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Documento BOE-A-2002-25253

Resolución de 17 de diciembre de 2002, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca concurso para la adjudicación de una beca para la realización de estudios y trabajos de carácter técnico relacionados con las materias en las que es competente el Consejo (Dirección de Área de Estudios y Análisis).

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 2002, páginas 45644 a 45645 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-25253

TEXTO ORIGINAL

En el ámbito de sus actividades, dedicadas a promover el diálogo y

la deliberación, la reflexión y el tratamiento científico de las cuestiones

económicas y sociales, el Consejo Económico y Social convoca el presente

concurso con el fin de adjudicar una beca individual para la realización

de estudios y trabajos de carácter técnico sobre las materias en las que

es competente, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:

Primera. Objeto.-El Consejo Económico y Social convoca una beca

individual para realizar los trabajos o estudios de carácter técnico,

relacionados con las materias sociolaborales de su competencia, que se le

encomiendan por la Dirección de Área de Estudios y Análisis.

Los estudios y trabajos que se realicen por el becario quedarán en

propiedad del Consejo Económico y Social.

Segunda. Duración y cuantía.-La beca se disfrutará desde su

otorgamiento por el Presidente del Consejo hasta el 31 de diciembre de 2003

y será indivisible e incompatible con cualquier otra concedida para el

mismo periodo. Su cuantía total será de 10.081 euros brutos, que se

percibirán finalizado cada mes a razón de 840,08 euros mensuales, y estarán

sujetas a las retenciones que procedan. El Consejo Económico y Social

contratará un seguro de accidentes y de enfermedad para el becario por

el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuviera cubiertas

estas contingencias.

La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral

alguna entre el becario y el Consejo Económico y Social.

Tercera.-Pueden solicitar la concesión de esta beca los licenciados

universitarios, preferentemente en Derecho, Ciencias Políticas, Sociología,

o Ciencias Económicas y Empresariales, españoles o nacionales de

cualquier Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de los países

de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.

Se valorará el expediente académico, la formación de postgrado en

la especialización objeto de la beca, el conocimiento de idiomas

(preferentemente el inglés) y los demás méritos alegados por el solicitante, que

habrán de ser expuestos en el currículum vitae y acreditados junto con

la solicitud.

En el caso de los solicitantes de países de habla no española, será

necesario acreditar suficiente conocimiento de la lengua española.

Cuarta. Solicitudes.-Los solicitantes de la beca deberán presentar

una instancia, dirigida al Presidente del Consejo Económico y Social, en

el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la

fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Resolución,

en el Registro General del Consejo (calle Huertas, 73, 28014 Madrid), de

nueve a catorce horas y de dieciséis treinta a dieciocho treinta, de lunes

a viernes, ambos inclusive, o a través de las vías previstas en el

artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común. A dicha instancia deberá

acompañarse el currículum vitae del solicitante, cuyo resumen deberá exponerse

en el formulario que se publica como anexo a la presente convocatoria ;

fotocopia del título ; certificación del expediente académico, certificaciones

o acreditaciones de las circunstancias que prueben la preparación teórica

del candidato, su conocimiento de idiomas y el resto de los méritos

alegados, y fotocopia del documento nacional de identidad para los solicitantes

españoles o cualquier documento equivalente para los ciudadanos

extranjeros.

Quinta. Comisión de Valoración y Selección.-Para la selección de

candidatos se constituirá una Comisión de Valoración y Selección,

integrada por el Presidente del Consejo Económico y Social o la persona en

quien delegue ; el Secretario General o la persona en quien delegue; el

Director de Área de Estudios y Análisis y un Asesor Especializado de

la Dirección de Área de Estudios y Análisis que actuará de Secretario.

Sexta. Adjudicación.-La Comisión de Valoración y Selección valorará

los méritos alegados y debidamente acreditados por los candidatos, que

podrán ser convocados por la Comisión para la realización de una

entrevista y/o prueba práctica, y elevará la oportuna propuesta de adjudicación

de las becas convocadas al Presidente del Consejo. La Comisión propondrá

asimismo un suplente, para el caso de renuncia del adjudicatario.

La resolución de adjudicación será publicada en el tablón de anuncios

del Consejo Económico y Social y notificada a los beneficiarios.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa

de sus bases y de su resolución.

Séptima. Obligaciones del becario.-La aceptación de la beca supone

la adquisición de los siguientes compromisos:

a) Cumplir las bases de la convocatoria y demás normas que resulten

de aplicación como consecuencia de la misma.

b) Comenzar el disfrute de la beca el día que se señale por el Consejo

Económico y Social.

c) Desempeñar las tareas de formación que les sean asignadas en

un horario máximo de treinta y cinco horas semanales, de acuerdo con

la distribución que realice la Secretaría General del Consejo Económico

y Social.

d) Presentar un informe dentro de los quince días siguientes al

término de cada trimestre natural, que contendrá la mención de los trabajos

y estudios realizados y las consideraciones pertinentes sobre la experiencia

práctica adquirida.

El incumplimiento por el becario de sus obligaciones podrá dar lugar

a la privación de la beca por el tiempo que quedase pendiente de disfrute,

sin perjuicio de las responsabilidades que resulten exigibles.

Octava. Prórroga de las becas.-El Consejo Económico y Social podrá,

previa resolución motivada, prorrogar la beca concedida en la presente

convocatoria, siempre que las circunstancias del proceso formativo del

becario así lo aconsejase. Esta prórroga no podrá exceder del plazo de

un año.

Novena. Certificación acreditativa del disfrute de las becas.-Una

vez finalizado el período de disfrute de las becas, al becario le será

extendido un certificado acreditativo.

Madrid, 17 de diciembre de 2002.-El Presidente, Jaime Montalvo

Correa.

ANEXO : (Ver imagen página 45645)

Concurso para la adjudicación de una beca para la realización de

estudios y trabajos de carácter técnico relacionados con las materias en

las que es competente el Consejo Económico y Social (Dirección de

Área de Estudios y Análisis)

Currículum vitae

Apellidos y nombre ..................................................................

Licenciatura en: ......................................................................

................................................................................................

Fecha de obtención del título: .....................................................

Cursos de especialización en materias de competencia del CES N.o de horas lectivas

................................................................................................. ............................

................................................................................................. ............................

................................................................................................. ............................

................................................................................................. ............................

................................................................................................. ............................

................................................................................................. ............................

Conocimientos de idiomas:

Lee/traduce Escribe Habla Comprende

Confacilidad Sinfacilidad Confacilidad Sinfacilidad Confacilidad Sinfacilidad Confacilidad Sinfacilidad

Idioma

Otros méritos y circunstancias alegados por el solicitante:

................................................................................................

................................................................................................

................................................................................................

................................................................................................

................................................................................................

................................................................................................

Certificaciones o acreditaciones que acompaña:

1. .....................................................................................

2. .....................................................................................

3. .....................................................................................

4. .....................................................................................

5. .....................................................................................

6. .....................................................................................

7. .....................................................................................

8. .....................................................................................

9. .....................................................................................

10. .....................................................................................

En ....................... a ......... de ....................... de 2002

Firmado: ..............................................

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