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Documento BOE-A-2002-23744

Resolución de 13 de noviembre de 2002, de la Universidad de Santiago de Compostela, de corrección de errores de la de 30 de julio de 2001, que rectifica la de 6 de noviembre de 2000, por la que se publica el plan de estudios de Licenciado en Filología Gallega.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 2002, páginas 42663 a 42663 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2002-23744

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el plan de estudios de Licenciado en Filología Gallega («Boletín Oficial del Estado» de 30 de agosto de 2001), una vez subsanados los errores y posteriormente diligenciada la hoja de corrección por el Consejo de Coordinación Universitaria,

Este Rectorado ha resuelto publicar la corrección correspondiente del plan de estudios de Licenciado en Filología Gallega (página 32853 del «Boletín Oficial del Estado» número 208, de 30 de agosto de 2001), que queda estructurada como figura en el anexo a la presente Resolución.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2002.‒El Rector, Senén Barro Ameneiro.

ANEXO

Curso monográfico de lingüística gallega

Curso monográfico de literatura gallega medieval

Curso monográfico de narrativa gallega

Curso monográfico de poesía gallega

Curso monográfico de teatro gallego

Estandardización de la lengua gallega

Historia del gallego escrito

Historiografía de los estudios literarios gallegos

Lingüística contrastiva: gallego y portugués

Lingüística histórica gallega

Métodos de aplicación de la lengua gallega

Planificación sociolingüística de la lengua gallega

Técnicas de expresión escrita gallega

Técnicas de expresión oral gallega

Traducción directa e inversa

Los Trabajos académicamente dirigidos tienen carácter de materias optativas específicas siempre y cuando se realicen dentro de una de las líneas de investigación propias del área que sustenta la titulación; en caso contrarío, serán considerados optativas no específicas.

Los restantes créditos optativos podrán elegirse entre el conxunto de materias optativas específicas o no específicas.

Tendrán carácter de optativas no específicas todas las materias troncales y obligatorias de las titulaciones de Filología Clásica, Románica, Portuguesa, Francesa, Hispánica (campus de Santiago y campus de Lugo) e Italiana.

b) La vinculación de materias troncales y obligatorias a cuatrimestres tiene carácter meramente orientativo. La vinculación de materias optativas a ciclos, cursos y cuatrimestres es, asimismo, orientativa. El alumno puede cursar estos créditos en el momento en que lo estime oportuno y con la distribución que desee.

c) La Universidad, tras la consulta con el centro, dictará las resoluciones necesarias para el desarrollo del plan de estudios, y de forma especial, en lo que se refiere a las adaptaciones no previstas.

d) En el caso de que un alumno non tenga necesidad de computar la totalidad de los créditos de una determinada materia optativa para completar la optatividad estipulada en el plan de estudios, podrá computar ese exceso como créditos de libre configuración.

e) Podrán otorgarse por equivalencia 60 créditos troncales, obligatorios, optativos o de libre configuración por estudios realizados en el marco de convenios internacionales o nacionales suscritos por la universidad.

f) Ya que «Lengua Gallega» es troncal en esta titulación, los alumnos solo pueden elegir la opción de «Lengua Española» en la troncal LENGUA ESPAÑOLA/GALLEGA. En el caso de que no elijan esta opción de «Lengua Española», tendrían que hacer 57 créditos optativos en vez de los 48 previstos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/11/2002
  • Fecha de publicación: 05/12/2002
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 30 de julio de 2001 (Ref. BOE-A-2001-16827).
Materias
  • Filología Gallega
  • Planes de estudios
  • Universidad de Santiago de Compostela

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