Por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,
APA/476/2002, de 26 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" número 56,
de 6 de marzo), se convocaron becas de formación para Titulados
Superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias.
En el artículo 16 de la Orden de convocatoria se establece que, en
caso de renuncia por un adjudicatario, la beca podrá ser adjudicada a
uno de los suplentes designados.
Vista la renuncia presentada por el adjudicatario a una beca para
Licenciado en Veterinaria, adjudicada mediante Resolución del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación de 19 de julio de 2002, y la propuesta
de resolución de la Subdirección General de Estadísticas Agroalimentarias,
órgano encargado de la instrucción del procedimiento, por Resolución del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 2 de septiembre de
2002, se resolvió adjudicar dicha beca a favor de uno de los suplentes.
Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden
APA/476/2002, de 26 de febrero, y en virtud de las atribuciones conferidas
por el ordenamiento jurídico vigente,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.-Hacer público el extracto de la Resolución de 2 de septiembre
de 2002 por la que se adjudica, hasta el 30 de septiembre de 2003, por
renuncia del adjudicatario, una beca de formación para Titulados
Superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias, por la titulación de
Licenciado en Veterinaria, a la beneficiaria doña Iria Soto Tejedor, con
documento nacional de identidad número 02.911.223-K.
La dotación económica asciende a 865 euros mensuales, cuantía que
se actualizará para el año 2003 aplicando la tasa media anual de variación
del Índice de Precios de Consumo en el año precedente.
Segundo.-El texto íntegro de la adjudicación, Resolución de 2 de
septiembre de 2002, se encuentra expuesto en el tablón de anuncios situado
en la parte derecha del vestíbulo de entrada de la sede central del
Departamento (paseo de Infanta Isabel, número 1, 28014 Madrid), donde podrá
ser consultado durante los quince días siguientes a la publicación de esta
Resolución.
Tercero.-La resolución del procedimiento, del que se da publicidad,
pone fin a la vía administrativa; contra ella podrá recurrirse
potestativamente en reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura,
Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su notificación o publicación, al amparo de lo dispuesto
en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero, que la modifica, o ser impugnada directamente ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo
de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11 y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de
13 de julio.
Madrid, 30 de septiembre de 2002.-El Subsecretario, Manuel Lamela
Fernández.
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