La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional
para el Desarrollo establece en su artículo 25, que la Agencia
Española de Cooperación Internacional (AECI), organismo
autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de
la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para
Iberoamérica, y presidido por su titular, es el órgano de gestión
de la política española de cooperación internacional para el
desarrollo, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros
Departamentos ministeriales.
La propia Ley, en su artículo 26, reconoce a las Oficinas
Técnicas de Cooperación como unidades adscritas orgánicamente a
las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la
dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación
Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución
de los recursos de la cooperación en su demarcación.
Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación
Internacional, aprobado por Real Decreto 3424/2000, de 15 de
diciembre dedica su artículo 15 a los órganos de la Agencia
Española de Cooperación Internacional en el exterior, entre los que
se encuentran, junto a los Centros de Formación de la Cooperación
Española y los Centros Culturales, las Oficinas Técnicas de
Cooperación.
Los puestos directivos de estos centros podrán ser
desempeñados por personal contratado bajo una relación de carácter
especial de las previstas en el artículo 2.1.a) del Estatuto de los
Trabajadores.
Por tanto, concedida la autorización preceptiva por los
Ministerios de Hacienda y de Administraciones Públicas, en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 23/2001, de 27 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2002 y
el procedimiento previsto en la Instrucción conjunta de 6 de mayo
de 2002, de las Secretarías de Estado para la Administración
Pública y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria pública
y abierta, la plaza de Adjunto al Coordinador General de la
Cooperación Española en Sarajevo (Bosnia y Herzegovina), de acuerdo
con las siguientes,
Bases
I. Características de las plazas y funciones
El Adjunto al Coordinador general de la Cooperación Española
en Bosnia y Herzegovina ocupará la plaza prevista en el Catálogo
de Personal Laboral de la AECI en el exterior y prestará servicios
en la Oficina Técnica de Cooperación en Bosnia y Herzegovina,
órgano de la AECI integrado en la Embajada de España en
Sarajevo, con ámbito de actuación en Bosnia y Herzegovina, Croacia,
República Federal de Yugoslavia, Antigua República Yugoslava
de Macedonia y Albania.
Desempeñará las siguientes funciones:
Apoyo, en general, a las labores del Coordinador general de
la Cooperación Española.
Gestión, seguimiento y control de los programas bilaterales
de cooperación.
Gestión de la Oficina Técnica de Cooperación de la AECI en
Bosnia y Herzegovina.
Gestión de los recursos económicos asignados por la AECI a
los programas de cooperación en la zona de actuación.
Elaboración de informes y memorias de los programas de
cooperación.
II. Régimen de contratación
Los candidatos designados para ocupar las plazas que se
convocan suscribirán contrato de alta dirección, regulado por el Real
Decreto 1382/85, de 1 de agosto, y de conformidad con lo
establecido en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este
Organismo para los Adjunto a los Coordinadores generales de la
Cooperación Internacional y con mención expresa del posible traslado,
de mutuo acuerdo, a otro país a plaza de similares características.
Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el
contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia
Española de Cooperación Internacional de 6 de mayo de 1992 ("Boletín
Oficial del Estado" número 122, del 21).
Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la
categoría de Adjunto al Coordinador general de la Cooperación
Española en Bosnia y Herzegovina, por la Comisión Interministerial
de Retribuciones.
III. Requisitos de los aspirantes
Los aspirantes a las plazas que se convocan deberán reunir
los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los
Trabajadores.
c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas
incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones
correspondientes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
e) Ser titulado superior universitario.
f) Dominio del idioma inglés.
IV. Méritos evaluables por la Comisión de Valoración
a) Experiencia en metodología de proyectos, gestión,
seguimiento y control de proyectos de cooperación.
b) Experiencia en cooperación sobre el terreno en países en
desarrollo.
c) Conocimientos de la legislación laboral y administrativa
española, especialmente en el ámbito de la cooperación al
desarrollo.
d) Se valorarán conocimientos de idiomas de los países del
ámbito de actuación de la Oficina Técnica de Cooperación en
Bosnia y Herzegovina.
V. Solicitudes
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán
hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae,
dirigida al ilustrísimo señor Secretario general de la Agencia Española
de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General, avenida
Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid), citando expresamente "Plaza
de Adjunto al Coordinador General de la Cooperación Española
en Bosnia y Herzegovina", sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta
convocatoria.
VI. Proceso de selección
La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con
los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión
constituida de la siguiente forma:
Presidente: El Director general de Cooperación con África, Asia
y Europa Oriental.
Vicepresidente: El Subdirector general de Cooperación con los
Países del Mediterráneo y Europa Oriental.
Vocales: Dos funcionarios nombrados por el Secretario general
de la AECI, junto con sus suplentes.
Secretaria: La Vicesecretaria general de la AECI, que actuará
con voz y voto.
La Comisión de Valoración establecerá los criterios para
evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos
requeridos en la presente convocatoria.
Aquéllos que resulten preseleccionados podrán ser citados para
la realización de entrevista personal. La entrevista versará sobre
aspectos del currículum vitae del candidato, puntos concretos de
los méritos aducidos, sus conocimientos sobre los países de
destino y otros de su área geográfica y, en general, aquellos otros
aspectos que permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del
candidato para el puesto.
Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará
una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la
Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá,
disponiendo la contratación del candidato designado.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos
oportunos.
Madrid, 2 de diciembre de 2002.-El Presidente, P. D.
(Resolución de 29 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado"
de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael
Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Ilmos. Sres. Directores generales de Cooperación con
Iberoamérica; de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental; de
Relaciones Culturales y Científicas; Director del Gabinete
Técnico de la Secretaría General y Vicesecretaria general de
la AECI.
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