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Documento BOE-A-2002-20442

Resolución de 1 de octubre de 2002, de la Mutualidad General Judicial, por la que se da publicidad al resumen de las cuentas anuales del organismo correspondientes al ejercicio 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2002, páginas 37074 a 37078 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2002-20442

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 28 de junio de 2000, por la que se regula la obtención

y rendición de cuentas a través de soporte informático para los organismos

públicos a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para

la Administración Institucional del Estado, establece en el punto 6 del

apartado primero que dichos organismos habrán de publicar en el "Boletín

Oficial del Estado" la información contenida en el resumen de las mismas,

a que se refiere el punto 3 del apartado primero de esta Orden.

Por todo ello, esta Presidencia de la Mutualidad General Judicial ha

tenido a bien disponer la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

del resumen del contenido de las cuentas anuales correspondientes al

ejercicio 2001, que figura en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 1 de octubre de 2002.-El Presidente, Benigno Varela Autrán.

ANEXO: (Ver imágenes páginas 37075 a 37077)

D.1 Organización.

a) Creación: La Mutualidad General Judicial fue creada por el Real

Decreto-ley 16/1978, de 7 de junio, como una persona jurídica de derecho

público, excluida del ámbito de aplicación de la Ley de Régimen Jurídico

de las Entidades Estatales Autónomas de 26 de diciembre de 1958, teniendo

capacidad jurídica y patrimonio propio para el cumplimiento de sus fines.

Posteriormente por el Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio,

se aprobó el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre

el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la

Administración de Justicia, derogando expresamente el anterior Real

Decreto-ley.

b) Actividad:

La Mutualidad General Judicial ampara de modo inmediato todas las

contingencias derivadas de la alteración de la salud, la incapacidad laboral

y las cargas familiares, del personal funcionario al servicio de la

Administración de Justicia.

c) Los órganos de gobierno de la Mutualidad son los siguientes:

1) La Asamblea General de Compromisarios, órgano supremo de

gobierno, integrada por representantes de las distintas carreras y Cuerpos

al servicio de la Administración de Justicia.

2) La Junta de Gobierno, órgano de dirección y gestión, integrada

por:

El Presidente de la Mutualidad, órgano de representación de la

Mutualidad. Presiden los órganos colegiados, y es designado por el Presidente

del Tribunal Supremo, a propuesta, en terna, de la Asamblea General.

Seis Consejeros, representantes de las distintas carreras y Cuerpos

al servicio de la Administración de Justicia, son designados por la Asamblea

General.

El Tesorero y el Secretario, designados por la Asamblea General.

El Interventor, nombrado por el Ministro de Justicia.

3) El Gerente, órgano ejecutivo de la Mutualidad. Desempeña la

jefatura de los servicios administrativos, técnicos y económicos, bajo la

inmediata dependencia del Presidente. Será designado por la Junta de Gobierno

a propuesta del Presidente.

4) Departamentos técnicos: Existen los siguientes:

Servicios Centrales de Madrid:

Secretaría General.

Área de Administración Financiera y de Contabilidad.

Dos Consejerías Técnicas.

Servicio de Informática.

Servicio de Afiliación.

Servicio de Prestaciones.

Servicio de Régimen Interior y Gestión de Personal.

Servicio de Fondo Especial.

Delegaciones Provinciales: Cuarenta y nueve Delegados provinciales.

d) Organización: La gestión y contabilidad de MUGEJU es

centralizada. Las Delegaciones representan a la Mutualidad en las provincias y

sirven de enlace con los Servicios Centrales de Madrid. El único aspecto

que podría tener características descentralizadas es la gestión, por las

Delegaciones, de fondos para gastos encuadrados en "Anticipos de Caja

Fija", con una media por Delegación, en el año 2001, de 330 euros anuales.

Para ello se aperturó, en su día, una cuenta corriente por cada Delegación

Provincial. Trimestralmente, coincidiendo con los trimestres naturales y

antes del día 20 del mes siguiente, deben rendir a los Servicios Centrales

los estados de situación de Tesorería, copia de la hoja de control de gastos

y/o reposiciones, acompañado de la copia del extracto bancario a fecha

del último día del trimestre de referencia. Anualmente, o en el momento

de necesitar reposición de fondos, deben remitir la cuenta justificativa

junto con las facturas originales debidamente conformadas.

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