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Documento BOE-A-2002-21740

Orden ECO/2778/2002, de 16 de octubre, de revocación a la entidad "Munat, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de Enfermedad y de inscripción en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras del mencionado acuerdo de revocación en el citado ramo.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2002, páginas 39653 a 39653 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-21740

TEXTO ORIGINAL

La entidad "Munat, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima" se

encuentra autorizada para operar en los ramos de accidentes, enfermedad,

vehículos terrestres (no ferroviarios), vehículos marítimos, lacustres y

fluviales, incendio y elementos naturales, otros daños a los bienes,

responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida la

responsabilidad civil del transportista), responsabilidad civil en vehículos

marítimos, lacustres y fluviales (comprendida la responsabilidad civil del

transportista), responsabilidad civil general, pérdidas pecuniarias

diversas, defensa jurídica y asistencia.

Con fecha 5 de agosto de 2002 la entidad "Munat, Seguros y Reaseguros,

Sociedad Anónima" comunicó su renuncia expresa la autorización

administrativa para operar en el ramo de Enfermedad de acuerdo con lo

establecido en la letra a) del apartado 1 del artículo 25 de la Ley 30/1995,

de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

A la vista de la solicitud efectuada por la entidad, al amparo de lo

dispuesto en el artículo 25.1.a) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre,

de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y 81.1.1.o del

Reglamento aprobado por Real Decreto 2486/1998 y demás disposiciones

aplicables al efecto, he resuelto:

Primero.-Revocar a la entidad "Munat, Seguros y Reaseguros, Sociedad

Anónima" la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad

aseguradora en el ramo de Enfermedad.

Segundo.-Inscribir en el Registro Administrativo de Entidades

Aseguradoras el acuerdo de revocación de la autorización administrativa

concedida a la entidad "Munat, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima",

para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de Enfermedad.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, de

conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional

decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento

de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter

potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir

del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos

116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se

podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos

meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con

lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 16 de octubre de 2002.-El Ministro, P. D.

(Orden ECO/2489/2002, de 3 de octubre, "Boletín Oficial del Estado" del 10),

el Secretario de Estado de Economía, Luis de Guindos Jurado.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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