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Documento BOE-A-2002-20261

Resolución de 17 de octubre de 2002, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 29 de agosto de 2002, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se modifica la Resolución de 5 de julio de 2002, por la que se conceden becas nuevas, para primer año de estudios, en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, durante el curso académico 2002-2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 18 de octubre de 2002, páginas 36680 a 36680 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2002-20261

TEXTO ORIGINAL

Las Secretarías de Estado para la Cooperación Internacional y para

Iberoamérica y de Educación y Universidades han dictado, con fecha 29

de agosto de 2002, una Resolución por la que se modifica la Resolución

de 5 de julio de 2002, por la que se conceden becas nuevas, para primer

año de estudios, en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, durante

el curso académico 2002-2003.

Para general conocimiento se dispone su publicación como anexo a

la presente Resolución.

Madrid, 17 de octubre de 2002.-La Subsecretaria, Dolores de la Fuente

Vázquez.

ANEXO

Resolución de 29 de agosto de 2002, de la Secretaría de Estado para

la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y de la Secretaría

de Estado de Educación y Universidades, por la que se modifica la

Resolución de 5 de julio de 2002, por la que se conceden becas nuevas, para

primer año de estudios, en el Instituto Universitario Europeo de

Florencia, durante el curso académico 2002-2003

Habiéndose producido las renuncias de don J. Aitor Erce Domínguez,

doña Marta Felis Rota, don Francisco Simón Millán y doña María Isabel

Kopcke Tinture, disponemos:

Primero.-Aceptar dichas renuncias.

Segundo.-Conceder beca a la suplente doña María Elena Martínez

Barahona.

Tercero.-Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo

establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 66 de la

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción

dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses

a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 29 de agosto de 2002.-El Secretario de Estado para la

Cooperación Internacional y para Iberoamérica, Miguel Ángel Cortés.-El

Secretario de Estado de Educación y Universidades, Julio Iglesias de Ussel.

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