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Documento BOE-A-2002-22001

Orden de 8 de noviembre de 2002, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de corrección de errores de la de 17 de octubre de 2002, por la que se convoca concurso de traslados para los funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 13 de noviembre de 2002, páginas 39898 a 39899 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-A-2002-22001

TEXTO ORIGINAL

Detectado error, por omisión, en la base sexta de la Orden

de 17 de octubre de 2002, por la que se convoca concurso de

traslados para los funcionarios de diferentes Cuerpos Docentes

("Boletín Oficial del Estado" del 28), esta Consejería de Educación,

Cultura y Deportes, en base a las atribuciones que le confiere

la legislación vigente, dispone:

Primero.-Corregir el error por omisión detectado en la base

sexta de la Orden de 17 de octubre de 2002, de la siguiente

forma:

Donde dice:

"Sexta. Derecho preferente a plazas del mismo centro de

destino definitivo, correspondientes a la nueva especialidad adquirida,

en virtud de los procedimientos convocados al amparo del Título III

del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio.

6.1 De conformidad con lo dispuesto en la disposición

adicional decimotercera del Real Decreto 2112/1998, de 2 de

octubre, los funcionarios que, hayan adquirido nuevas especialidades

al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 850/1993, de 4

de junio, gozarán de preferencia, por una sola vez, con ocasión

de vacante, para obtener destino en plazas de la nueva especialidad

adquirida en el centro donde tuvieran destino definitivo."

Debe decir:

"Sexta. Derecho preferente a plazas del mismo centro de

destino definitivo, correspondientes a la nueva especialidad adquirida,

en virtud de los procedimientos convocados al amparo del Título III

del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, o del de adscripción

a nuevas especialidades de la formación profesional específica

convocado por Orden de 22 de enero de 2002 ("Boletín Oficial de

Canarias" del 28).

6.1 De conformidad con lo dispuesto en la disposición

adicional decimotercera del Real Decreto 2112/1998, de 2 de

octubre, los funcionarios que, hayan adquirido nuevas especialidades

al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 850/1993, de 4

de junio, o del procedimiento de adscripción a nuevas

especialidades de la formación profesional específica convocado por

Orden de 22 de enero de 2002 ("Boletín Oficial de Canarias" del

28), gozarán de preferencia, por una sola vez, con ocasión de

vacante, para obtener destino en plazas de la nueva especialidad

adquirida en el centro donde tuvieran destino definitivo."

Santa Cruz de Tenerife, 8 de noviembre de 2002.-El

Consejero, José Miguel Ruano León.

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