Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso
de traslados convocado por Resolución de la Secretaría de Estado
de 18 de julio de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" del 31) y
Resolución 153/2002, de 18 de julio, del Director General de
Justicia, para cubrir plazas vacantes en Juzgados de Paz y
Agrupaciones de Juzgados de Paz, entre Secretarios de Paz, Oficiales,
Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,
Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio del Poder Judicial, el Reglamento Orgánico de Secretarios de
la Justicia Municipal aprobado por Decreto de 12 de junio de 1.970
y el Capítulo III del Título IV del Reglamento Orgánico de los Cuerpos
de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,
aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, ha
dispuesto:
Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter
definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado
en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha
mencionada anteriormente, que se corresponden con los
relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria.
Segundo.-Declarar caducadas las instancias presentadas por
los participantes en el presente concurso que no han obtenido
destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos
de traslados.
Tercero.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el
presente concurso, salvo que se pretendan amortizar ante
modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de
un Centro de Trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista
en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por
funcionarios de nuevo ingreso.
Cuarto.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el "Boletín
Oficial del Estado", debiendo posesionarse del nuevo destino
obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese,
si no hay cambio de localidad, o en los diez días naturales
siguientes, en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la
Administración competente respecto a la plaza obtenida en
concurso.
Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la
Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o
Agentes, el plazo posesorio deberá de computarse desde el día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado", pero en el presente caso dicho plazo no resulta
retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso
en los cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no
puede ser computado como de servicios efectivos.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del
presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no
quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la
Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,
Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso
retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en
caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse
a Canarias, islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el
permiso podrá ser de hasta tres días [artículo 66.1.g) del Reglamento
Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la
fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva
plaza de reingreso.
Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia
Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio
en el cuerpo de procedencia si ésta se produce en un cuerpo al
servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les
tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en
los cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes, al objeto de evitar
la interrupción en la percepción de sus haberes.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas
que han sido adjudicadas, cesarán el día anterior en que se
produzca la toma de posesión del titular.
Contra esta Resolución podrán los interesados interponer
recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín
Oficial de Navarra".
Pamplona, 31 de octubre de 2002.-El Director general, José
María Abad Alegría.
ANEXO I
Navarra
Apellidos y nombre: Itoiz Navarro, Luis Antonio. Documento
nacional de identidad: 15.831.986. Cuerpo: Oficiales.
Preferencia: Derecho. Años: Cero. Meses: Cero. Días: Uno. Id.: Cero. Inf.:
Cero. Puntos: 0,003. Categoría: Of. Secret. Destino adjudicado:
Juzgado de Paz (A. M.). Localidad: Sangüesa. Provincia: Navarra.
Destino actual: Excedente.
ANEXO II
Relación de excluidos
Ámbito: Navarra.
Ninguno.
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