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Documento BOE-A-2002-2474

Resolución de 27 de diciembre de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2002, páginas 5103 a 5104 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-2474

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 27 de diciembre de 2001.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo Adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico

En Madrid, 30 de octubre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000 de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102 del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del día 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y de otra parte, el excelentísimo señor don Alberto Larraz Vileta Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Aragón, nombrado por Decreto de 4 de agosto de 1999, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Aragón,

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón suscribieron, en fecha 15 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de programas del Plan Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación; 839/1996, de 10 de mayo, que establece su estructura orgánica y la Orden de 21 de mayo de 1996 por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales, y la Comunidad Autónoma de Aragón de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto; 6/1994, de 24 de marzo, y 5/1996, de 30 de diciembre, que aprueba y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.

En la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2001, y en la Ley 12/2000, de 27 de diciembre («Boletín Oficial de Aragón» del 30) de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes Anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Aragón y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que la Comunidad Autónoma justificará ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Adicional suscrito el 20 de diciembre de 2000, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2001, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo Adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de Aragón y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de Colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional» el cual se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón incorporan, al Convenio de Colaboración de fecha 15 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.

La duración de este Protocolo Adicional se establece por un año desde la firma del mismo.

Segunda.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 2001, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de trescientos nueve millones ciento una mil novecientas (309.101.900) pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, ciento sesenta y cuatro millones novecientas sesenta y una mil (164.961.000) pesetas; concepto 19.04.313L.457, treinta y cuatro millones ciento sesenta y seis mil ochocientas (34.166.800) pesetas, y concepto: 19.04.313L.750, ciento nueve millones novecientas setenta y cuatro mil cien (109.974.100) pesetas.

La Comunidad Autónoma de Aragón y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de cuatrocientos sesenta millones trescientas cuarenta y nueve mil seiscientas treinta y cinco (460.349.635) pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2001, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.–Juan Carlos Aparicio Pérez, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en nombre y representación del Gobierno de la Nación.–Alberto Larraz Vileta, Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Aragón en nombre y representación de la Comunidad Autónoma.

ANEXO
Coste de los proyectos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Aragón y especificación de las aportaciones de las partes que lo cofinancian: Financiación 2001 (según Protocolo)

Comunidad Autónoma de Aragón

 

M.T. y A.S.

Pesetas

Aplicación presupuestaria 19.04.313L.452
Proyectos mantenimiento:    
Ainsa (Huesca)-Residencia La Solana. 3.707.000 6.895.000
Banabarre (Huesca)-Residencia Insarte. 3.244.000 6.033.000
Biescas (Huesca)-Residencia La Conchada. 1.650.000 3.068.000
Sariñena (Huesca)-Residencia. 4.671.000 8.688.000
Castejón de Sos (Huesca)-Residencia. 2.737.000 5.088.000
Monzón (Huesca)-Residencia Riosol. 3.422.000 6.364.000
Graus (Huesca)-Residencia. 4.783.000 8.895.000
Andorra (Teruel)-Residencia Los Jardines. 2.040.000 3.793.000
Albalate del Arzobispo (Teruel)-Residencia—Hogar. 2.040.000 3.793.000
Nogueruelas (Teruel)-Residencia. 1.814.000 2.428.000
Alfajarin (Zaragoza)-Residencia Ntra. Sra, de la Peña. 2.559.000 4.757.000
Calatayud (Zaragoza)-Residencia S. Iñigo. 13.772.000 17.095.000
Daroca (Zaragoza)-Residencia Sto. Tomás de Aquino. 1.669.000 3.103.000
Tarazona (Zaragoza)-Residencia Marqueses de Palmerola. 23.366.220 19.772.400
Alagón (Zaragoza)-Residencia. 45.070.920 31.699.800
Proyectos de mantenimiento dirigidos a enfermos de Alzheimer y otras demencias: Teruel-Residencia/Unidad Alzheimer. 54.996.200 33.488.800
 Total. 171.541.340 164.961.000
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457
Proyectos de mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias:    
Huesca-Residencia/Centro de Día. 7.994.512 4.832.198
Zaragoza-Centro de Día Roger de Flor. 5.668.057 4.951.043
Zaragoza-Centro de Día S. Blas. 6.741.483 5.109.501
Zaragoza-Centro de Día Neuropsiquiátrico Ntra. Sra, del Carmen. 6.471.804 5.755.221
Zaragoza-Centro de Día Las Fuentes. 8.331.517 3.668.363
Zaragoza-Centro de Día Romareda. 8.102.588 5.095.252
Ejea de los Caballeros (Zaragoza).    
Centro de Día. 5.472.234 4.755.222
 Total. 48.782.195 34.166.800
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.750
Proyectos inversiones:    
Cariñena (Zaragoza)-Residencia. 45.834.000 27.500.000
Sabiñanigo (Huesca)-Residencia. 125.442.100 41.224.100
Binefar (Huesca)-Residencia. . 68.750.000 41.250.000
 Total. 240.026.100 109.974.100
 Suma totales. 460.349.635 309.101.900

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