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Publicada la convocatoria de ayudas para el desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación mediante Resolución de 26 de julio de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de agosto), se comprueba que se ha producido un error en el anexo I «Relación de estudios de sector financiables a través de la presente convocatoria», en el apartado «coste máximo» del estudio referido a «Actividades agrarias forestales y pecuarias».
En su virtud, consultadas las organizaciones empresariales y sindicales firmantes de los III Acuerdos de Formación Continua, dispongo:
Uno. Se modifica el anexo I de la Resolución de 26 de julio de 2002, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el desarrollo de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, correspondiente al ejercicio 2002, en el apartado correspondiente al estudio de «Actividades agrarias forestales y pecuarias», en los términos que figuran en el anexo que se adjunta a la presente Resolución.
Dos. Se establece un plazo de quince días naturales para la presentación de solicitudes en relación con el estudio sectorial a que hace referencia el apartado anterior, de acuerdo con las disposiciones que regulan la convocatoria que se modifica.
Madrid, 3 de octubre de 2002.–La Directora general, Dolores Cano Ratia.
Estudio a realizar: Actividades agrarias forestales y pecuarias. Condiciones específicas a añadir a las prescripciones técnicas y actividades económicas que debe incluir: Ninguna condición añadida. Nomenclatura CNAE: 01.1, 01.2, 01.3, 01.4, 01.5 y 02.0. Comisión paritaria sectorial: Actividades agrarias forestales y pecuarias. Coste máximo: 615.000.
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