CONVENIO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES DE CAPITAL DE GARANTÍA
Convenio de Suscripción de Acciones de Capital de Garantía que celebran, por una parte, la Corporación Andina de Fomento (en lo sucesivo "La Corporación"), representada por su Presidente Ejecutivo, señor don L.
Enrique García, y, por la otra, el Reino de España (en lo sucesivo "El Reino"), representado por el excelentísimo señor don Rodrigo de Rato y Figaredo, en su calidad de Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía, de conformidad con las siguientes cláusulas:
Primera.-"El Reino" conviene con "La Corporación" en suscribir cuarenta mil (40.000) acciones de la serie "C" para Capital de Garantía de "La Corporación", cada una con valor de cinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5.000) ; siendo el precio total de las acciones la cantidad de doscientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200.000.000).
Segunda.-Las características de las acciones de Capital de Garantía de la serie "C", así como las condiciones para el pago de las mismas, son las que se señalan en el artículo 5, punto 2, del Convenio Constitutivo.
Tercera.-Para los efectos del presente Convenio, las partes señalan como domicilio, los siguientes:
Dirección General de Financiación Ministerio de Economía, Paseo de la Castellana, 162, Madrid, España
Corporación Andina de Fomento Edificio "Torre CAF", Avenida Luis Roche-Altamira Caracas, Venezuela Fax: (582) 209 2211 Cuarta.-El presente Convenio entrará en vigor en la fecha en la cual las Partes se notifiquen mutuamente que han cumplido los requisitos constitucionales, legales y estatutarios necesarios para tal fin.
Quinta.-En lo no previsto por este Convenio, las Partes se pondrán de acuerdo en forma amigable.
El presente Convenio de suscripción de acciones de Capital de Garantía se firma en dos ejemplares, en la ciudad de Madrid, a los dieciocho (18) días del mes de febrero de dos mil dos.
Por el Reino de España,
Excmo. Sr. D. Rodrigo de Rato y Figaredo,
Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía
Por la Corporación Andina de Fomento,
Sr. D. L. Enrique García,
Presidente Ejecutivo
El presente Acuerdo entró en vigor el 3 de octubre de 2002, fecha de la última notificación cruzada entre las Partes comunicando el cumplimiento de los respectivos requisitos legales, según se establece en su cláusula cuarta.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 17 de octubre de 2002.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.
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