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Documento BOE-A-2002-23554

Orden MAM/3040/2002, de 27 de noviembre, por la que s e a mp l ía el crédito esta bl ecido en la O rden MAM/1024/2002, de 19 de abril, por la que se regula la concesión de subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados durante el año 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 2002, páginas 42243 a 42243 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-23554

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 19 de abril de 2002 tiene por objeto determinar las bases

para el otorgamiento de las ayudas por las actividades de recuperación

y valorización de aceites usados durante 2001, teniendo en cuenta las

competencias que sobre la gestión en materia de medio ambiente

corresponden a las Comunidades Autónomas. Todo ello de acuerdo con las

habilitaciones contenidas en la Orden de 28 de Febrero de 1989, como norma

de incorporación al ordenamiento interno de las Directivas 75/439/CEE,

el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, que aprueba el Reglamento

del Procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y la Ley

de Presupuestos Generales del Estado para 2002.

Las Comunidades Autónomas están dictando las correspondientes

resoluciones mediante las que se conceden las subvenciones a las empresas

que actúan dentro de su ámbito territorial, conforme se establece en el

apartado quinto de la Orden de 19 de abril de 2002. Dado que el importe

total, en el ámbito nacional, ha sido ampliamente superado y con la

finalidad de que la reducción proporcional para ajustar el importe total de

las subvenciones concedidas al crédito presupuestario disponible, de

acuerdo con el punto 2 del apartado tercero de dicha Orden, sea menor que

con las previsiones actuales, se ha decidido la ampliación del crédito

destinado a estas ayudas.

En su virtud, dispongo:

Disposición única.

El punto 2 del apartado tercero de la Orden de 19 de abril de 2002

("Boletín Oficial del Estado" de 9 de mayo de 2002), queda redactado

en los siguientes términos:

"2. El importe total de las subvenciones reconocidas se abonará con

cargo a la aplicación presupuestaria 23.08.443D.750 de los Presupuestos

Generales del Estado para 2002 correspondientes al Ministerio de Medio

Ambiente, y no podrá superar la cantidad máxima de 10.489.403,48 euros,

por lo que, de resultar necesario se reducirán proporcionalmente las

cuantías de las subvenciones en la cantidad que sea precisa para respetar

dicho límite."

Madrid, 27 de noviembre de 2002.

MATAS I PALOU

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