Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-2927

Resolución de 9 de enero de 2002, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica Acuerdo por el que se prorroga para el año 2002 el Convenio de colaboración entre la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), para la prestación de funciones de asesoramiento e informe.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2002, páginas 5939 a 5939 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2002-2927

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 7 de diciembre de 2001 se suscribió Acuerdo por el que se prorroga para el año 2002 el Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), para la prestación de funciones de asesoramiento e informe.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 9 de enero de 2002.‒El Director general, Isaías López Andueza.

ANEXO
Acuerdo de prórroga para el año 2002 al Convenio de colaboración entre la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado para la prestación de funciones de asesoramiento e informe

En Madrid, a 7 de diciembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don José María Hernández Cochón, en su calidad de Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia, en nombre y representación de la mencionada Consejería y en virtud de las facultades atribuidas en el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y de su Presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y en el artículo 3 del Decreto 48/1998, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de la Junta de 27 de marzo de 1991, hecho público mediante Resolución de 8 de abril de 1991 de la Consejería de Economía y Hacienda «Diario Oficial de Galicia» número 82, del 30).

De otra, el ilustrísimo señor don Isaías López Andueza, Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal efecto

EXPONEN

1.º Que con fecha 1 de diciembre de 2000, las partes suscribieron un Convenio de colaboración para la prestación de funciones de asesoramiento e informe por la Inspección de Servicios Sanitarios de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia.

2.º Que la cláusula séptima del mencionado Convenio estipula que estará en vigor desde el día 1 de enero de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001, pudiendo prorrogarse por períodos anuales de mutuo acuerdo de las partes, antes de la fecha en que finalice su vigencia.

3.º Que la cláusula quinta establece que, en el supuesto de prórroga, la cantidad fija anual que MUFACE abonará a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio en el que finalice su vigencia, incrementándose la cantidad reseñada en la cláusula cuarta de acuerdo con el incremento del IPC anual para Galicia, referido al 30 de junio y con efectos de 1 de enero del año siguiente.

Cuarto.

Que próxima a finalizar la vigencia del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2002, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Se prorroga para el período comprendido desde el 1 de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre del mismo año la vigencia del Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia y MUFACE.

Segunda.

Que, para la prórroga que se acuerda, la cantidad a abonar por MUFACE a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales asciende a 8.129,07 euros (1.352.563 pesetas) de acuerdo con el incremento del IPC anual para Galicia, referido al 30 de junio de 2001.

Tercera.

El importe del gasto que representa para MUFACE en el año 2002 la colaboración recibida se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.412 L.259.

La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio para financiar las obligaciones derivadas de la misma.

Cuarta.

La presente prórroga entrará en vigor el 1 de enero del año 2002.

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente prórroga por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.‒El Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Galicia, José María Hernández Cochón.‒El Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Isaías López Andueza.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid