Por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 27 de diciembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de enero de 2000) se convocaron becas de formación práctica en el área de sanidad animal para Licenciados. Por Orden de dicho Departamento de 14 de abril de 2000 (Boletín Oficial del Estado de 2 de mayo de 2000) se resolvió dicha convocatoria, concediéndose las correspondientes becas. Asimismo, mediante Órdenes de 11 de septiembre y 16 de octubre de 2001, han sido adjudicadas sendas becas a las suplentes que han aceptado, como consecuencia de renuncia de sus titulares.
En el artículo 4 de la Orden de 27 de diciembre de 1999 se establece que la duración de las becas será de un año y podrán prorrogarse hasta un máximo de cuatro años, previa evaluación de la labor realizada y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio, estableciéndose los requisitos de las prórrogas en el artículo 11. En su virtud, mediante Orden de 28 de diciembre de 2000 fueron prorrogadas las becas para el año 2001.
Vistas las solicitudes de prórroga por un año presentadas por los becarios, en cumplimiento del Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En virtud de las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico y en cumplimiento de los artículos 4 y 11 de la precitada Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 27 de diciembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de enero de 2000), vista la propuesta de la Subdirección general de Sanidad Animal,
Este Ministerio ha resuelto:
Prorrogar durante un año, hasta el 31 de diciembre de 2002, las becas de formación práctica en sanidad animal a los beneficiarios que figuran en el Anexo, a desarrollar en los centros que se especifica, en la forma y condiciones establecidas en la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 27 de diciembre de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de enero de 2000), por la que se convocan becas de formación práctica en el área de sanidad animal para Licenciados. El seguro de accidentes y el de asistencia deberán prorrogarse, asimismo, hasta el 31 de diciembre de 2002.
La prórroga queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación 21.21.712.C.780 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2002.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 18 de diciembre de 2001.‒P. D. (Orden de 27 de diciembre de 1999, «Boletín Oficial del Estado» de 17 de enero de 2000), el Director general de Ganadería, Carlos Escribano Mora.
a) Laboratorio de Central de Veterinaria de Algete (Madrid)
Apellidos y nombre | DNI |
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Martín Alguacil, Belén. | 7.486.875 |
Martínez de la Riva, Paloma. | 1.925.578 |
Álvarez Fernández, Carmen. | 16.784.738 |
Mayoral Ortega, Tomás. | 50.461.280 |
Varo Jiménez, José Ignacio. | 50.195.943 |
Pitarch Mampel, Lucía Belén. | 52.797.483 |
b) Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Santa Fe (Granada)
Apellidos y nombre | DNI |
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Fons Beckman, Ulrike E. | 43.080.721 |
Ariza Avidad, Antonio. | 74.644.591 |
Ildefonso Huertas, Natalia. | 24.291.02 |
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