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Documento BOE-A-2002-22497

Resolución de 29 octubre 2002, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria específica de ayudas para prácticas de formación en la AECI y en entidades públicas colaboradoras para titulados superiores universitarios, año 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 2002, páginas 40697 a 40702 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2002-22497

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas y actividades de cooperación que

desarrolla la Agencia Española de Cooperación Internacional en el ámbito

de Cooperación Internacional para el Desarrollo, debe atenderse también

a la formación de gestores y expertos mediante el ofrecimiento de un

periodo de prácticas en la sede de la AECI y eventualmente en la de

otras entidades públicas con las que la AECI colabora en la realización

de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo. En atención

a lo anterior, se procede a la convocatoria específica de ayudas económicas

a titulados universitarios para realizar prácticas de formación en la Agencia

Española de Cooperación Internacional, en el año 2003.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado

cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 ("Boletín Oficial del Estado",

de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 ("Boletín

Oficial del Estado", de 3 de febrero), por la que se regula la concesión

de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional ;

el Real Decreto 2225/93, de 17 de diciembre, ("Boletín Oficial del Estado"

de 30 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento

para la concesión de subvenciones públicas, y en atención a lo establecido

en el apartado primero 1.d) de la Resolución de 29 de diciembre de 2000

("Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero de 2001) de la Secretaría

de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y

Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que

se delegan en el Secretario General de la AECI y otras autoridades y

funcionarios de la misma determinadas competencias, esta Secretaría general

ha resuelto,

Primero.-Aprobar la convocatoria específica de ayudas a la formación

para que titulados superiores universitarios realicen prácticas de gestión

en programas de cooperación internacional para el desarrollo en su sede

central y eventualmente en la de otras entidades públicas con las que

la AECI colabora, conforme a las condiciones generales que se recogen

en el anexo I.

Segundo.-La presente Resolución será publicada en el "Boletín Oficial

del Estado", y expuesta en el tablón de anuncios de la Agencia Española

de Cooperación Internacional (AECI) y en su página de Internet www.

aeci.es.

Madrid, 29 de octubre de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución de

29 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero

de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmos. Sres. Directores generales de Cooperación con Iberoamérica,

Cooperación con África, Asia y Europa Oriental y de Relaciones Culturales

y Científicas, Director del Gabinete Técnico, Vicesecretaria General y

Subdirector General de Cooperación Multilateral y Horizontal de la

Agencia Española de Cooperación Internacional.

ANEXO I

Convocatoria específica de ayudas para prácticas de formación en la

AECI y en entidades públicas colaboradoras para titulados superiores

universitarios, año 2003

Condiciones generales

Según lo establecido en el punto 1, apartado cuarto, de la Orden

Ministerial de 26 de marzo de 1992, por la que se regula la concesión de becas

y ayudas, la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI),

convoca hasta un máximo de 12 ayudas para que titulados superiores puedan

realizar prácticas complementarias en la gestión de programas de

cooperación para el desarrollo en la sede central de la AECI y eventualmente

en otras entidades públicas con las que este Organismo colabore hasta

el 31 de diciembre de 2003, por un importe máximo de 133.344 euros,

con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134A.486.04 Su concesión

estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado

y suficiente en los ejercicios correspondientes.

Para la concesión de las ayudas, objeto de la presente convocatoria,

serán de aplicación las siguientes condiciones generales:

1. Finalidad y Objeto.-La AECI convoca estas ayudas con la finalidad

de fomentar la cooperación internacional para el desarrollo en sus distintos

ámbitos y formar especialistas españoles en la materia.

El objetivo concreto de esta convocatoria es la realización de prácticas

de formación de gestores y expertos en cooperación internacional para

el desarrollo en las unidades de la propia AECI (Dirección General de

Cooperación con Iberoamérica, Dirección General de Cooperación con

Africa, Asia y Europa Oriental, Dirección General de Relaciones Culturales

y Científicas, Gabinete Técnico, Vicesecretaría General y Subdirección

General de Cooperación Multilateral y Horizontal) o en otras entidades

vinculadas o dependientes de la AECI.

2. Requisitos para solicitar y conceder una ayuda.

1. Poseer la nacionalidad española.

2. Tener titulación superior universitaria (licenciado, ingeniero o

arquitecto).

3. Ser menor de treinta y cinco años de edad en la fecha de publicación

de esta convocatoria.

4. Poseer conocimientos de idioma/s extranjero/s.

5. Poseer aptitud psico-física para realizar las prácticas previstas y

no padecer enfermedades infecto-contagiosas.

6. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad

Social, si las tuviere.

3. Condiciones económicas.

A) Dotación: La convocatoria comprende 12 asignaciones mensuales

de 900 euros cada una, de las que se deducirán las retenciones fiscales

correspondientes. Dichas asignaciones serán percibidas a mes vencido.

B) Seguro médico: El beneficiario estará amparado por un seguro

de asistencia médica primaria no farmacéutico y de accidentes, en las

condiciones que se recogen en la póliza suscrita por la AECI con la

compañía aseguradora correspondiente, para enfermedades no contraídas con

anterioridad al inicio de las prácticas de formación reguladas por esta

convocatoria.

C) Forma de pago: El pago de la ayuda se realizará mensualmente

mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada por el beneficiario.

4. Documentación que deben presentar los solicitantes.

a) Impreso de solicitud de ayuda (anexo II). El impreso debe ser

cumplimentado en su totalidad.

b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

c) Currículum vitae (máximo cuatro folios).

d) Copia del título y del expediente académico.

e) Escrito razonado, de un máximo de dos folios, en el que el

solicitante exponga su actividad previa -si la hubiera- en materia de

cooperación internacional ; así como sus preferencias temáticas y geográficas

y su disposición al aprovechamiento futuro de los conocimientos

adquiridos.

f) Documento acreditativo del conocimiento de idioma/s extranjero/s

con especificación del grado o nivel alcanzado.

g) Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar las

prácticas proyectadas y no padecer enfermedades infecto-contagiosas,

extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

h) Dos fotografías tamaño carné con el nombre y apellidos al dorso.

i) Justificantes de estar al corriente de las obligaciones tributarias

y de la Seguridad Social o declaración responsable (anexo III).

j) Cualquier otro documento o título que el interesado considere que

puede contribuir a la mejor valoración de su solicitud.

Los impresos de solicitud y de declaración responsable (anexos II y

III), podrán obtenerse por medio de la dirección de Internet www.aeci.es

/Subvenciones y Ayudas/Convocatorias en vigor y en el Centro de

Información de la AECI, avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid (España),

teléfonos 91 583 85 98/99.

5. Presentación de solicitudes.-El plazo de presentación de

solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente

a la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Estas

deberán ser presentadas en el Registro General de la Agencia Española

de Cooperación Internacional (Avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040

Madrid/España), o en los registros de los organismos administrativos a

que refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

6. Subsanación de errores.-Una vez cerrado el plazo de admisión

de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios y en la página

web de la AECI (www.aeci.es), la lista de las solicitudes presentadas con

indicación de su situación (completas, incompletas y desestimadas).

Las solicitudes incompletas o con defectos serán relacionadas como

admitidas provisionalmente, concediéndose un plazo de diez días naturales

para que los interesados subsanen los errores constatados. Transcurrido

dicho plazo, se hará pública la lista de solicitudes presentadas y admitidas

de manera definitiva.

7. Evaluación de las solicitudes.-La evaluación de las solicitudes

se efectuará por una Comisión Evaluadora, que estará presidida por el

Secretario General de la AECI o persona que designe, formando parte

de la misma, además, cuatro vocales nombrados por el Secretario General,

representantes de los Centros directivos y de la Vicesecretaría General

de la AECI. Actuará como Secretario de la Comisión el vocal representante

de la Vicesecretaría general.

La Comisión Evaluadora seleccionará a los candidatos valorando

globalmente los siguientes méritos:

1. Expediente académico.

2. Currículum Vitae.

3. Informe personal sobre actividad previa en cooperación

internacional.

4. Nivel de conocimiento del idioma inglés.

5. Otros títulos, diplomas o conocimientos acreditados

documentalmente por el candidato.

La Comisión Evaluadora instruirá el procedimiento para la concesión

de las ayudas y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias

para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud

de los cuales debe pronunciar la resolución de la convocatoria.

8. Propuesta de resolución.-La Comisión Evaluadora presentará la

propuesta de resolución de concesión de las ayudas, que indicará la

adscripción de los beneficiarios a las unidades de la AECI o de la entidad

pública colaboradora en las que realizarán sus prácticas. Igualmente,

preparará la lista ordenada de suplentes.

9. Resolución de concesión.-Vista la propuesta, el Secretario General

de la AECI, por delegación del Secretario de Estado para la Cooperación

Internacional y para Iberoamérica y Presidente de la Agencia Española

de Cooperación Internacional, dictará la correspondiente resolución de

concesión en un plazo máximo de treinta días, en la que figurarán hasta

doce beneficiarios y sus suplentes, que será comunicada individualmente

a los beneficiarios.

La resolución de las ayudas concedidas se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado", en el tablón de anuncios de la AECI (avenida Reyes

Católicos, número 4, 28040 Madrid) y en la página web de la Agencia

(www.aeci.es). Este acto agotará la vía administrativa. Contra el mismo

cabrá interponer recurso de reposición ante el órgano que la hubiera

dic

tado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación,

o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el

día siguiente al de su publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de dicha Jurisdicción, sin perjuicio de cualquier otro

recurso que se considere procedente.

10. Duración de la ayuda.-Las ayudas comprenderán hasta el 31

de diciembre de 2003.

11. Obligaciones de los adjudicatarios.-Los candidatos

seleccionados están obligados a:

1. Aceptar por escrito la ayuda concedida. De no aceptarse en el

plazo indicado en la notificación de concesión, se entenderá que renuncia

a la misma, pudiendo concederse al suplente que figure en primer lugar

en la resolución de concesión.

2. Presentarse en la fecha señalada por la AECI. Si transcurre una

semana sin que se haya incorporado ni medie la debida justificación, se

entenderá que renuncia a la misma y será definitivamente anulada.

3. Asistir diariamente en el horario que señale, a las prácticas de

formación durante el periodo de la ayuda y no ausentarse sin comunicarlo

previamente al responsable de la unidad donde realice las prácticas,

indicando, en su caso, las causas excepcionales que justifican la ausencia

y el periodo que comprende, resolviendo la AECI de forma justificada

lo que proceda según las circunstancias, en relación con la reducción,

revocación o reintegro de la ayuda.

4. Entregar un informe-memoria de las prácticas realizadas a la

Vicesecretaria general de la AECI no más tarde de un mes tras la fecha de

finalización de las prácticas. Dicho informe deberá contar con el visto

bueno del responsable de la unidad en que realice las mismas.

5. No desempeñar trabajos durante el periodo de vigencia de la ayuda

que interfieran con el cumplimiento de las obligaciones y horarios

establecidos por la AECI.

12. Recepción de los beneficiarios y seguimiento de las

prácticas.-Los candidatos seleccionados, recibirán una comunicación mediante

carta certificada en la que se les indicará día, hora y lugar en que se

personarán para iniciar sus prácticas.

Las prácticas de formación las realizarán los beneficiarios bajo la

dirección de los responsables de las unidades de destino y la supervisión de

la Vicesecretaria general de la AECI o persona a quien designe para este

fin.

Los beneficiarios de las ayudas que realicen las prácticas de formación

con suficiente aprovechamiento recibirán al término de las mismas el

correspondiente certificado.

13. Justificación.-El régimen de ayudas de la AECI queda sujeto al

cumplimiento de las prácticas promocionadas, así como a las obligaciones

de reintegro y al régimen sancionador, cuando proceda, conforme a lo

dispuesto en el Real Decreto 2225/93, de 17 de diciembre ; texto refundido

de la Ley General Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo

1091/1998, de 23 de septiembre ; Orden de 26 de marzo de 1992, modificada

por la Orden de 21 de enero de 1997 y demás normas reguladoras de

las ayudas y subvenciones públicas.

El incumplimiento por parte del beneficiario de cualquiera de las

cláusulas contenidas en la presente Resolución de Convocatoria traerá como

consecuencia, con eficacia imperativa la pérdida de la ayuda y consiguiente

reintegro de las cantidades percibidas, así como la reclamación del interés

de demora, en las condiciones y circunstancias previstas en el Punto Sexto

de la Orden de 26 de marzo de 1992.

ANEXO II:(Ver imágenes páginas 40700 y 40701)

Documentos que acompañan a la presente solicitud, exigidos por la

normativa que regula la convocatoria:

i Impreso de solicitud de ayuda (anexo II).

i Fotocopia del documento nacional de identidad.

i Currículum vitae (máximo cuatro folios).

i Copia del título y del expediente académico.

i Escrito razonado del solicitante, de un máximo de dos folios,

exponiendo la actividad previa -si la hubiere- en materia de cooperación

internacional ; así como sus preferencias temáticas y geográficas, y

su disposición al aprovechamiento futuro de los conocimientos

adquiridos.

i Documento acreditativo del conocimiento de idioma/s extranjero/s

con especificación del grado o nivel alcanzado.

i Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar las

prácticas proyectadas y no padecer enfermedades infecto-contagiosas,

extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

i Dos fotografías tamaño carné con el nombre y apellidos al dorso.

i Justificantes de estar al corriente de las obligaciones tributarias y

de la Seguridad Social o declaración responsable (anexo III).

i Cualquier otro documento o título que el interesado considere que

puede contribuir a la mejor valoración de su solicitud.

ANEXO III

Declaración responsable tributaria y de Seguridad Social

Nombre y apellidos:......................................................................

Dirección postal:..........................................................................

DNI o NIF: ..................................................................................

Declaro bajo mi responsabilidad que no estoy sujeto a la obligación

de realizar pagos de tributos ni de cuotas a la Seguridad Social en España.

En ........................, a ....... de ................... de 200 .......

Firmado: ........................

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