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Documento BOE-A-2002-3118

Resolución de 8 de enero de 2002, de la Dirección General de Alimentación, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Autónoma Valenciana y la Fundación Sabor y Salud, para el desarrollo de una acción promocional relativa a frutas y hortalizas.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2002, páginas 6243 a 6245 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2002-3118

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Autónoma Valenciana y la Fundación Sabor y Salud, para el desarrollo de una acción promocional relativa a frutas y hortalizas, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 8 de enero de 2002.–El Director general, Francisco José Simón Vila.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Autónoma Valenciana y la Fundación Sabor y Salud para el desarrollo de una acción promocional relativa a frutas y hortalizas

En Madrid, a 2 de noviembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Miguel Arias Cañete, Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real Decreto 561/2000, de 27 de abril, por el que se dispone su nombramiento, en ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, la honorable señora doña María Ángeles Ramón-Llin Martínez, Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalidad Valenciana, en virtud del Decreto número 11/1999, de 22 de junio, por el que se dispone su nombramiento, y del Decreto número 6/2000, de 22 de mayo, por el que se le asigna la titularidad de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, y haciendo uso de las atribuciones que le han sido conferidas por Acuerdo del Gobierno Valenciano de 31 de octubre de 2001.

De otra parte, don José Miquel Borras, Presidente de la Fundación Sabor y Salud, (con domicilio en avenida Blasco Ibáñez, 24, 46010, Valencia, y número de CIF G96874193, constituida en 6 de mayo de 1999, por escritura autorizada por el Notario de Madrid don José Manuel Pérez-Jofre Esteban, bajo número 1553 de su protocolo general de ese año), en virtud del acuerdo de la reunión ordinaria del Patronato de esta Fundación, de fecha 28 de septiembre de 2000, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en representación de la misma, conforme al artículo 17.1 de sus Estatutos y conforme a la Ley de Fundaciones, de 25 de noviembre de 1994.

Las partes, en la calidad en que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente capacidad legal para obligarse y otorgar el presente Convenio, a cuyo efecto

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, en lo sucesivo M.A.P.A., actúa en el ejercicio de la competencia «Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica», título atribuido en exclusividad al Estado por el artículo 149.1.13.º de la Constitución.

2. Que el artículo 6, apartado 2.d), del Real Decreto 1282/2000, de 30 de junio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del M.A.P.A., establece como funciones de la Dirección General de Alimentación, la promoción de los productos alimentarios, así como la preparación de los Convenios que en este campo se puedan celebrar con otros entes públicos o privados.

3. Que la Generalidad Valenciana, a través de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, tiene entre sus funciones la promoción del consumo de productos agrarios.

4. Que la Fundación Sabor y Salud tiene por objeto básico la creación y difusión en el seno de la sociedad española de una cultura dietética orientada al consumo de frutas y hortalizas frescas.

5. Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalidad Valenciana y la Fundación Sabor y Salud han considerado la oportunidad de prestar su apoyo a diversas actuaciones enmarcadas en esta acción promocional, en el ejercicio de sus funciones y finalidades.

Las partes establecen el presente Convenio de Colaboración de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del presente Convenio es promocionar y apoyar el fomento del consumo de frutas y hortalizas, mediante la celebración de una acción promocional dirigida a escolares en centros de enseñanza.

Segunda. Acciones a desarrollar.

A los efectos de lo previsto en la cláusula anterior, se realizarán en 40 colegios de la Comunidad Autónoma Valenciana las siguientes acciones:

1. Dos sesiones en cada centro consistentes en una exposición educativa de los conceptos básicos de una dieta equilibrada, una representación de teatro en guiñol y juegos, que afiancen los conceptos nutricionales desarrollados durante el taller. En la representación teatral, los personajes, entre otros, son las frutas y las hortalizas, de manera que los escolares conozcan la gran variedad de frutas frescas y hortalizas y las propiedades específicas de cada una de ellas.

2. Almuerzo con fruta: Se repartirá fruta en el recreo a todos los alumnos del colegio.

3. Complementariamente, se confeccionará material divulgativo, que se distribuirá entre los alumnos del centro, con el que se pretende informar a los padres y profesores de los objetivos de la campaña y de las características nutritivas de estos productos alimenticios.

4. Organización de un concurso entre todos los colegios participantes, destinado a estimular el interés de los alumnos.

Tercera. Presupuesto.

El presupuesto global de las acciones que se contemplan en el presente Convenio asciende a veinticuatro millones setecientas cuarenta y cuatro mil (24.744.000) pesetas, 148.714,44 euros, IVA incluido, desglosado en las siguientes partidas:

    Pesetas
1

Equipo humano:

Director y ejecutivo de cuentas, monitor infantil, equipo de dos monitores y de dos azafatas. Se incluyen dietas, desplazamientos y alojamiento.

28.236.000
2

Decorados y otros materiales:

Diseño y producción de decorados, estructura y atrezzo del guiñol, bodegones, vestuario.

4.872.000
3

Material audiovisual:

Contratación de equipo de megafonía con reproductor de CD, 2 micrófonos inalámbricos, 3 micrófonos diadema, etapas de potencia y altavoces.

Composición de jingle, contratación de estudio de grabación, instrumentación, coros infantiles, producción y dirección artística, volcado de master a sistema CD.

2.842.000
4

Material gráfico:

Diseño, producción y fotomecánica de 20.000 ejemplares destinados a los padres.

Diseño, producción y fotomecánica de 1000 folletos para el Concurso de Bodegones de Frutas y Hortalizas.

Diseño, producción y fotomecánica de 50 folletos explicativos de campaña para los directores de colegios.

Diseño y producción de 50 solicitudes de participación para colegios.

1.276.000
5

Logística:

Transporte de los decorados hasta los 40 colegios de la Comunidad Valenciana.

Mensajería y envío de folletos.

1.200.000
6

Merchandising y premios:

Producción de 10.000 regalos promocionales (45 pesetas/unidad).

Premio para las clases ganadoras del concurso de bodegones de fruta de una excursión a granja escuela y dos excursiones al Museo de la Naranja.

1.392.000
7

Frutas y transporte de producto:

Fruta de temporada para reparto en el recreo a los escolares.

Logística y transporte de frutas.

1.562.000
8

Acto presentación campaña:

Alquiler salón, infraestructura técnica, decoración.

Redacción y producción Dossier de Prensa.

Vino español 80 personas.

1.160.000
9 Coordinación general: 2.204.000
  Presupuesto final (IVA incluido).

24.744.000

(148.714,44 €)

Cuarta. Obligaciones del MAPA.

El MAPA se compromete a:

1. Colaborar en este proyecto con la cantidad de nueve millones ciento seis mil (9.106.000 pesetas) 54.728,16 euros, IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.01.716A.640.08, para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en la cláusula anterior, de las partidas de decorados, material audiovisual y, merchandising y premios.

2. Participar en la planificación y seguimiento de las acciones.

3. Asesorar en la confección del material a emplear en la acción promocional.

Quinta. Obligaciones de la Comunidad Autónoma Valenciana.

La Comunidad Autónoma Valenciana se compromete a:

1. Colaborar en este proyecto con la cantidad de catorce millones setenta y seis mil (14.076.000 pesetas) 84.598,46 euros, IVA incluido para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en la cláusula tercera, de las partidas de equipo humano, material gráfico, logística, acto de presentación y coordinación general.

2. Participar en la planificación y seguimiento de las acciones.

3. Asesorar en la confección del material a emplear en la acción promocional.

Sexta. Obligaciones de la Fundación Sabor y Salud.

La Fundación Sabor y Salud se compromete a:

1. Participar en la organización de las actividades con la cantidad de un millón quinientas sesenta y dos mil (1.562.000 pesetas) 9.387,81 euros, IVA incluido, para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en la cláusula tercera de la partida de frutas y transporte de producto.

2. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen desarrollo de las acciones contempladas en el presente Convenio.

3. Elaborar una memoria de la acción que comprenda, al menos, una descripción de los recursos empleados (humanos y materiales), de las actividades realizadas y, en la medida de lo posible, una valoración sobre su impacto, así como, cualquier otra información que pueda contribuir a medir la eficacia de la acción.

Séptima. Financiación y forma de pago.

1. Financiación.

La financiación correspondiente a la realización de las actividades objeto de Convenio asciende a la cantidad de veinticuatro millones setecientas cuarenta y cuatro mil (24.744.000 pesetas/148.714,44 euros).

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación financiará la cantidad de nueve millones ciento seis mil (9.106.000 pesetas/54.728,16 euros) IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.01.716A.640.08.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación financiará la cantidad de catorce millones setenta y seis mil (14.076.000 pesetas/84.598,46 euros) IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.01.711.10.4.

La Fundación Sabor y Salud financiará la cantidad de un millón quinientas sesenta y dos mil (1.562.000 pesetas/9.387,81 euros) IVA incluido, con cargo a sus presupuestos.

2. Forma de pago.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación abonará a la Fundación Sabor y Salud la cantidad de nueve millones ciento seis mil (9.106.000 pesetas/54.728,16 euros), previa justificación de los gastos realizados y emisión de las correspondientes certificaciones de conformidad, a la cuenta número 2100 2193 29 0200131765, de la entidad bancaria La Caixa, con domicilio en la plaza Porta del Mar, 6, 46004, Valencia.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación abonará a la Fundación Sabor y Salud la cantidad de catorce millones setenta y seis mil (14.076.000 pesetas/84.598,46 euros), previa justificación de los gastos realizados y emisión de las correspondientes certificaciones de conformidad, a la cuenta número 2100 2193 29 0200131765 de la entidad bancaria La Caixa, con domicilio en la plaza Porta del Mar, 6, 46004, Valencia.

El desglose del presupuesto aparece recogido en la cláusula tercera.

Octava. Publicidad.

La actuación del MAPA, Generalidad Valenciana y Fundación Sabor y Salud constará de manera fácilmente legible y de modo expreso, en toda la publicidad, difusión, resultados, etc., que se realice en cualquier medio de difusión, por cualquiera de las partes.

Novena. Duración del Convenio.

El presente Convenio surtirá efectos desde su firma hasta el día 10 de diciembre de 2001.

Décima. Extinción y modificación del Convenio.

El presente Convenio de Colaboración podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes convinientes, mediante el correspondiente Acuerdo de modificación, que será suscrito con anterioridad a su finalización.

El presente Convenio de Colaboración podrá ser rescindido por mutuo acuerdo de las partes, o por acuerdo motivado de una de ellas comunicándolo por escrito a la otra parte, con al menos un mes de antelación a la fecha prevista de resolución.

Undécima. Régimen jurídico y resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 3.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, finalizada la vía administrativa, quedarán sometidas al conocimiento y resolución de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento, en cuatro ejemplares y en lugar y fecha al principio indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Miguel Arias Cañete.–La Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, María Ángeles Ramón-Llin Martínez.–El Presidente de la Fundación Sabor y Salud, José Miquel Borras.

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