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Documento BOE-A-2002-25186

Real Decreto 1415/2002, de 26 de diciembre, por el que se dispone que el Ministro de Administraciones Públicas sustituya al de Agricultura, Pesca y Alimentación en el conocimiento y resolución de expedientes relativos a la instrumentación de medidas complementarias de apoyo en relación con la encefalopatía espongiforme bovina.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 2002, páginas 45533 a 45533 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-2002-25186

TEXTO ORIGINAL

El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación ha considerado

procedente inhibirse, como titular de su Departamento, en el

conocimiento, tramitación y resolución de los recursos administrativos

interpuestos contra los actos resolutorios derivados de la

aplicación de la Orden de 8 de agosto de 2001, por la que se

instrumentan medidas complementarias de apoyo en relación con

la encefalopatía espongiforme bovina.

Mediante el Real Decreto 254/2002, de 6 de marzo, por el

que se dispone que el Ministro de Administraciones Públicas

sustituya al de Agricultura, Pesca y Alimentación en la elevación al

Consejo de Ministros del proyecto de Real Decreto por el que

se fijan las condiciones sanitarias aplicables a la producción y

comercialización de carnes de reses de lidia y en la resolución

de expedientes relativos a toros de lidia, se dispuso su inhibición

y sustitución para la resolución de estos expedientes, relativos

a la instrumentación de medidas complementarias de apoyo en

relación con la encefalopatía espongiforme bovina.

En estos momentos, y debido a los recursos administrativos

interpuestos contra la resolución de los mismos, se plantea la

necesidad de extender el objeto de dicha inhibición.

Por ello, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación

considera que se halla incurso en el supuesto de abstención previsto

en el artículo 28.2.a), inciso primero, de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia,

ha solicitado que se autorice su abstención.

Analizadas las circunstancias concurrentes y las normas de

aplicación al caso, resulta procedente acceder a lo solicitado.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere

el artículo 13.2 de la Ley 50/1997, 27 de noviembre, del Gobierno,

D I S P O N G O :

Que el Ministro de Administraciones Públicas sustituya al

Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en los siguientes asuntos:

En la resolución de los recursos administrativos interpuestos

contra la resolución de expedientes derivados de la aplicación

de la Orden de 8 de agosto de 2001, por la que se instrumentan

medidas complementarias de apoyo en relación con la

encefalopatía espongiforme bovina.

La sustitución producirá efectos hasta el día 1 de julio de 2003.

Dado en Madrid a 26 de diciembre de 2002.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

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