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En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la Resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias y, en desarrollo de la Resolución de 19 de mayo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de junio), por la que se aprueba la convocatoria de becas para ciudadanos extranjeros, curso académico 2001/2002, esta Agencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 16), ha resuelto:
Conceder una beca de estudios de la convocatoria de becas bilaterales para ciudadanos extranjeros a los 163 estudiantes referidos en el anexo I por el período que se detalla en cada caso:
Primer beneficiario: Ahmed Kaddour (Argelia).
Último beneficiario: Marinenko, Pavlo (Ucrania).
La dotación económica es de 130.000 pesetas/781,32 euros mensuales para estudios de postgrado, y un seguro médico no farmacéutico; todos los becarios tendrán derecho a una ayuda de matrícula de hasta 200.000 pesetas/1.202,02 euros.
Conceder la renovación de la beca a los 115 becarios referidos en el anexo II por el período que se detalla en cada caso:
Primer beneficiario: Ahmed Berber (Argelia).
Último beneficiario: Tarek Marzougui (Túnez).
La dotación económica de esta becas es de 130.000 pesetas/781,32 euros mensuales para estudios de postgrado y de 100.000 pesetas/601,01 euros mensuales para estudios de pregrado; los becarios que aparecen con un «SÍ» en el campo de matrícula tienen derecho a una ayuda de hasta 200.000 pesetas/1.202,02 euros y un seguro médico no farmacéutico.
Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 19 de mayo de 2001.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestivamente podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.
Madrid, 20 de diciembre de 2001.‒El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.
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