Vacantes los puestos de trabajo de personal de Administración
y Servicios que se relacionan en el anexo I, dotados
presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención
a las necesidades del servicio,
Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por
el artículo 20, en relación con el 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2000,
de 21 de diciembre, de Universidades, y por el artículo 35 de
los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real
Decreto 1287/1985, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de
31 de julio) ; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, según la redacción dada por la Ley
23/1988, de 28 de julio, en la relación de puestos de trabajo
de la Universidad, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ha
resuelto convocar concurso específico para cubrir los citados
puestos vacantes con arreglo a las siguientes
Bases de la convocatoria
Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los
funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad
Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos
y Escalas clasificados en los grupos B y C comprendidos en el
artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción
del personal docente e investigador, sanitario, de Correos y
Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte
Aéreo y Meteorología.
2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que
se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios
en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de
la situación de suspenso que hayan cumplido el período de
suspensión, excedencia voluntaria, y excedencia para el cuidado de
familiares.
3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán
participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones
a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28
de julio.
4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades
Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si
han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.
5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés
particular [artículo 29.3.c) de la Ley 30/1984], sólo podrán participar
si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha
situación.
6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado
de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo
podrán participar en el concurso si han transcurrido dos años
desde la toma de posesión de dicho puesto, salvo que participen
para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado,
Departamento u organismo en el que tengan reservado el puesto de
trabajo.
7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán
instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto
o puestos de trabajo solicitados que no suponga una modificación
exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de
valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal,
la información que estime necesaria en orden a la adaptación
aducida, así como el dictamen de los órganos técnicos de la
administración laboral, sanitaria o de los competentes del Ministerio
de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones
del puesto en concreto.
Tercera.-Los puestos de trabajo que pueden solicitarse se
detallan en el anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos
del Grupo que se señalan en el anexo I y Cuerpo o Escala de
los establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo de esta
Universidad.
Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de
acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se
detalla:
Primera fase:
4.1 Grado personal consolidado: Máximo 16 puntos.
4.1.1 Por grado personal superior al del puesto solicitado:
16 puntos.
4.1.2 Por grado personal igual al del puesto solicitado: 15
puntos.
4.1.3 Por grado personal inferior en uno o dos niveles al del
puesto solicitado: Ocho puntos.
4.1.4 Por grado personal inferior en tres o más niveles al
puesto solicitado: Un punto.
4.2 Valoración del trabajo desarrollado: La valoración del
trabajo desarrollado se hará en función del tiempo y las unidades
administrativas donde se hayan prestado los servicios con arreglo
a las siguientes puntuaciones y con un máximo de 30 puntos:
4.2.1 Por servicios prestados en la sección o el servicio
convocados: Cinco puntos por año trabajado.
4.2.2 Por servicios prestados en la UNED en la misma área:
3,75 puntos por año trabajado.
4.2.3 Por servicios prestados en la UNED en distinta área:
dos puntos por año trabajado.
4.2.4 Por los servicios prestados en otras Administraciones:
0,1 punto por año trabajado.
A aquellos funcionarios que de forma permanente hubieran
desarrollado tareas en unidades que en el momento de su puesta
en funcionamiento no estuvieran incluidas en la RPT se les
computará el tiempo de servicios prestados, a los efectos de valoración
del trabajo desarrollado desde el momento de su incorporación
a la unidad.
Son la misma área a estos efectos:
Las Unidades de Gestión Económica Financiera.
Las Unidades de Gestión Académica.
Las Unidades de Servicios Generales.
Bibliotecas.
4.3 Cursos de formación y perfeccionamiento.-Se valorarán
los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el
área de actividad a la que se opta, impartidos por organismos
e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones
Públicas. Los referidos cursos, podrán ser valorados con un
máximo de 11 puntos, a razón de 0,07 puntos por hora lectiva:
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán
mediante presentación de fotocopia, debidamente cotejada de la
certificación, título o diploma correspondientes, excepto los
realizados en la UNED que figuren en el expediente administrativo,
en la Sección de Personal de Administración y Servicios.
4.4 Antigüedad.-Se valorará por tiempo de servicios con un
máximo de doce puntos y a razón de:
4.4.1 Por año de antigüedad en la UNED: 0,6 puntos.
4.4.2 Por año de antigüedad en otras Administraciones
Públicas: 0,25 puntos.
La puntuación mínima para pasar a la segunda fase se establece
en 40 puntos.
Segunda fase: Para acceder a esta fase, el/la aspirante deberá
obtener en la primera fase, al menos, 40 puntos.
4.5 Méritos específicos.-La puntuación máxima será de 31
puntos, de los cuales cuatro se otorgarán solamente para el cuerpo
superior en las plazas de adscripción igual o distinta a dos cuerpos
(Grupo A cuando se convoque Servicios y B cuando se convoquen
Secciones).
Se otorgarán otros cuatro puntos en función de:
Nivel de desempeño superior o igual (experiencia): Seis.
Nivel de desempeño inferior: Dos.
Los méritos de medición no automática, que no excederán
de 21, se considerarán a tenor de las puntuaciones otorgadas
por los miembros de la Comisión de Valoración desechando la
máxima y la mínima concedidas, o una de las repetidas.
Quinta.-La propuesta de Resolución para cada una de las
plazas convocadas, deberá recaer sobre la persona candidata que
haya obtenido la mayor puntuación, sumados los resultados finales
de las dos fases.
En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo
dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate,
una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante
cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la letra
"S", de conformidad con lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 18 de
marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" del 2 de abril), por
la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 8 de
marzo.
Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos
imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del
modelo que figura como anexo IV de esta Resolución. Dicho
certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia
de personal de cada organismo, o por la Sección de Personal
de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate
de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado
de familiares.
En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán
expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que
figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General
de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de
la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado
para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,
asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales
certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del
Ministerio u organismo donde tuvieran su último destino definitivo.
Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso
acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la
terminación de su período de suspensión.
3. Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
4. Los expectantes de destino por supresión del puesto
aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General
de la Función Pública.
Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este
concurso, dirigidas a la excelentísima señora Rectora Magnífica de
la Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán
al modelo publicado como anexo II de esta Resolución y se
presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente
al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", bien directamente en las Unidades de Atención
al Público (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo, 38, 28015
Madrid ; Edificio de Humanidades, calle Senda del Rey, sin número,
y Pabellón de Gobierno, Ciudad Universitaria, sin número, 28040
Madrid, bien en las formas establecidas en el
artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación
que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,
adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos
respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o
justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.
Los anexos a presentar son los siguientes:
Anexo II: Solicitud de participación.
Anexo III: Puesto solicitado, por orden de referencia.
Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.
Anexo V: Currículum vitae profesional.
3. En el supuesto de estar interesados en las vacantes que
se anuncian en este concurso dos funcionarios, aunque
pertenezcan a distintos Cuerpos o Escalas, podrán condicionar su petición,
por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos
obtengan destino en este concurso, entendiéndose, en caso contrario,
anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes
que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a
su instancia una fotocopia de la petición del otro, y expresarlo
en el recuadro correspondiente de la solicitud.
Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente
Comisión:
Titulares:
Presidenta: Doña Paloma Isla Álvarez de Tejera, Jefa de
Servicio de Infraestructura.
Vocales: Doña Paz del Rincón Sánchez, Administradora de la
Facultad de Ciencias Políticas y Sociología ; doña Julia González
Mangada, Jefa de Sección de Información y Registro General, y
doña Beatriz Jiménez Marsá, Administradora Facultad de CC.EE.
y Empresariales.
Secretaria: Doña Reyes Zuriaga Peralbo, Jefa de Sección de
Personal Docente.
Suplentes:
Presidente: Doña María Antonia González Díez, Jefa de Servicio
de Presupuestos y Sistemas.
Vocales: Don Manuel Lorenzo Orive, Jefe de Sección de
Servicios Generales, y doña Montserrat Nieto Asensio, Jefa de Sección
de Difusión y Distribución.
Secretario: Don Jesús Santaengracia Peña, Jefe de Sección
de Producciones Audiovisuales y Nuevas Tecnologías.
Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación
de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para
el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto
si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar
el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre
ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción
realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del
plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del
otro puesto.
2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto
de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.
Décima.-El plazo para la resolución del concurso será de cinco
meses, contados desde el día siguiente al de la finalización de
la presentación de solicitudes.
Undécima.-1. Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
la resolución del Rectorado, determinando el puesto de trabajo
que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.
2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido
será de tres días, si radica en la misma localidad, o de un mes,
si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio
activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que
resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al
servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
el día siguiente a dicha publicación.
3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez
finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido
concedidos a los interesados.
4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como
de servicio activo.
Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de
reposición, ante la excelentísima y magnífica señora Rectora de esta
Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 10 de septiembre de 2002.-La Rectora, María Araceli
Maciá Antón.
ANEXO I
Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: Madrid
Complemento
específico
-Euros
Número
de orden Denominación del puesto Descripción Nivel Adsc.
grupo Méritos específicos Puntos
máximos
1 Jefe/a Sección Gestión
Administrativa,
Facultad de Derecho.
Responsable, bajo la dependencia
orgánica de la Administradora de la
Facultad de Derecho, de la gestión
administrativa-académica en el área de
alumnos. Dirección y coordinación de
las unidades administrativas
dependientes de la Sección. Coordinación
de las aplicaciones informáticas de
gestión de alumnos.
22 7.282,56 B/C Conocimiento y experiencia en gestión
y tramitación administrativa de
expedientes académicos del alumnado
(preinscripción, matrículas, traslados,
convalidaciones, certificaciones
académicas, actas...).
Conocimiento y experiencia en dirección
de equipos de trabajo.
Conocimientos generales de
microinformática y sistemas de informatización
y mecanización.
31
2 Jefe/a Sección Gestión
Administrativa,
Facultad de Ciencias.
Responsable, bajo la dependencia
orgánica de la Administradora de la
Facultad de Derecho, de la gestión
administrativa-académica en el área de
alumnos. Dirección y coordinación de
las unidades administrativas
dependientes de la Sección. Coordinación
de las aplicaciones informáticas de
gestión de alumnos.
22 7.282,56 B/C Conocimiento y experiencia en gestión
y tramitación administrativa de
expedientes académicos del alumnado
(preinscripción, matrículas, traslados,
convalidaciones, certificaciones
académicas, actas...).
Conocimiento y experiencia en dirección
de equipos de trabajo.
Conocimientos generales de
microinformática y sistemas de informatización
y mecanización.
31
3 Jefe/a Sección de
Gestión Administrativa.
Responsable, bajo la dependencia del
Jefe del Servicio de Ordenación
Académica, de todos los asuntos de
gestión económico-presupuestaria y
académica-administrativa que desde el
Servicio le sean encomendados, así
como coordinación de procedimientos
en las diversas secciones/negociados
de alumnos y de las aplicaciones
informáticas de gestión de alumnos.
22 7.282,56 B/C Conocimiento y experiencia en gestión
económico-presupuestaria,
seguimiento de presupuestos en centros
descentralizados, confección de
expedientes económicos.
Conocimiento y experiencia en
confeccionar procedimientos (elaboración de
los impresos, normas de
procedimientos), y en gestión y tramitación
administrativa de expedientes académicos
de alumnos (resolución de cuestiones
sobre titulaciones, manejo de la
normativageneralde gestiónuniversitaria
y especialmente relacionadas con los
nuevos planes de estudio).
Conocimientos generales de
microinformática (Windows, Word, Access),
sistemas de informatización y
mecanización, así como de los programas
informáticos específicos de la gestión de
alumnos.
31
ANEXO II
Concurso especifico convocado por Resolución de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha .............
("Boletín Oficial del Estado" núm. ............)
Solicitud de participación en el concurso específico que
formula:
Don/doña .......................................................,
documento nacional de identidad número ..........................
domicilio ........................, teléfono ........................,
localidad .........................., C. P. ..........................,
Administración a la que pertenece .................................,
Número de Registro de Personal ............., grupo .............
grado consolidado ...................................................
Solicita: Participar en el concurso referenciado en el
encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al efecto
acompaña reseña del puesto al que aspira, así como la
documentación que en el índice se detalla, justificativa de circunstancias,
requisitos y méritos.
Condiciona su solicitud a la de otro funcionario: (base 7.3 de
la convocatoria)
SÍ [ ] NO [ ]
En ............ a ............ de ............ de 200 ............
ANEXO III
Concurso específico convocado por Resolución de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha .............
("Boletín Oficial del Estado" número ..........)
Reseña del puesto que solicita don/doña .......................
Número
del puesto Denominación del puesto
ANEXO IV: (Ver imágenes páginas 36273 y 36274)
ANEXO V
Currículum vitae
A) Datos personales:
Apellidos:
Nombre:
Documento nacional de identidad:
Domicilio (calle):
Domicilio (localidad):
Código postal:
Teléfono:
B) Datos profesionales:
Cuerpo o Escala:
Nivel de complemento de destino:
Grado consolidado:
Historial profesional (con breve descripción de tareas):
C) Datos académicos y aptitudes:
Títulos:
Cursos:
Idiomas:
Otros:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid