientación al Consumo.

En agosto de 1981 se creó la Secretaría de Estado para el Consumo,

y el Instituto pasaría a depender funcionalmente de ella. En diciembre

del mismo año, mediante Real Decreto 2924/1981, a través de la Secretaría

de Estado, resultará adscrito al nuevo Ministerio de Sanidad y Consumo.

Al frente del Instituto figuraría un Presidente con categoría de Director

general. La estructura básica del Instituto quedaría determinada por el

Real Decreto 1943/1986, de 19 de septiembre, por el cual la Secretaría

de Estado desaparece y se crea la Subsecretaría de Sanidad y Consumo

de la cual dependería orgánicamente el Instituto Nacional del Consumo.

Posteriormente fue el Real Decreto 858/1992, de 10 de julio, en el

que se determinaba la estructura básica del Ministerio de Sanidad y

Consumo, y que fue modificado por el Real Decreto 1415/1994, de 25 de junio.

Más tarde, el Real Decreto 1140/1996, de 24 de mayo, por el que se

reestructuran determinados organismos adscritos al Ministerio de Sanidad

y Consumo, en su preámbulo, afirma que "... se considera oportuno destacar

en este Real Decreto la importancia de las funciones que, en las presentes

circunstancias, ha de conservar el Instituto Nacional del Consumo,

atribuyendo al propio Subsecretario del Departamento la responsabilidad

inmediata de su gestión".

En la actualidad, el Real Decreto 1450/2000, de 28 de julio, de estructura

orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, de sus organismos

autónomos y del Instituto Nacional de la Salud, en su artículo 8, dedicado

al Instituto Nacional del Consumo, establece que este "es el Organismo

que ejerce, en desarrollo del artículo 51 de la Constitución y en la Ley

26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores

y Usuarios, las funciones de promoción y fomento de los derechos de

los consumidores y usuarios".

Respecto a la estructura del Instituto Nacional del Consumo, los órganos

rectores del Instituto son:

A) Presidente, cuya función la asume el Subsecretario del Ministerio

de Sanidad y Consumo.

Sus competencias son la alta dirección y representación del organismo,

así como la aprobación de los planes generales de la actividad del Instituto.

B) Vicepresidente, que será el Director general de Salud Pública y

Consumo.

Sus competencias son la representación legal del mismo, la ejecución

de los mencionados planes, la dirección estratégica y la evaluación y control

de sus resultados.

C) El Director, que será el titular de la Subdirección General de

Control y Ordenación del Consumo.

Sus competencias son la dirección del personal y la coordinación

general de las unidades del Instituto.

Dependiendo del Presidente, hay tres unidades orgánicas, con rango

de Subdirección General.

A) Subdirección de Administración y Fomento Asociativo.

Le corresponde:

El fomento y registro de las asociaciones de consumidores y usuarios

y el apoyo al Consejo de Consumidores y Usuarios.

Las relativas a régimen interior, gestión económica, administrativa y

presupuestaria y la gestión ordinaria del personal del organismo.

Dentro de esta Subdirección se encuentra:

Área de Administración, que desarrolla las funciones correspondientes:

La gestión económica y contable de todos los expedientes que se

tramitan en el organismo.

Habilitación General, nóminas, seguridad social y derechos pasivos.

Expedientes relativos a tramitación de contratos, compras,

mantenimiento y régimen interior.

Gestión y pago de dietas y locomoción.

Gestión de expedientes relativos a personal funcionario y laboral.

Concesión de anticipos y ayudas sociales.

Cursos de formación al personal.

Registro Central.

Sección de Sistemas Informáticos.

Secretaría del Consejo de Consumidores y Usuarios. Sección de

Documentación.

B) Subdirección General de Información. Formación y Arbitraje.

Le corresponde:

El desarrollo de la información, formación y educación de los

consumidores.

La implantación, desarrollo y difusión del Sistema Arbitral de Consumo,

en cumplimiento del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo.

Depende de esta Subdirección:

a) Servicio de Educación y Formación. Que se ocupa de:

Diseño, desarrollo y seguimiento de los cursos y actividades de

educación y formación del consumidor, tanto a nivel de técnicos y profesionales

como a nivel de consumidor en general.

Gestionar la Escuela de Consumo.

b) Servicio de Información al Consumidor. Trabaja en:

Planificación, control y seguimiento de las actuaciones comprendidas

en información y documentación.

Elabora y ejecuta el Plan de Publicaciones del Organismo.

Gestiona el Centro de Información y Documentación.

c) Servicio de Arbitraje:

Gestiona y tramita expedientes relacionados con el Sistema Arbitral

de Consumo (Censo, Convenio Arbitral, Junta Nacional Arbitral) y con

reclamaciones de consumidores y usuarios.

Le corresponde la Secretaría de la Junta Nacional Arbitral.

Asimismo asume la coordinación de las 71 Juntas Arbitrales existentes

en España, a través de la Secretaría del Grupo de Arbitraje de Consumo

de la Comisión de Cooperación de Consumo.

Elabora las normas generales de funcionamiento, su estadística y

evacuación de las consultas provenientes de aquellas.

C) Subdirección General de Control y Ordenación del Consumo.

Asumida por la Dirección, a quien le corresponde:

La contratación en nombre del organismo, la disposición de gastos

y la ordenación de pagos.

La propuesta de ordenación en materia de consumo, el apoyo técnico

a los servicios de inspección de consumo de otras Administraciones

públicas, así como el desarrollo de las funciones relativas al buen funcionamiento

del mercado para la protección del consumidor y la gestión de la red

de alerta de los productos de consumo no alimenticios, según lo previsto

en el Real Decreto 44/1996, de 19 de enero.

La preparación de acciones judiciales en defensa de los intereses

generales de los consumidores según lo previsto en la legislación vigente.

La investigación y realización de análisis, pruebas y ensayos sobre

la calidad y seguridad de los bienes y servicios de uso y consumo, la

formación y asesoramiento del personal técnico, así como la actividad

dirigida al fomento de la calidad de bienes y servicios de uso y consumo.

El control sobre el Centro de Investigación y Control de la Calidad.

Dentro de esta Subdirección se encuentra:

Área de Cooperación Institucional que desarrolla primordialmente las

funciones de:

Coordinación de los distintos departamentos del Instituto Nacional

del Consumo.

Relaciones externas tanto nacionales como con otros países,

fundamentalmente Iberoamérica.

Coordinación con las Comunidades Autónomas.

Ejerce la Secretaría de la Comisión de Cooperación de Consumo.

Relaciones con los administrados.

Asimismo, a este Área le atañen las relaciones del Instituto Nacional

del Consumo con el Parlamento, con el Defensor del Pueblo y con las

asociaciones de consumidores.

Tramita los Convenios de colaboración en materia de consumo entre

el Instituto Nacional del Consumo y distintos organismos nacionales o

supranacionales.

Ejerce la Secretaría del Consejo de Consumidores y Usuarios.

Apoyo a los órganos rectores del Instituto Nacional del Consumo.

Área de Coordinación de la Inspección de Consumo.

Su campo de actuación es el de los productos alimenticios y de los

productos industriales que no entrañen riesgos para la salud.

Elabora las propuestas de ordenación relativas al control en materia

de consumo.

Coordina y planifica el apoyo técnico a los Servicios de Inspección

de Consumo.

Trabaja en el ámbito de las relaciones internacionales y de la legislación

comunitaria en materia de consumo, así como de la regulación de productos

alimenticios.

Incluye entre sus ocupaciones aspectos generales en materia de

infracciones y sanciones.

Coordinación y cooperación en el apoyo técnico a las Administraciones

públicas y organismos internacionales en materia de inspección, control

y sanción de productos y bienes de consumo.

Área de Servicios. En el ámbito de las prestaciones de servicios:

Ejerce funciones relativas a la tramitación y gestión de expedientes

a consultas e informes jurídicos en materia de prestación de servicios.

Asimismo elabora protocolos de control de mercado.

Desarrolla las funciones de tramitación de expedientes relativos a

legislación y normativa comunitaria en materia de servicios de consumo:

Proyectos de disposiciones para la transposición de Directivas comunitarias,

informes jurídicos sobre proyectos normativos de los Ministerios que

pueden incidir o no en temas de consumo.

Realiza informes ante consultas de Comunidades Autónomas en temas

relacionados con los consumidores, relativo a servicios.

Área de Seguridad de Productos de Consumo. Actúa en:

Gestión de la Red de Alerta de productos no alimenticios (Sistema

de Intercambio Rápido de Información comunitario y nacional sobre

productos de consumo peligrosos).

Control de productos en frontera, Campañas Nacionales de Inspección

y Control.

Realización de Convenios con sectores empresariales.

Sistema EHLASS.

Prospección del mercado y actuaciones sistemáticas.

Servicio de Análisis de Mercado y Seguimiento de la Publicidad. Su

actividad está centrada en:

El seguimiento de la actividad publicitaria y promocional de servicios

y productos, que se efectúa, principalmente, en medios de comunicación

de ámbito nacional.

Constituye el soporte administrativo para la coordinación de las

Comunidades Autónomas en actividades relacionadas con esta materia.

Asimismo esta unidad canaliza denuncias de particulares y

asociaciones para su posterior tramitación.

Centro de Investigación y Control de la Calidad. Se ocupa de:

La investigación y realización de análisis, pruebas y ensayos sobre

la calidad de bienes y servicios de uso y consumo.

La propuesta de establecimientos, de requisitos, exigencias y

condiciones para la homologación de análisis y pruebas.

La formación y asesoramiento del personal técnico.

Las actividades dirigidas al fomento de la calidad de bienes y servicios

de uso y consumo.

Dispone de un laboratorio donde se centra toda la actividad de la

realización de análisis de productos de uso y consumo, tanto en el campo

de la alimentación como de los productos industriales.

Coordina, impulsa y dirige esta actividad un Director de Laboratorios

del que dependen un Área y dos Servicios:

Área de Fomento de la Calidad:

Asume los análisis y funciones atribuidas al Servicio de Productos

Industriales:

Electricidad.

Mecánica y óptica.

Combustible.

Preparados químicos.

Depende del Área una Sección de Prevención del Fraude (Difusión,

acreditación de laboratorios, etc.).

Coordina y controla temas diversos, biblioteca, asuntos generales,

mantenimiento, almacén, etc.

Servicio de Productos Alimenticios:

Analiza muestras de productos de origen animal y vegetal, grasas e

hidratos de carbono, estimulantes, cereales y legumbres, bebidas,

dietéticos, platos preparados y conservas, confitería y condimentos.

Microbiología, parasitología, recepción y control de muestras.

Servicio de Programación y Control. Trabaja en los campos de:

Cromatografía y electroquímica.

Cromatografía de gases.

Cromatografía de líquidos.

Electroquímica.

Espectroscopia (IR, MASAS, AA, EP).

Microscopia electrónica.

Investigación.

El Centro de Investigación y Control de la Calidad realiza, asimismo,

proyectos de investigación en colaboración con diversos organismos, tanto

nacionales como internacionales.

El personal que trabaja para el Instituto Nacional del Consumo está

repartido entre sus dos centros: El de Príncipe de Vergara, 54, y el de

la avenida de Cantabria, sin número (Barajas), donde está ubicado el Centro

de Investigación y Control de la Calidad.

No sólo hay personal funcionario, sino también personal laboral, siendo

el Centro de Investigación y Control de la Calidad donde se concentra

una mayor cantidad de ellos.

Su número y distribución por niveles puede verse en el cuadro siguiente:

SIGUE CUADRO (Ver imagen página 35741)

Funcionarios de

Príncipe de Vergara

Funcionarios de Barajas

Grupo A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 Grupo A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44

Grupo B . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Grupo B . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

Otros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 Otros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69

Laborales de Príncipe Laborales de Barajas

Titulados Superiores . . . . . . . . 9 Titulados Superiores . . . . . . . . 6

Titulados Medios . . . . . . . . . . . . 5 Titulados Medios . . . . . . . . . . . . 1

Otros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 Ayudantes Técnicos . . . . . . . . 18

Auxiliares de Laboratorio . . 3

Recepcionistas . . . . . . . . . . . . . . 4

Especialistas Oficios . . . . . . . . 1

Almacén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1

Ordenanzas . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2

Programadores . . . . . . . . . . . . . . 1

Administración . . . . . . . . . . . . . 1

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38

Total personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 191

Diligencia: Para hacer constar que todas las operaciones registradas

en el sistema de información contable del Instituto Nacional del Consumo

con imputación al ejercicio de 2001 han sido fielmente reflejadas en las

cuentas anuales correspondientes a dicho ejercicio.

En Madrid a 8 de julio de 2002.-El Jefe de Contabilidad.

Doña Dolores Flores Cerdán, Vicepresidenta del Instituto Nacional del

Consumo, apruebo las cuentas anuales correspondientes al ejercicio

de 2001, así como su resumen, de acuerdo con lo que se establece en

la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de junio de 2000. La información

relativa a dichas cuentas queda contenida en un CDROM, debidamente

etiquetado, de acuerdo con lo que se establece en el anexo III de la citada

Orden, constando su resumen de 30 páginas numeradas correlativamente.

En Madrid a 8 de julio de 2002.

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