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Documento BOE-A-2002-3900

Orden JUS/396/2002, de 21 de febrero, por la que se nombra el Tribunal que ha de juzgar las oposiciones a ingreso en el Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, convocadas por Resolución de 3 de septiembre de 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2002, páginas 7790 a 7790 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2002-3900

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose convocado por Resolución de la Dirección General

de los Registros y del Notariado, de fecha 3 de septiembre de

2001, oposición para el ingreso en el Cuerpo de Aspirantes a

Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles,

y publicada la lista definitiva de opositores y la fecha y lugar del

sorteo en el que se determine el orden de actuación, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 505 del Reglamento para

la ejecución de la Ley Hipotecaria,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer el que sea un único

Tribunal el que haya de juzgar las oposiciones y quede constituido

de la forma siguiente:

Presidente: Don Francisco Javier Gómez Gálligo, Registrador

mercantil de Barcelona XV y Letrado adscrito a la Dirección

General de los Registros y del Notariado.

Vocales: Don Antonio Román García, Catedrático de Derecho

Civil de la Universidad de Cáceres.

Don Ricardo Conde Díaz, Magistrado-Juez número 58, de los

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Madrid, adscrito

a la Dirección General de Relaciones con la Justicia.

Don Sebastián Barril Roche, Notario de San Lorenzo de El

Escorial.

Don Pablo Mariño Vila, Abogado del Estado en la Audiencia

Nacional.

Don Juan José Jurado Jurado, Registrador de la Propiedad

de Sevilla número 4.

Secretario: Don Jesús María del Campo Ramírez, Registrador

de la Propiedad de Fuenlabrada número 2 y miembro de la Junta

de Gobierno del Colegio de Registradores de la Propiedad y

Mercantiles de España.

En ausencia del Presidente o el Secretario, hará sus veces el

Vocal Registrador.

El presente Tribunal de oposiciones estará encuadrado en la

categoría primera de las relacionadas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1998, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por

razón de servicio.

Las comisiones de servicio necesarias para la adecuada

constitución y funcionamiento del Tribunal se extenderá a todo el

período que dure la oposición y, como máximo, por el plazo de un

año computado desde el primer día de la convocatoria para la

realización del primer ejercicio.

Madrid, 21 de febrero de 2002.

ACEBES PANIAGUA

Ilma. Sra. Directora general de los Registros y del Notariado.

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