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Documento BOE-A-2002-25256

Resolución de 17 de diciembre de 2002, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca concurso para la adjudicación de una beca para la realización de estudios y trabajos de carácter técnico relacionados con las materias en las que es competente el Consejo (Dirección de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales).

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 2002, páginas 45648 a 45649 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-25256

TEXTO ORIGINAL

En el ámbito de sus actividades, dedicadas a promover el diálogo y la deliberación, la reflexión y el tratamiento científico de las cuestiones económicas y sociales, el Consejo Económico y Social convoca el presente concurso con el fin de adjudicar una beca individual para la realización de estudios y trabajos de carácter técnico sobre las materias en las que es competente, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:

Primera. Objeto.

El Consejo Económico y Social convoca una beca individual para realizar los trabajos o estudios de carácter técnico, relacionados con las materias de su competencia, que se le encomienden por la Dirección de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales.

Los estudios y trabajos que se realicen por el becario quedarán en propiedad del Consejo Económico y Social.

Segunda. Duración y cuantía.

La beca se disfrutará desde su otorgamiento por el Presidente del Consejo hasta el 31 de diciembre de 2003 y será indivisible e incompatible con cualquier otra concedida para el mismo periodo. Su cuantía total será de 10.081 euros brutos, que se percibirán finalizado cada mes a razón de 840,08 euros mensuales, y estará sujeta a las retenciones que procedan. El Consejo Económico y Social contratará un seguro de accidentes y de enfermedad para el becario por el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuviera cubiertas estas contingencias.

La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral alguna entre el becario y el Consejo Económico y Social.

Tercera. Solicitantes.

Pueden solicitar la concesión de esta beca los Licenciados universitarios españoles, nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones, preferentemente con formación en Ciencias Políticas.

Se valorará el expediente académico, el conocimiento de idiomas, el haber realizado cursos de postgrado de especialización en las materias objeto de las becas, haber finalizado los estudios de licenciatura después de 1997 y los demás méritos alegados por los solicitantes, que habrán de ser expuestos en el currículum vitae y acreditados junto con la solicitud.

En el caso de los solicitantes de países de habla no española, será necesario acreditar suficiente conocimiento de la lengua española.

Cuarta. Solicitudes.

Los solicitantes de la beca deberán presentar una instancia, dirigida al Presidente del Consejo Económico y Social, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Resolución, en el Registro General del Consejo (calle Huertas, 73, 28014 Madrid), de nueve a catorce horas y de dieciséis treinta a dieciocho treinta, de lunes a viernes, ambos inclusive, o a través de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A dicha instancia deberá acompañarse el currículum vitae del solicitante, cuyo resumen deberá exponerse en el formulario que se publica como anexo a la presente convocatoria; fotocopia del título; certificación del expediente académico, certificaciones o acreditaciones de las circunstancias que prueben la preparación teórica del candidato, su conocimiento de idiomas y el resto de los méritos alegados, y fotocopia del documento nacional de identidad para los solicitantes españoles o documento equivalente en el caso de los ciudadanos extranjeros.

Quinta. Comisión de Valoración y Selección.

Para la selección de candidatos se constituirá una Comisión de Valoración y Selección, integrada por el Presidente del Consejo Económico y Social o la persona en quien delegue; el Secretario General o la persona en quien delegue; la Directora de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales y el Coordinador del Área de Análisis y Evaluación de Proyectos y Actividades de la Dirección de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales que actuará de Secretario.

Sexta. Adjudicación.

La Comisión de Valoración y Selección valorará los méritos alegados y debidamente acreditados por los candidatos, que podrán ser convocados por la Comisión para la realización de una entrevista y/o prueba práctica, y elevará la oportuna propuesta de adjudicación de las becas convocadas al Presidente del Consejo. La Comisión propondrá asimismo un suplente, para el caso de renuncia del adjudicatario.

La resolución de adjudicación será publicada en el tablón de anuncios del Consejo Económico y Social y notificada a los beneficiarios.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de sus bases y de su resolución.

Séptima. Obligaciones de los becarios.

La aceptación de la beca supone la adquisición de los siguientes compromisos:

a) Cumplir las bases de la convocatoria y demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.

b) Comenzar el disfrute de la beca el día que se señale por el Consejo Económico y Social.

c) Desempeñar las tareas de formación que le sean asignadas en un horario máximo de treinta y cinco horas semanales, de acuerdo con la distribución que realice la Secretaría General del Consejo Económico y

Social.

d) Presentar un informe dentro de los quince días siguientes al término de cada trimestre natural, que contendrá la mención de los trabajos y estudios realizados y las consideraciones pertinentes sobre la experiencia práctica adquirida.

El incumplimiento por el becario de sus obligaciones podrá dar lugar a la privación de las becas por el tiempo que quedase pendiente de disfrute, sin perjuicio de las responsabilidades que resulten exigibles.

Octava. Prórroga de las becas.

El Consejo Económico y Social podrá, previa resolución motivada, prorrogar la beca concedida en la presente convocatoria, siempre que las circunstancias del proceso formativo del becario así lo aconsejase. Esta prórroga no podrá exceder del plazo de un año.

Novena. Certificación acreditativa del disfrute de la beca.

Una vez finalizado el período de disfrute de la beca, al becario le será extendido un certificado acreditativo.

Madrid, 17 de diciembre de 2002.‒El Presidente, Jaime Montalvo Correa.

ANEXO
Concurso para la adjudicación de una beca para la realización de estudios y trabajos de carácter técnico relacionados con las materias en las que es competente el Consejo Económico y Social (Dirección General de Programación de la Acción Exterior y Relaciones Internacionales)

Currículum vitae

Apellidos y nombre ...........................................................................................

Licenciatura en .................................................................................................

..........................................................................................................................

Fecha de obtención del título: ..........................................................................

Cursos de especialización en materias de competencia del CES N.o de horas lectivas
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Conocimientos de idiomas:

Idioma Lee/traduce Escribe Habla Comprende
Con facilidad Sin facilidad Con facilidad Sin facilidad Con facilidad Sin facilidad Con facilidad Sin facilidad
                 
                 
                 
                 

Otros méritos y circunstancias alegados por el solicitante:

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Certificaciones o acreditaciones que acompaña:

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 3. .................................................................................................................

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 5. .................................................................................................................

 6. .................................................................................................................

 7. .................................................................................................................

 8. .................................................................................................................

 9. .................................................................................................................

10. .................................................................................................................

En ....................... a ....... de ....................... de 2002

Firmado: ..............................................

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